III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Marina mercante. Títulos profesionales. (BOE-A-2022-14198)
Resolución de 22 de julio de 2022, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se establece el temario y fecha de la segunda convocatoria del examen para la obtención del certificado de especialidad de patrón profesional de embarcaciones de recreo.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 207

Lunes 29 de agosto de 2022

Sec. III. Pág. 120977

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD
Y AGENDA URBANA
14198

Resolución de 22 de julio de 2022, de la Dirección General de la Marina
Mercante, por la que se establece el temario y fecha de la segunda
convocatoria del examen para la obtención del certificado de especialidad de
patrón profesional de embarcaciones de recreo.

El artículo 93 del Real Decreto 269/2022, de 12 de abril, por el que se regulan los
títulos profesionales y de competencia de la Marina Mercante regula el certificado de
patrón profesional de embarcaciones de recreo, que será expedido por la Dirección
General de la Marina Mercante, directamente o a través de sus servicios periféricos, a
quienes cumplan los requisitos estipulados mediante orden ministerial de desarrollo de
este real decreto, precisándose, la superación de la prueba de conocimiento que
determine el Director General de la Marina Mercante.
En ese sentido, la Resolución de 11 de febrero de 2022, de la Dirección General de
la Marina Mercante, por la que se establece el temario y la fecha de la primera
convocatoria del examen para la obtención del certificado de patrón profesional de
embarcaciones de recreo, dispone las bases de dicha convocatoria, especificando en su
anexo III que la segunda convocatoria correspondiente al segundo semestre de 2022
saldrá publicada mediante resolución.
La inscripción en la convocatoria puede realizarse de forma «online» mediante la
aplicación matriculación exprés, a la cual se accede desde la sede electrónica del
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en el enlace:
https://sede.mitma.gob.es/SEDE_ELECTRONICA/LANG_CASTELLANO/
OFICINAS_SECTORIALES/MARINA_MERCANTE/SERVICIOS_ESPECIALES/
MATRICULACION_EXPRES/default.htm

Establecer el temario sobre cuyo contenido versará la realización de dicha prueba, y
fijar la fecha de celebración de la misma, de acuerdo con lo establecido en los anexos
que acompañan a esta Resolución que sustituyen a los anexos II, III y IV de la
Resolución de 11 de febrero de 2022, de la Dirección General de la Marina Mercante,
(BOE número 40, de 16 de febrero de 2022).
Madrid, 22 de julio de 2022.–El Director General de la Marina Mercante, Benito
Núñez Quintanilla.

cve: BOE-A-2022-14198
Verificable en https://www.boe.es

Para beneficiarse de este sistema no es necesario disponer de DNI electrónico o
certificado digital, permitiendo a los interesados la inscripción en la convocatoria del examen
sin tener que desplazarse a ningún registro de la Administración General del Estado.
Asimismo, la inscripción puede realizarse mediante la presentación en el Registro
General de la Dirección General de la Marina Mercante, Capitanías Marítimas,
Subdelegaciones del Gobierno o en las oficinas a que se refiere el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, del modelo de impreso que figura en el anexo I de la
Resolución de 11 de febrero de 2022.
Conforme a la disposición final séptima del Real Decreto 269/2022, de 12 de abril, se
autoriza al Director General de la Marina Mercante a dictar las resoluciones que puedan
resultar necesarias para la ejecución y cumplimiento del mismo.
En su virtud, resuelvo: