III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Deuda del Estado. (BOE-A-2022-14208)
Resolución de 26 de agosto de 2022, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se disponen determinadas emisiones de Bonos y Obligaciones del Estado en el mes de septiembre de 2022 y se convocan las correspondientes subastas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 29 de agosto de 2022

Sec. III. Pág. 121072

emisión de Obligaciones del Estado a treinta años al 1,90 por 100, vencimiento 31 de
octubre de 2052. En las Obligaciones del Estado a quince años, indexadas al Índice de
Precios al Consumo armonizado ex-tabaco en la zona euro, al 0,70 por 100, con
vencimiento el 30 de noviembre de 2033, el cupón real anual y las fechas de amortización y
vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en las Órdenes
ECE/930/2018 y ECE/940/2018, de 11 y 12 de septiembre, respectivamente.
2.2 El primer cupón a pagar será, por su importe completo, el 30 de noviembre
de 2022 en las Obligaciones a quince años al 0,70 por 100, indexadas a la inflación y
el 31 de mayo de 2023 en los Bonos a tres años al 0,00 por 100. En las Obligaciones a
diez años al 2,55 por 100, el primer cupón a pagar será el 31 de octubre de 2022, por un
importe de 0,971096 por 100, según se establece en la Orden ETD/531/2022, de 8 de
junio, y en las Obligaciones a treinta años al 1,90 por 100, el primer cupón a pagar será
el 31 de octubre de 2022, por un importe de 1,337808 por 100, según se establece en la
Orden ETD/88/2022, de 10 de febrero.
2.3 De conformidad con lo previsto en el número 2 de la Orden de 19 de junio
de 1997, los Bonos y Obligaciones que se emiten tienen la calificación de Bonos
segregables. No obstante, para el inicio de las operaciones de segregación y
reconstitución en las cuatro referencias, que se emiten, la autorización deberá aprobarse
por la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional.
3. Las subastas tendrán lugar el próximo 1 de septiembre de 2022, conforme al
calendario hecho público en el apartado 1 de la Resolución de 24 de enero de 2022, y el
precio de las peticiones competitivas que se presenten a las subastas se consignará en
tanto por ciento con dos decimales, el segundo de los cuales podrá ser cualquier número
entre el cero y el nueve, ambos incluidos, y se formulará ex-cupón, y además, en el caso
de las Obligaciones al 0,70 por 100, indexadas a la inflación, sin tener en consideración
la aplicación del correspondiente índice multiplicador o coeficiente de indexación. A este
respecto, el cupón corrido de los valores que se ponen en oferta, calculado de la forma
que se establece en el artículo 14.2 de la Orden ETD/18/2022, de 18 de enero, es el 0,00
por 100 en los Bonos a tres años al 0,00 por 100, el 0,59 por 100 en las Obligaciones a
diez años al 2,55 por 100, el 0,54 por 100 en las Obligaciones a quince años al 0,70
por 100 indexadas a la inflación y el 1,05 por 100 en las Obligaciones a treinta años
al 1,90 por 100. Asimismo, el coeficiente de indexación o índice multiplicador
correspondiente a la fecha de emisión, calculado según lo dispuesto en el punto 3.g de la
Orden ECE/930/2018, es 1,14405.
4. Las segundas vueltas de las subastas convocadas mediante esta Resolución, a
las que tendrán acceso en exclusiva los Creadores de Mercado que actúan en el ámbito
de los Bonos y Obligaciones del Estado, se desarrollarán entre la resolución de las
subastas y las doce horas del día hábil anterior al de puesta en circulación de los valores
y serán adjudicadas al precio marginal resultante de la fase de subasta, conforme a la
normativa reguladora de estas entidades.
5. Los valores que se emitan en estas subastas se pondrán en circulación el día 6 de
septiembre de 2022, fecha de desembolso y adeudo en cuenta fijada para los titulares de
cuentas en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y
Liquidación de Valores, SA Unipersonal, y se admitirán de oficio a negociación en AIAF
Mercado de Renta Fija. Además, estos valores se agregarán, en cada caso, a las emisiones
reseñadas en el apartado 2 anterior, teniendo la consideración de ampliación de aquéllas,
con las que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en circulación.
6. En el anexo de la presente Resolución, y con carácter informativo a efectos de la
participación en las subastas, se incluyen tablas de equivalencia entre precios y
rendimientos de los Bonos y Obligaciones del Estado cuya emisión se dispone,
calculadas de acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 de la Orden ETD/18/2022,
de 18 de enero.
Madrid, 26 de agosto de 2022.–El Director General del Tesoro y Política Financiera,
Álvaro López Barceló.

cve: BOE-A-2022-14208
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Núm. 207