III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2022-14218)
Resolución de 29 de julio de 2022, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Sociedad Española de Farmacia Hospitalaria y Bristol-Myers Squibb, SAU, para el desarrollo del título propio de "Máster en Inmunoterapia del Cáncer".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 207

Lunes 29 de agosto de 2022

Sec. III. Pág. 121149

Un segundo pago del 50 %, por importe de 7.300,00 euros, en el último trimestre del
año natural de inicio de cada edición del Máster y en todo caso antes del 31 de
diciembre del año natural de inicio de la edición.
III. Estas partidas constituyen una relación económica directa entre BMS y la SEFH
sin que la UIMP sea partícipe ni responsable de tal relación.
Duodécima.

Presupuesto de la gestión de BMS.

I. Presupuesto curso. Las partes aprueban el presupuesto para la realización de
cada edición del Máster por parte de BMS. Este presupuesto está incluido como parte
del presupuesto total del Máster que se recoge en el anexo I y asciende a un total
de 64.000,00 euros.
BMS asumirá la financiación de este presupuesto con fondos propios habilitados
para este fin.
II. Presupuesto alumnos. Además del presupuesto gestionado por BMS indicado en
el punto anterior, BMS, según se ha indicado en los apartados II y III de la cláusula
novena, financiará la asistencia al Máster del total de los alumnos. El coste para BMS
está detallado en el presupuesto incluido como anexo II a este convenio y asciende
a 116.900,00 euros, sin contar con el importe de las tasas administrativas que se
abonarán según los precios recogidos en la Resolución anual de Precios para Cursos de
Posgrado de la UIMP correspondiente al curso académico de cada edición.
III. Aportación de BMS para la realización del Máster.
Como se ha recogido en las cláusulas décima, undécima y apartado I de esta
cláusula del convenio, así como en el anexo I, la financiación total de BMS para la
realización de cada edición del Máster asciende a 197.643,75 euros.
Esta financiación corresponde a:
Aportación a la UIMP para cubrir el presupuesto de las partidas gestionadas por
dicha universidad, por un total de 119.043,75 euros, que será abonada a la UIMP en los
plazos y forma establecidos en la cláusula décima.
Aportación a la SEFH para cubrir sus gestiones, por un total de 14.600,00 euros, que
será abonada a la SEFH en los plazos y forma establecidos en la cláusula undécima.
Aportación de medios y recursos propios de BMS para la gestión de las partidas que
realiza la propia empresa, por importe de 64.000,00 euros, como se ha indicado en el
apartado I de esta cláusula.
IV.

Financiación de BMS dirigida a los alumnos.

El importe correspondiente a las matrículas de todos los alumnos (92.400,00 euros),
por motivos de agilidad y eficiencia se hará efectivo a la UIMP en lugar de a los alumnos,
en los plazos y formas que tenga establecida la Secretaría de Alumnos de la UIMP.
El importe de los gastos de desplazamiento de los alumnos (viajes, alojamientos y
manutenciones) cuando estos se produzcan para asistir a las clases y actos presenciales
que se celebren, que se estima en 24.500,00 euros, será asumido directamente por BMS
con cargo a sus propios fondos.
Además, el importe correspondiente a las tasas administrativas (apertura del
expediente, gastos de secretaría y emisión de títulos) según los precios oficiales vigentes
en cada año académico, conforme a la Resolución anual de Precios para Cursos de
Posgrado de la UIMP, será abonado por BMS a la UIMP en lugar de a los alumnos, por
motivos de agilidad y eficiencia. El pago se hará en los plazos establecidos por la
Secretaría de Alumnos de la UIMP.

cve: BOE-A-2022-14218
Verificable en https://www.boe.es

La financiación de 116.900,00 euros, según se ha indicado en el apartado II de esta
cláusula y en el anexo II, se hará efectiva de la siguiente manera: