III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2022-14193)
Resolución 420/38344/2022, de 19 de agosto, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Asociación de Guías Oficiales El Greco y Toledo, para el fomento de la visita al Museo del Ejército.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 207
Lunes 29 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 120928
b) El Museo del Ejército facilitará a la entidad «Asociación de Guías Oficiales El
Greco y Toledo» las entradas que ésta solicite para visita al museo en los términos
previstos en el presente convenio.
c) Para la realización de las visitas en grupo, el Museo del Ejército facilitará a la
entidad «Asociación de Guías Oficiales El Greco y Toledo» el protocolo de actuación
para la gestión de este tipo de visitas.
2.
Por parte de la entidad «Asociación de Guías Oficiales El Greco y Toledo».
a) La entidad incluirá la visita al Museo del Ejército, como parte de la oferta de las
visitas a Toledo, y de la visita combinada a otros lugares turísticos de interés, de ámbito
nacional.
b) La entidad incluirá aquellos contenidos del Museo del Ejército que éste
determine, facilitando la mejora y mantenimiento de la imagen institucional de las
Fuerzas Armadas en los canales de información y comercialización de la entidad a
través de los soportes que ésta utilice.
c) Para la realización de las visitas en grupo, la entidad «Asociación de Guías
Oficiales El Greco y Toledo», se compromete a observar el protocolo elaborado por el
Museo del Ejército para la gestión de este tipo de visita.
La información que, en el marco de la ejecución de este convenio, obtenga la entidad
«Asociación de Guías Oficiales El Greco y Toledo» del Ministerio de Defensa, con la
expresa autorización de éste para su explotación, tendrá la consideración de «uso
público» y podrá ser usada públicamente sin restricciones.
Las partes acuerdan que el resto de la información que se revelen mutuamente o a la
que puedan acceder durante las actividades amparadas por este convenio tendrá la
consideración de «uso oficial»; por lo que se comprometen a guardar la debida reserva
sobre dicha información.
El citado deber de reserva permanecerá durante el período de vigencia de este
convenio y subsistirá con posterioridad a la extinción de éste. Asimismo, las partes se
comprometen a devolverse o destruir la documentación recibida en el momento de la
extinción de este convenio sin que sea necesario requerimiento previo para ello.
Queda excluida de este convenio la Información Clasificada del Ministerio de
Defensa, cuya protección se regula por la normativa específica, y que no puede ser
cedida a organismos o personas que no cuenten con los acuerdos o habilitaciones de
seguridad pertinentes.
Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sean de aplicación, lo
establecido en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta
al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se
deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de protección de Datos, RGPD), y en
la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales, así como en las disposiciones de desarrollo que se
dicten.
El Ministerio de Defensa (Museo del Ejército) y la entidad «Asociación de Guías
Oficiales El Greco y Toledo», tienen la consideración de responsables de los
tratamientos propios en que se incorporen datos personales que, respectivamente,
recaben. El acceso a los datos personales por una de las partes intervinientes en el
convenio a los datos personales de la otra parte se realizará en la condición de
encargado de tratamiento de datos personales, y única y exclusivamente conforme a la
finalidad que derive del objeto del convenio. Los datos personales no se cederán ni se
comunicarán a terceros, salvo cuando se cedan a encargado de tratamiento, o cuando la
cesión debe tener lugar conforme a la legalidad.
cve: BOE-A-2022-14193
Verificable en https://www.boe.es
Tercera. Confidencialidad de la Información y Protección de Datos de Carácter
Personal.
Núm. 207
Lunes 29 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 120928
b) El Museo del Ejército facilitará a la entidad «Asociación de Guías Oficiales El
Greco y Toledo» las entradas que ésta solicite para visita al museo en los términos
previstos en el presente convenio.
c) Para la realización de las visitas en grupo, el Museo del Ejército facilitará a la
entidad «Asociación de Guías Oficiales El Greco y Toledo» el protocolo de actuación
para la gestión de este tipo de visitas.
2.
Por parte de la entidad «Asociación de Guías Oficiales El Greco y Toledo».
a) La entidad incluirá la visita al Museo del Ejército, como parte de la oferta de las
visitas a Toledo, y de la visita combinada a otros lugares turísticos de interés, de ámbito
nacional.
b) La entidad incluirá aquellos contenidos del Museo del Ejército que éste
determine, facilitando la mejora y mantenimiento de la imagen institucional de las
Fuerzas Armadas en los canales de información y comercialización de la entidad a
través de los soportes que ésta utilice.
c) Para la realización de las visitas en grupo, la entidad «Asociación de Guías
Oficiales El Greco y Toledo», se compromete a observar el protocolo elaborado por el
Museo del Ejército para la gestión de este tipo de visita.
La información que, en el marco de la ejecución de este convenio, obtenga la entidad
«Asociación de Guías Oficiales El Greco y Toledo» del Ministerio de Defensa, con la
expresa autorización de éste para su explotación, tendrá la consideración de «uso
público» y podrá ser usada públicamente sin restricciones.
Las partes acuerdan que el resto de la información que se revelen mutuamente o a la
que puedan acceder durante las actividades amparadas por este convenio tendrá la
consideración de «uso oficial»; por lo que se comprometen a guardar la debida reserva
sobre dicha información.
El citado deber de reserva permanecerá durante el período de vigencia de este
convenio y subsistirá con posterioridad a la extinción de éste. Asimismo, las partes se
comprometen a devolverse o destruir la documentación recibida en el momento de la
extinción de este convenio sin que sea necesario requerimiento previo para ello.
Queda excluida de este convenio la Información Clasificada del Ministerio de
Defensa, cuya protección se regula por la normativa específica, y que no puede ser
cedida a organismos o personas que no cuenten con los acuerdos o habilitaciones de
seguridad pertinentes.
Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sean de aplicación, lo
establecido en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta
al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se
deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de protección de Datos, RGPD), y en
la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales, así como en las disposiciones de desarrollo que se
dicten.
El Ministerio de Defensa (Museo del Ejército) y la entidad «Asociación de Guías
Oficiales El Greco y Toledo», tienen la consideración de responsables de los
tratamientos propios en que se incorporen datos personales que, respectivamente,
recaben. El acceso a los datos personales por una de las partes intervinientes en el
convenio a los datos personales de la otra parte se realizará en la condición de
encargado de tratamiento de datos personales, y única y exclusivamente conforme a la
finalidad que derive del objeto del convenio. Los datos personales no se cederán ni se
comunicarán a terceros, salvo cuando se cedan a encargado de tratamiento, o cuando la
cesión debe tener lugar conforme a la legalidad.
cve: BOE-A-2022-14193
Verificable en https://www.boe.es
Tercera. Confidencialidad de la Información y Protección de Datos de Carácter
Personal.