III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2022-14217)
Resolución de 28 de julio de 2022, de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, por la que se publica el Convenio con UPF Barcelona School of Management, para la evaluación de la actividad investigadora del personal docente e investigador contratado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 207

Lunes 29 de agosto de 2022

Sec. III. Pág. 121137

públicos de investigación de la Administración General del Estado. Estas evaluaciones
se realizan por campos científicos, introduciéndose en la convocatoria del año 2018, con
carácter de proyecto-piloto, la evaluación de transferencia del conocimiento e innovación
para el profesorado universitario e investigadores, sustituyendo al campo 0.
2. Las universidades privadas y centros adscritos precisan contar con un sistema
de evaluación de su personal docente e investigador contratado que sea equiparable al
sistema de evaluación del personal docente e investigador con la condición de
funcionario de carrera e interino de la Universidad pública. Esta equiparación lo es en
cuanto a la evaluación misma considerada, siendo ajena esta equiparación a lo que
establece el Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, para el personal docente
funcionario de carrera, así como a lo previsto en el artículo 55 de la Ley
Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. De este modo no se distorsiona
el modelo de carrera docente e investigadora que establece la Ley Orgánica 6/2001,
de 21 de diciembre, y que reafirma la modificación operada por la Ley Orgánica 4/2007,
de 12 de abril.
3. ANECA y UPF-BSM tienen un interés común en la mejora de la calidad del
personal docente e investigador, cualquiera que sea su vínculo jurídico con la UPF-BSM,
y por ello UPF-BSM está interesada en poder contar con dicho sistema de evaluación de
su personal docente e investigador contratado.
4. Las evaluaciones que resulten de la aplicación de este convenio no podrán
vincularse en ningún caso, directa o indirectamente, al esquema del Real
Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, u otras normas que contemplen efectos para la
evaluación de sexenios de personal docente universitario con la condición de funcionario
de carrera, toda vez que la política en materia de personal de UPF-BSM –retributiva o de
otro orden– es ajena por completo a las políticas públicas de personal.
5. ANECA y UPF-BSM ACUERDAN suscribir el presente convenio, al amparo de lo
dispuesto en el artículo 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, que se regirá por las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

El objeto de este convenio es que ANECA evalúe la actividad investigadora del
personal docente e investigador contratado de la UPF-BSM, y en concreto de las figuras
que la UPF-BSM establezca en la correspondiente convocatoria.
Esta evaluación se realizará con los mismos criterios que aplica ANECA en sus
evaluaciones de sexenios.
La convocatoria para la correspondiente evaluación se realizará por la UPF-BSM, por
ser de su competencia, y estará sujeta a derecho privado.
Obligaciones de UPF-BSM.

1. Realizar la convocatoria para el reconocimiento de la actividad investigadora de
personal docente e investigador contratado. Esta convocatoria tiene que coincidir con la
fecha de la convocatoria que anualmente se establece para la evaluación de la actividad
investigadora del profesorado funcionario por la CNEAI. La convocatoria y todos sus
actos están sujetos a derecho privado.
La Universidad indicará en su convocatoria la obligatoriedad de los solicitantes de
presentar la solicitud en sus registros.
2. Remitir a ANECA un listado con las solicitudes presentadas para evaluar, en la
forma establecida en la cláusula quinta.
3. Resolver los procedimientos de evaluación de la actividad evaluada.
La resolución del procedimiento de evaluación de la correspondiente actividad está
sujeta a derecho privado y producirá los efectos que en dicho ámbito privado e interno
pueda la UPF-BSM establecer.

cve: BOE-A-2022-14217
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.