III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-14077)
Resolución de 10 de agosto de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo sobre el complemento retributivo de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el personal de administración y servicios del VII Convenio colectivo de las empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 203
Miércoles 24 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 120259
MANIFIESTAN
Primero.
Que en fecha 16 de noviembre de 2018 se firmó un «Acuerdo entre el Gobierno de
La Rioja por el que las organizaciones patronales, de titulares de centros y sindicales
más representativas en el sector de la enseñanza concertada de La Rioja sobre
homologación salarial y otros» en el que el Gobierno de La Rioja se comprometía a
incluir en la partida de «Otros Gastos» de los módulos económicos de los conciertos
educativos fijados en los presupuestos generales anuales de la Comunidad Autónoma,
siempre dentro de las disponibilidades presupuestarias, incrementos que permitieran
avanzar progresivamente en la adecuación de sus cuantías al coste real de los gastos
que deben sufragar.
Asimismo, las organizaciones patronales se comprometían a repercutir en los
salarios del personal de administración y servicios (PAS) dichos incrementos en la
cuantía que de común acuerdo se determine en aras a su progresiva homologación
retributiva con el PAS de la enseñanza pública. En todo caso, dicho incremento se fijará
de forma lineal para todo el personal en jornada completa y, de forma proporcional a su
jornada para el personal con jornada parcial.
Segundo.
Que la partida de «Otros Gastos» de los módulos de conciertos contemplados para
los distintos niveles educativos en los artículos 21, 22, 23 y 23 y en el anexo II de la
Ley 6/2021, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma
de La Rioja para el año 2022 (BOR de 28 de diciembre de 2021), una vez firmadas y
publicadas en el BOE de 20 de mayo de 2022 las tablas salariales para el año 2022 del
VII Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada Sostenidas Total o
Parcialmente con Fondos Públicos, permite una mejora retributiva para el personal de
administración y servicios y para el personal complementario titulado respecto a las que
venía percibiendo en 2022.
Tercero.
Que la disposición adicional octava del VII Convenio Colectivo de Empresas de
Enseñanza Privada Sostenidas Total o Parcialmente con Fondos Públicos (BOE de 27
de septiembre de 2021) prevé la posibilidad de que las organizaciones patronales y
sindicales, por mayoría de su respectiva representatividad, acuerden la incorporación a
dicho Convenio de complementos salariales para todo el personal afectado por el mismo.
Y en consonancia con lo anterior
ACUERDAN
La fijación de una nueva cuantía del complemento retributivo denominado
«Complemento retributivo de la Comunidad Autónoma de La Rioja» que hasta la fecha
viene percibiendo el personal de administración y servicios (grupos 2 y 3).
Segundo.
La percepción del citado complemento en sus distintas cuantías será efectiva para
todo el personal de administración y servicios acogido al VII Convenio Colectivo de
Empresas de Enseñanza Privada Sostenidas Total o Parcialmente con Fondos Públicos,
y surtirá efectos desde el 1 de enero de 2022.
cve: BOE-A-2022-14077
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Núm. 203
Miércoles 24 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 120259
MANIFIESTAN
Primero.
Que en fecha 16 de noviembre de 2018 se firmó un «Acuerdo entre el Gobierno de
La Rioja por el que las organizaciones patronales, de titulares de centros y sindicales
más representativas en el sector de la enseñanza concertada de La Rioja sobre
homologación salarial y otros» en el que el Gobierno de La Rioja se comprometía a
incluir en la partida de «Otros Gastos» de los módulos económicos de los conciertos
educativos fijados en los presupuestos generales anuales de la Comunidad Autónoma,
siempre dentro de las disponibilidades presupuestarias, incrementos que permitieran
avanzar progresivamente en la adecuación de sus cuantías al coste real de los gastos
que deben sufragar.
Asimismo, las organizaciones patronales se comprometían a repercutir en los
salarios del personal de administración y servicios (PAS) dichos incrementos en la
cuantía que de común acuerdo se determine en aras a su progresiva homologación
retributiva con el PAS de la enseñanza pública. En todo caso, dicho incremento se fijará
de forma lineal para todo el personal en jornada completa y, de forma proporcional a su
jornada para el personal con jornada parcial.
Segundo.
Que la partida de «Otros Gastos» de los módulos de conciertos contemplados para
los distintos niveles educativos en los artículos 21, 22, 23 y 23 y en el anexo II de la
Ley 6/2021, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma
de La Rioja para el año 2022 (BOR de 28 de diciembre de 2021), una vez firmadas y
publicadas en el BOE de 20 de mayo de 2022 las tablas salariales para el año 2022 del
VII Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada Sostenidas Total o
Parcialmente con Fondos Públicos, permite una mejora retributiva para el personal de
administración y servicios y para el personal complementario titulado respecto a las que
venía percibiendo en 2022.
Tercero.
Que la disposición adicional octava del VII Convenio Colectivo de Empresas de
Enseñanza Privada Sostenidas Total o Parcialmente con Fondos Públicos (BOE de 27
de septiembre de 2021) prevé la posibilidad de que las organizaciones patronales y
sindicales, por mayoría de su respectiva representatividad, acuerden la incorporación a
dicho Convenio de complementos salariales para todo el personal afectado por el mismo.
Y en consonancia con lo anterior
ACUERDAN
La fijación de una nueva cuantía del complemento retributivo denominado
«Complemento retributivo de la Comunidad Autónoma de La Rioja» que hasta la fecha
viene percibiendo el personal de administración y servicios (grupos 2 y 3).
Segundo.
La percepción del citado complemento en sus distintas cuantías será efectiva para
todo el personal de administración y servicios acogido al VII Convenio Colectivo de
Empresas de Enseñanza Privada Sostenidas Total o Parcialmente con Fondos Públicos,
y surtirá efectos desde el 1 de enero de 2022.
cve: BOE-A-2022-14077
Verificable en https://www.boe.es
Primero.