III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2022-14323)
Resolución de 20 de julio de 2022, del Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica, por la que se publica el Convenio con la Junta de Extremadura, para la obtención de una cobertura de imágenes aéreas y ortofotos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 209
Miércoles 31 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 121570
Quinto.
Que es interés de ambas partes la obtención de una cobertura de ortofotos de la
totalidad del territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el ámbito del
proyecto PNOA.
Que es interés de CNIG que esta cobertura tenga una resolución de 35 cm de
tamaño de píxel para la obtención de una ortofoto a 25 cm de tamaño de pixel y que es
interés de la Junta de Extremadura una mejora de la resolución del vuelo a 22 cm de
tamaño de píxel para la obtención de una ortofoto mejorada geométricamente a 25 cm.
Dicha mejora de la resolución permitirá una mejor gestión y planificación de las políticas
territoriales (recursos naturales, medio ambiente, agricultura, etc.) en el ámbito de las
competencias que cada una de las administraciones tiene asignadas.
Por todo ello, ambas partes han considerado la conveniencia de establecer el
presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto la coordinación de actuaciones conjuntas para
la obtención de coberturas mediante el vuelo fotogramétrico digital y de ortoimágenes
digitales en color, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segunda.
Realización del convenio.
Las actuaciones conjuntas contempladas en el marco de este convenio, por el CNIG
y la Junta de Extremadura, serán:
– Captura de una cobertura de fotografías aéreas con resolución mejorada a un
tamaño medio de píxel de 22 cm.
– Control de calidad del vuelo fotogramétrico.
– Generación de las ortofotos rápidas de 25 cm/píxel, a partir de un VF a 22 cm.
– Generación de las ortofotos definitivas de 25 cm/píxel con calidad geométrica
mejorada para obtener la establecida en las especificaciones de PNOA25.
– Control de calidad de las ortofotos.
La Comisión de seguimiento, que se establece en la cláusula séptima de este
convenio, se encargará de establecer el plan de trabajo definiendo las tareas a realizar
de acuerdo con el presupuesto máximo fijado en este convenio.
Los trabajos de producción se realizarán conforme a las especificaciones técnicas
pactadas para el Plan Nacional de Ortofotografía Aérea (PNOA).
Tercera.
Obligaciones del CNIG.
– Copia digital del vuelo fotogramétrico de 22 cm de tamaño de píxel realizado en el
año 2022.
– Copia digital de las ortofotos rápidas de 25 cm a partir del vuelo anterior.
– Copia digital de las ortofotos definitivas de 25 cm de tamaño de píxel con calidad
PNOA25
– Demás productos, generados a partir del vuelo fotogramétrico anterior.
La entrega de los productos se efectuará conforme a las especificaciones PNOA
aplicables y de acuerdo con el anexo I.
cve: BOE-A-2022-14323
Verificable en https://www.boe.es
El CNIG entregará a la Junta de Extremadura:
Núm. 209
Miércoles 31 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 121570
Quinto.
Que es interés de ambas partes la obtención de una cobertura de ortofotos de la
totalidad del territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el ámbito del
proyecto PNOA.
Que es interés de CNIG que esta cobertura tenga una resolución de 35 cm de
tamaño de píxel para la obtención de una ortofoto a 25 cm de tamaño de pixel y que es
interés de la Junta de Extremadura una mejora de la resolución del vuelo a 22 cm de
tamaño de píxel para la obtención de una ortofoto mejorada geométricamente a 25 cm.
Dicha mejora de la resolución permitirá una mejor gestión y planificación de las políticas
territoriales (recursos naturales, medio ambiente, agricultura, etc.) en el ámbito de las
competencias que cada una de las administraciones tiene asignadas.
Por todo ello, ambas partes han considerado la conveniencia de establecer el
presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto la coordinación de actuaciones conjuntas para
la obtención de coberturas mediante el vuelo fotogramétrico digital y de ortoimágenes
digitales en color, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segunda.
Realización del convenio.
Las actuaciones conjuntas contempladas en el marco de este convenio, por el CNIG
y la Junta de Extremadura, serán:
– Captura de una cobertura de fotografías aéreas con resolución mejorada a un
tamaño medio de píxel de 22 cm.
– Control de calidad del vuelo fotogramétrico.
– Generación de las ortofotos rápidas de 25 cm/píxel, a partir de un VF a 22 cm.
– Generación de las ortofotos definitivas de 25 cm/píxel con calidad geométrica
mejorada para obtener la establecida en las especificaciones de PNOA25.
– Control de calidad de las ortofotos.
La Comisión de seguimiento, que se establece en la cláusula séptima de este
convenio, se encargará de establecer el plan de trabajo definiendo las tareas a realizar
de acuerdo con el presupuesto máximo fijado en este convenio.
Los trabajos de producción se realizarán conforme a las especificaciones técnicas
pactadas para el Plan Nacional de Ortofotografía Aérea (PNOA).
Tercera.
Obligaciones del CNIG.
– Copia digital del vuelo fotogramétrico de 22 cm de tamaño de píxel realizado en el
año 2022.
– Copia digital de las ortofotos rápidas de 25 cm a partir del vuelo anterior.
– Copia digital de las ortofotos definitivas de 25 cm de tamaño de píxel con calidad
PNOA25
– Demás productos, generados a partir del vuelo fotogramétrico anterior.
La entrega de los productos se efectuará conforme a las especificaciones PNOA
aplicables y de acuerdo con el anexo I.
cve: BOE-A-2022-14323
Verificable en https://www.boe.es
El CNIG entregará a la Junta de Extremadura: