II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Carrera Fiscal. (BOE-A-2022-14347)
Orden JUS/832/2022, de 29 de agosto, por la que se convocan para su provisión destinos vacantes en la Carrera Fiscal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 210
Jueves 1 de septiembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 121707
Segunda.
Podrán concurrir a los cargos y destinos indicados en la base anterior los miembros
del Ministerio Fiscal que a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes
se hallen en situación administrativa de servicio activo, en servicios especiales o en
excedencia voluntaria para el cuidado de determinadas personas o por razón de
violencia de género que prevén los párrafos c), d) y e) del artículo 84.1 del Real
Decreto 305/2022, de 3 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Ministerio
Fiscal. y reúnan las condiciones requeridas según el cargo o plaza de que se trate, así
como los demás requisitos exigidos en las bases de la convocatoria (artículo 51 del
citado Reglamento).
Las solicitudes, dirigidas a la Fiscalía General del Estado, se cumplimentarán según
el modelo que figura como anexo II de esta convocatoria, y se presentarán en el plazo de
diez días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden en
el Boletín Oficial del Estado, en el Registro de la Fiscalía General del Estado (calle
Fortuny,
n.º
4,
28071
Madrid),
a
través
del
correo
electrónico
fge.secretaria.inspeccionfiscal@fiscal.es con expresión en el asunto del nombre y
apellidos del solicitante y el número de la Orden de la convocatoria, y en el Registro
General del Ministerio de Justicia (calle Bolsa, n.º 8, 28071 Madrid). Todos los
interesados deberán comunicar al Fiscal Jefe/a respectivo que han formulado petición.
Los/as Fiscales Jefes/as darán cuenta a la Inspección Fiscal de la relación de
peticionarios/as al día siguiente del vencimiento del plazo.
Aquellos que cursen solicitud a más de una plaza deberán consignar expresamente
en su instancia el orden de prelación con el que optan a cada una.
No será posible y no producirá efecto alguno, una vez que haya concluido el plazo
para su presentación, la retirada o modificación de las solicitudes ni la aportación de
documentos acreditativos de requisitos o méritos que deban acompañarlas. Dentro de
dicho plazo, el desistimiento, las modificaciones y la aportación de documentos podrán
llevarse a cabo en el lugar y forma previstos para la presentación de solicitudes.
Tercera.
Los/as solicitantes podrán acompañar a su instancia informe de sus respectivos
Fiscales Jefes/as, relación circunstanciada de méritos, publicaciones, títulos académicos
o profesionales y cuantos otros datos relativos a su actividad profesional estimen de
interés. Asimismo, quienes soliciten plazas que impliquen cargos de Jefatura deberán
aportar un proyecto de actuación (artículo 50.8 del Reglamento del Ministerio Fiscal) que
se recomienda no supere la extensión de 20 folios. En esa situación se hallan todas las
plazas ofertadas en el presente concurso, salvo las de Fiscal de la Fiscalía Togada,
Inspector/a Fiscal, Teniente Fiscal de la Fiscalía de la Audiencia Nacional y Fiscal de la
Fiscalía Especial Antidroga.
Contra la presente orden los interesados podrán interponer recurso contenciosoadministrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo, de
conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del
día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello sin perjuicio de
la interposición del recurso potestativo de reposición, ante este Ministerio, en el plazo de
un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, conforme lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Madrid, 29 de agosto de 2022.–La Ministra de Justicia, P.D. (Orden JUS/987/2020,
de 20 de octubre), la Directora General para el Servicio Público de Justicia, Maria dels
Àngels García Vidal.
cve: BOE-A-2022-14347
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Núm. 210
Jueves 1 de septiembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 121707
Segunda.
Podrán concurrir a los cargos y destinos indicados en la base anterior los miembros
del Ministerio Fiscal que a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes
se hallen en situación administrativa de servicio activo, en servicios especiales o en
excedencia voluntaria para el cuidado de determinadas personas o por razón de
violencia de género que prevén los párrafos c), d) y e) del artículo 84.1 del Real
Decreto 305/2022, de 3 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Ministerio
Fiscal. y reúnan las condiciones requeridas según el cargo o plaza de que se trate, así
como los demás requisitos exigidos en las bases de la convocatoria (artículo 51 del
citado Reglamento).
Las solicitudes, dirigidas a la Fiscalía General del Estado, se cumplimentarán según
el modelo que figura como anexo II de esta convocatoria, y se presentarán en el plazo de
diez días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden en
el Boletín Oficial del Estado, en el Registro de la Fiscalía General del Estado (calle
Fortuny,
n.º
4,
28071
Madrid),
a
través
del
correo
electrónico
fge.secretaria.inspeccionfiscal@fiscal.es con expresión en el asunto del nombre y
apellidos del solicitante y el número de la Orden de la convocatoria, y en el Registro
General del Ministerio de Justicia (calle Bolsa, n.º 8, 28071 Madrid). Todos los
interesados deberán comunicar al Fiscal Jefe/a respectivo que han formulado petición.
Los/as Fiscales Jefes/as darán cuenta a la Inspección Fiscal de la relación de
peticionarios/as al día siguiente del vencimiento del plazo.
Aquellos que cursen solicitud a más de una plaza deberán consignar expresamente
en su instancia el orden de prelación con el que optan a cada una.
No será posible y no producirá efecto alguno, una vez que haya concluido el plazo
para su presentación, la retirada o modificación de las solicitudes ni la aportación de
documentos acreditativos de requisitos o méritos que deban acompañarlas. Dentro de
dicho plazo, el desistimiento, las modificaciones y la aportación de documentos podrán
llevarse a cabo en el lugar y forma previstos para la presentación de solicitudes.
Tercera.
Los/as solicitantes podrán acompañar a su instancia informe de sus respectivos
Fiscales Jefes/as, relación circunstanciada de méritos, publicaciones, títulos académicos
o profesionales y cuantos otros datos relativos a su actividad profesional estimen de
interés. Asimismo, quienes soliciten plazas que impliquen cargos de Jefatura deberán
aportar un proyecto de actuación (artículo 50.8 del Reglamento del Ministerio Fiscal) que
se recomienda no supere la extensión de 20 folios. En esa situación se hallan todas las
plazas ofertadas en el presente concurso, salvo las de Fiscal de la Fiscalía Togada,
Inspector/a Fiscal, Teniente Fiscal de la Fiscalía de la Audiencia Nacional y Fiscal de la
Fiscalía Especial Antidroga.
Contra la presente orden los interesados podrán interponer recurso contenciosoadministrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo, de
conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del
día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello sin perjuicio de
la interposición del recurso potestativo de reposición, ante este Ministerio, en el plazo de
un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, conforme lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Madrid, 29 de agosto de 2022.–La Ministra de Justicia, P.D. (Orden JUS/987/2020,
de 20 de octubre), la Directora General para el Servicio Público de Justicia, Maria dels
Àngels García Vidal.
cve: BOE-A-2022-14347
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.