III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Patrimonio histórico. Derecho de tanteo. (BOE-A-2022-14334)
Orden CUD/828/2022, de 29 de julio, por la que se ejercita el derecho de tanteo sobre el lote n.º 57, subastado por la sala Isbilya, en Sevilla.
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 209

Miércoles 31 de agosto de 2022

Sec. III. Pág. 121679

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
14334

Orden CUD/828/2022, de 29 de julio, por la que se ejercita el derecho de
tanteo sobre el lote n.º 57, subastado por la sala Isbilya, en Sevilla.

A propuesta de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, formulada
el día 1 de julio de 2022, con el informe favorable de la Junta de Calificación, Valoración
y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español, acordado en la reunión del
pleno celebrada el 21 de junio de 2022, y en aplicación del artículo 38 de la Ley 16/1985,
de 25 de junio del Patrimonio Histórico Español, y en los artículos 40 y 41.2 del Real
Decreto 111/1986, de 10 de enero de desarrollo parcial de dicha Ley, dispongo:
Primero.
Que se ejercite el derecho de tanteo sobre el bien mueble que fue incluido en el
catálogo de la subasta pública celebrada en la sala Isbilya, en Sevilla, el 22 de junio
de 2022, con el número y referencia siguiente:
Lote 57. Retrato de caballero. Escuela española. Dibujo, Siglo XIX. Dibujo a lápiz y
pastel sobre papel. Firmado y fechado en 1846 en el ángulo inferior derecho. Medidas:
36 x 26 cm.
Segundo.
Que se abone a la sala subastadora el precio de remate de ciento diez euros (110 €)
más los gastos inherentes, que debe justificar mediante certificado.
Tercero.
Que dicha obra se deposite y asigne al Museo del Romanticismo, de titularidad
estatal, que debe proceder a su inclusión en el inventario de patrimonio propiedad del
Estado que allí se custodia.

cve: BOE-A-2022-14334
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 29 de julio de 2022.–El Ministro de Cultura y Deporte, P.D. (Orden
CUD/990/2020, de 16 de octubre), el Secretario General de Cultura y Deporte, Víctor
Francos Díaz.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X