V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. (BOE-B-2022-26104)
Extracto de la Orden por la que se convoca para el año 2022 la concesión de ayudas a las Organizaciones Profesionales, del sector de los productos de la pesca y de la acuicultura para su creación, cofinanciadas con el FEMP, gestionadas por el MAPA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 208
Martes 30 de agosto de 2022
Sec. V-B. Pág. 40581
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
26104
Extracto de la Orde n por la que se convoca para e l año 2022 la
concesión de ayudas a las Organizaciones Profesionales, del sector de
los productos de la pe sca y de la acuicultura para su cre ación,
cofinanciadas con e l FEMP, ge stionadas por e l MAPA
BDNS(Identif.):645748
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
645748)
Primero. Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las ayudas, las OPP y AOP de ámbito nacional y
transnacional que se encuentren dadas de alta en el Registro establecido en el
artículo 8 del Real Decreto 277/2016, de 24 de junio, por el que se regulan las
organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la
acuicultura.
Asimismo, podrán ser también beneficiarias las OIP de ámbito nacional y
transnacional que cumplan con los requisitos establecidos en el Real Decreto 277/
2016, que estén inscritas en el Registro de Organizaciones Interprofesionales
Agroalimentarias establecido en el artículo 14 de la Ley 38/1994, de 30 de
diciembre, y cuyo ámbito de actuación se extienda a todo el territorio nacional.
Segundo. Objeto
Convocar para el ejercicio 2022, las ayudas a la creación de organizaciones
profesionales del sector pesquero, que incluye a las OPP y AOP, de ámbito
nacional y transnacional, y a las OIP de ámbito nacional y transnacional, que
cumplan los requisitos establecidos en el Real Decreto 277/2016 de 24 de junio, de
acuerdo con lo establecido por el capítulo IV del citado título II del Real Decreto
956/2017, de 3 de noviembre.
Real Decreto 956/2017, de 3 de noviembre, por el que se establece el marco
regulador de ayudas a las organizaciones profesionales del sector de la pesca y de
la acuicultura, cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y sus
bases reguladoras de ámbito estatal, y por el que se modifican el Real Decreto
418/2015, de 29 de mayo, por el que se regula la primera venta de productos
pesqueros, y el Real Decreto 277/2016, de 24 de junio, por el que se regulan las
organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la
acuicultura.
Cuarto. Cuantía
La financiación de la ayuda se efectuará con cargo a la aplicación
presupuestaria 21.11.415B.772 "Ayudas al desarrollo de la nueva OCM para la
comercialización de los productos pesqueros" de los Presupuestos Generales del
cve: BOE-B-2022-26104
Verificable en https://www.boe.es
Tercero. Bases reguladoras
Núm. 208
Martes 30 de agosto de 2022
Sec. V-B. Pág. 40581
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MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
26104
Extracto de la Orde n por la que se convoca para e l año 2022 la
concesión de ayudas a las Organizaciones Profesionales, del sector de
los productos de la pe sca y de la acuicultura para su cre ación,
cofinanciadas con e l FEMP, ge stionadas por e l MAPA
BDNS(Identif.):645748
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
645748)
Primero. Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las ayudas, las OPP y AOP de ámbito nacional y
transnacional que se encuentren dadas de alta en el Registro establecido en el
artículo 8 del Real Decreto 277/2016, de 24 de junio, por el que se regulan las
organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la
acuicultura.
Asimismo, podrán ser también beneficiarias las OIP de ámbito nacional y
transnacional que cumplan con los requisitos establecidos en el Real Decreto 277/
2016, que estén inscritas en el Registro de Organizaciones Interprofesionales
Agroalimentarias establecido en el artículo 14 de la Ley 38/1994, de 30 de
diciembre, y cuyo ámbito de actuación se extienda a todo el territorio nacional.
Segundo. Objeto
Convocar para el ejercicio 2022, las ayudas a la creación de organizaciones
profesionales del sector pesquero, que incluye a las OPP y AOP, de ámbito
nacional y transnacional, y a las OIP de ámbito nacional y transnacional, que
cumplan los requisitos establecidos en el Real Decreto 277/2016 de 24 de junio, de
acuerdo con lo establecido por el capítulo IV del citado título II del Real Decreto
956/2017, de 3 de noviembre.
Real Decreto 956/2017, de 3 de noviembre, por el que se establece el marco
regulador de ayudas a las organizaciones profesionales del sector de la pesca y de
la acuicultura, cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y sus
bases reguladoras de ámbito estatal, y por el que se modifican el Real Decreto
418/2015, de 29 de mayo, por el que se regula la primera venta de productos
pesqueros, y el Real Decreto 277/2016, de 24 de junio, por el que se regulan las
organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la
acuicultura.
Cuarto. Cuantía
La financiación de la ayuda se efectuará con cargo a la aplicación
presupuestaria 21.11.415B.772 "Ayudas al desarrollo de la nueva OCM para la
comercialización de los productos pesqueros" de los Presupuestos Generales del
cve: BOE-B-2022-26104
Verificable en https://www.boe.es
Tercero. Bases reguladoras