III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-14141)
Resolución de 17 de agosto de 2022, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica el Convenio con la Universidad Internacional Isabel I de Castilla, para la realización de prácticas académicas externas.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 205
Viernes 26 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 120685
por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes
universitarios.
Segunda.
Compromisos de la AECID.
La AECID determinará en qué unidades se llevarán a cabo las prácticas en virtud de
la firma del presente acuerdo y según las condiciones establecidas en el mismo.
La AECID publicará periódicamente en su página web la posibilidad de realizar
prácticas académicas externas no remuneradas, con destino en Servicios Centrales y en
las Unidades de Cooperación en el exterior, en el marco de un proceso de selección
compartido con otras instituciones universitarias.
La AECID decidirá el número de alumnos que realizarán las prácticas en cada
convocatoria de acuerdo con las circunstancias de sus unidades y realizará la selección
de los alumnos asignando plazas, que oportunamente comunicará a la Universidad
Isabel I, de acuerdo con el procedimiento fijado en las convocatorias.
La valoración de los candidatos por AECID se realizará en función de la adecuación
del plan de estudios con las tareas formativas que realizará durante las prácticas y del
curriculum vitae.
Tercera.
Compromisos de la Universidad Isabel I.
La Universidad se encargará de velar por que los estudiantes que soliciten las
prácticas en el marco de las convocatorias realizadas al efecto cumplan los requisitos
formativos y/o de titulación fijados en las bases de las mismas. Asimismo, gestionará
todos los aspectos formales de las convocatorias de las prácticas objeto del presente
Convenio, de acuerdo con su normativa y procedimientos, conforme a los principios de
publicidad, objetividad y concurrencia.
La Universidad Isabel I se compromete a destacar la colaboración prestada por la
AECID.
Asimismo, se reconocerá la labor desempeñada por los tutores designados, con las
condiciones establecidas por la propia Universidad.
Cuarta. Condiciones de las prácticas.
a) Un tutor académico de la Universidad Isabel I que pertenezca al profesorado de
la misma y que preferiblemente imparta docencia con el tema relacionado con las
prácticas.
b) Un tutor en la AECID. Se designará para este fin a un responsable en la Sede
Central o en la Unidad en el exterior donde el alumno desarrolle sus prácticas.
El proyecto formativo será aprobado de común acuerdo por los tutores. Los tutores
designados en la misma se encargarán de supervisar las actividades, orientar y controlar
el desarrollo de la práctica, así como de prestar ayuda y asistencia al alumno para la
resolución de todas las cuestiones de carácter profesional que pueda necesitar en el
desempeño de las actividades que realice en la misma.
c) Los datos referentes al alumno; personales, académicos y sobre las practicas a
realizar.
El proyecto formativo será suscrito por los tutores y el alumno.
2. La Universidad Isabel I y la AECID fomentarán que las mencionadas prácticas
sean accesibles para estudiantes con discapacidad procurando la disposición de los
recursos humanos, materiales y tecnológicos necesarios que se asegure la igualdad de
oportunidades.
cve: BOE-A-2022-14141
Verificable en https://www.boe.es
1. Para garantizar los objetivos de este acuerdo, y para cada práctica con el
estudiante, se establecerá un proyecto formativo para el desarrollo de la misma, de
acuerdo con el modelo que se recoge en el Anexo y que, en todo caso reflejará:
Núm. 205
Viernes 26 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 120685
por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes
universitarios.
Segunda.
Compromisos de la AECID.
La AECID determinará en qué unidades se llevarán a cabo las prácticas en virtud de
la firma del presente acuerdo y según las condiciones establecidas en el mismo.
La AECID publicará periódicamente en su página web la posibilidad de realizar
prácticas académicas externas no remuneradas, con destino en Servicios Centrales y en
las Unidades de Cooperación en el exterior, en el marco de un proceso de selección
compartido con otras instituciones universitarias.
La AECID decidirá el número de alumnos que realizarán las prácticas en cada
convocatoria de acuerdo con las circunstancias de sus unidades y realizará la selección
de los alumnos asignando plazas, que oportunamente comunicará a la Universidad
Isabel I, de acuerdo con el procedimiento fijado en las convocatorias.
La valoración de los candidatos por AECID se realizará en función de la adecuación
del plan de estudios con las tareas formativas que realizará durante las prácticas y del
curriculum vitae.
Tercera.
Compromisos de la Universidad Isabel I.
La Universidad se encargará de velar por que los estudiantes que soliciten las
prácticas en el marco de las convocatorias realizadas al efecto cumplan los requisitos
formativos y/o de titulación fijados en las bases de las mismas. Asimismo, gestionará
todos los aspectos formales de las convocatorias de las prácticas objeto del presente
Convenio, de acuerdo con su normativa y procedimientos, conforme a los principios de
publicidad, objetividad y concurrencia.
La Universidad Isabel I se compromete a destacar la colaboración prestada por la
AECID.
Asimismo, se reconocerá la labor desempeñada por los tutores designados, con las
condiciones establecidas por la propia Universidad.
Cuarta. Condiciones de las prácticas.
a) Un tutor académico de la Universidad Isabel I que pertenezca al profesorado de
la misma y que preferiblemente imparta docencia con el tema relacionado con las
prácticas.
b) Un tutor en la AECID. Se designará para este fin a un responsable en la Sede
Central o en la Unidad en el exterior donde el alumno desarrolle sus prácticas.
El proyecto formativo será aprobado de común acuerdo por los tutores. Los tutores
designados en la misma se encargarán de supervisar las actividades, orientar y controlar
el desarrollo de la práctica, así como de prestar ayuda y asistencia al alumno para la
resolución de todas las cuestiones de carácter profesional que pueda necesitar en el
desempeño de las actividades que realice en la misma.
c) Los datos referentes al alumno; personales, académicos y sobre las practicas a
realizar.
El proyecto formativo será suscrito por los tutores y el alumno.
2. La Universidad Isabel I y la AECID fomentarán que las mencionadas prácticas
sean accesibles para estudiantes con discapacidad procurando la disposición de los
recursos humanos, materiales y tecnológicos necesarios que se asegure la igualdad de
oportunidades.
cve: BOE-A-2022-14141
Verificable en https://www.boe.es
1. Para garantizar los objetivos de este acuerdo, y para cada práctica con el
estudiante, se establecerá un proyecto formativo para el desarrollo de la misma, de
acuerdo con el modelo que se recoge en el Anexo y que, en todo caso reflejará: