III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2022-14204)
Resolución de 17 de agosto de 2022, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Enel Green Power España, SLU, autorización administrativa previa para la instalación solar fotovoltaica "Mudéjar" de 64,188 MW de potencia instalada, las líneas de evacuación subterránea a 33 kV y la nueva posición de entrada privativa en la subestación "ST02 220/33 kV", en el término municipal de Andorra (Teruel).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 207
Lunes 29 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 121044
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 17 de agosto de 2022, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Enel Green Power España, SLU,
autorización administrativa previa para la instalación solar fotovoltaica
«Mudéjar» de 64,188 MW de potencia instalada, las líneas de evacuación
subterránea a 33 kV y la nueva posición de entrada privativa en la
subestación «ST02 220/33 kV», en el término municipal de Andorra (Teruel).
Enel Green Power España S.L.U., en adelante, Enel, solicitó con fecha 13 de
noviembre de 2020, subsanada en fecha 16 de diciembre de 2020 donde se elimina el
sistema de almacenamiento de energía mediante baterías incluido inicialmente,
autorización administrativa previa de la instalación fotovoltaica «Mudéjar» de 235 MWp
de potencia instalada, las líneas de evacuación subterránea a 33 kV y la nueva posición
de entrada privativa en la subestación existente «ST02 220/33 kV».
El proyecto de la planta fotovoltaica estaba inicialmente dividido en tres partes: FV
Mudéjar Norte (Zona Alcañiz) de 91,98 MWn, FV Mudéjar Centro (Zona Hijar), de 39,18
MWn y la FV Mudéjar Sur (Zona Central Térmica) de 49,39 MWn.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Teruel, y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 4 de marzo de 2021 en el «Boletín
Oficial de la Provincia de Teruel» y el 8 de marzo de 2021 en el «Boletín Oficial del
Estado». Se recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por Enel.
Entre dichas alegaciones se puede destacar la realizada por Energías Renovables
de Neso, en la que indica un solapamiento entre el emplazamiento destinado al parque
fotovoltaico Mudéjar, y el parque fotovoltaico que actualmente están desarrollando, «PFV
Caselillo II». Se ha dado traslado a Enel de dicha contestación, el cual expresa su
conformidad con la misma, suprimiendo la afección causada por Mudéjar. Se da traslado
a Energías Renovables de Neso, mostrando su conformidad con la respuesta aportada.
Se han recibido contestaciones de la Demarcación de Carreteras del Estado en
Aragón del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana; de la Sección Minas
del Servicio Provincial del Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo
Empresarial de Teruel del Gobierno de Aragón; de la Dirección General de Interior y
Protección Civil del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales del
Gobierno de Aragón; del Ayuntamiento de Andorra (Teruel); de Endesa Generación S.A.;
Redexis Gas S.A., y Enagas, en las que no se muestra oposición a la autorización de la
instalación. Se ha dado traslado a Enel de dichas contestaciones, expresando su
conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de la Confederación Hidrográfica del Ebro, en la que se
establecen condicionados técnicos y la necesidad de solicitar autorización ante dicho
cve: BOE-A-2022-14204
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14204
Núm. 207
Lunes 29 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 121044
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 17 de agosto de 2022, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Enel Green Power España, SLU,
autorización administrativa previa para la instalación solar fotovoltaica
«Mudéjar» de 64,188 MW de potencia instalada, las líneas de evacuación
subterránea a 33 kV y la nueva posición de entrada privativa en la
subestación «ST02 220/33 kV», en el término municipal de Andorra (Teruel).
Enel Green Power España S.L.U., en adelante, Enel, solicitó con fecha 13 de
noviembre de 2020, subsanada en fecha 16 de diciembre de 2020 donde se elimina el
sistema de almacenamiento de energía mediante baterías incluido inicialmente,
autorización administrativa previa de la instalación fotovoltaica «Mudéjar» de 235 MWp
de potencia instalada, las líneas de evacuación subterránea a 33 kV y la nueva posición
de entrada privativa en la subestación existente «ST02 220/33 kV».
El proyecto de la planta fotovoltaica estaba inicialmente dividido en tres partes: FV
Mudéjar Norte (Zona Alcañiz) de 91,98 MWn, FV Mudéjar Centro (Zona Hijar), de 39,18
MWn y la FV Mudéjar Sur (Zona Central Térmica) de 49,39 MWn.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Teruel, y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 4 de marzo de 2021 en el «Boletín
Oficial de la Provincia de Teruel» y el 8 de marzo de 2021 en el «Boletín Oficial del
Estado». Se recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por Enel.
Entre dichas alegaciones se puede destacar la realizada por Energías Renovables
de Neso, en la que indica un solapamiento entre el emplazamiento destinado al parque
fotovoltaico Mudéjar, y el parque fotovoltaico que actualmente están desarrollando, «PFV
Caselillo II». Se ha dado traslado a Enel de dicha contestación, el cual expresa su
conformidad con la misma, suprimiendo la afección causada por Mudéjar. Se da traslado
a Energías Renovables de Neso, mostrando su conformidad con la respuesta aportada.
Se han recibido contestaciones de la Demarcación de Carreteras del Estado en
Aragón del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana; de la Sección Minas
del Servicio Provincial del Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo
Empresarial de Teruel del Gobierno de Aragón; de la Dirección General de Interior y
Protección Civil del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales del
Gobierno de Aragón; del Ayuntamiento de Andorra (Teruel); de Endesa Generación S.A.;
Redexis Gas S.A., y Enagas, en las que no se muestra oposición a la autorización de la
instalación. Se ha dado traslado a Enel de dichas contestaciones, expresando su
conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de la Confederación Hidrográfica del Ebro, en la que se
establecen condicionados técnicos y la necesidad de solicitar autorización ante dicho
cve: BOE-A-2022-14204
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