III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Seguros agrarios combinados. (BOE-A-2022-14082)
Orden APA/818/2022, de 18 de agosto, por la que se definen los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro de explotaciones de níspero y otros frutales, comprendido en el correspondiente Plan de Seguros Agrarios Combinados.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 203
Miércoles 24 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 120338
ANEXO III
Rendimientos máximos asegurables (kg/ha)
1.
Cultivo de kiwi.
Edad de la plantación (años)
Comunidad Autónoma
Cantabria.
< 3 años
Con 3 años Con 4 años Con 5 años Desde 6 años
No asegurable.
5.000
10.000
15.000
20.000
Comunidad Foral Navarra. No asegurable.
4.000
8.000
12.000
16.000
Galicia.
No asegurable.
5.000
10.000
15.000
20.000
La Rioja.
No asegurable.
4.000
8.000
12.000
16.000
País Vasco.
No asegurable.
5.000
10.000
15.000
20.000
Principado de Asturias.
No asegurable.
5.000
10.000
15.000
20.000
Comunitat Valenciana.
No asegurable.
3.750
7.500
11.250
15.000
Edad de la plantación: Es el número de verdes transcurridos desde la fecha de la
plantación en la parcela hasta la cosecha que se va a asegurar.
Se admiten los siguientes márgenes a efectos de determinar en la declaración del
seguro la superficie de la parcela asegurada:
En parcelas con superficie menor de 0,50 ha. se admitirá sobre el marco
propiamente dicho hasta un máximo de 3,5 m. en las cabeceras y de 1 m. en los
laterales.
En parcelas con superficie igual o mayor de 0,50 ha., se admitirá sobre el marco
propiamente dicho hasta un máximo de 6 m. en las cabeceras y de 1 m. en los laterales.
2.
Cultivo de endrino.
Comunidad
Autónoma
Comunidad
Foral de
Navarra.
Variedades
Edad de la plantación (años)
<2
2
3
4y5
6y7
8 a 16 17 y 18
≥ 19
CRPN n.º 6 y
No asegurable. 500 1.950 3.250 5.200 6.500 5.200 3.250
n.º 1.
Resto.
No asegurable. 450 1.650 2.750 4.400 5.500 4.400 2.750
cve: BOE-A-2022-14082
Verificable en https://www.boe.es
Para determinar en la declaración de seguro la superficie de la parcela a utilizar para
la aplicación del rendimiento y establecimiento de la producción asegurada se calculará
la misma, multiplicando el número de árboles existentes por la superficie equivalente al
marco de plantación utilizado.
Núm. 203
Miércoles 24 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 120338
ANEXO III
Rendimientos máximos asegurables (kg/ha)
1.
Cultivo de kiwi.
Edad de la plantación (años)
Comunidad Autónoma
Cantabria.
< 3 años
Con 3 años Con 4 años Con 5 años Desde 6 años
No asegurable.
5.000
10.000
15.000
20.000
Comunidad Foral Navarra. No asegurable.
4.000
8.000
12.000
16.000
Galicia.
No asegurable.
5.000
10.000
15.000
20.000
La Rioja.
No asegurable.
4.000
8.000
12.000
16.000
País Vasco.
No asegurable.
5.000
10.000
15.000
20.000
Principado de Asturias.
No asegurable.
5.000
10.000
15.000
20.000
Comunitat Valenciana.
No asegurable.
3.750
7.500
11.250
15.000
Edad de la plantación: Es el número de verdes transcurridos desde la fecha de la
plantación en la parcela hasta la cosecha que se va a asegurar.
Se admiten los siguientes márgenes a efectos de determinar en la declaración del
seguro la superficie de la parcela asegurada:
En parcelas con superficie menor de 0,50 ha. se admitirá sobre el marco
propiamente dicho hasta un máximo de 3,5 m. en las cabeceras y de 1 m. en los
laterales.
En parcelas con superficie igual o mayor de 0,50 ha., se admitirá sobre el marco
propiamente dicho hasta un máximo de 6 m. en las cabeceras y de 1 m. en los laterales.
2.
Cultivo de endrino.
Comunidad
Autónoma
Comunidad
Foral de
Navarra.
Variedades
Edad de la plantación (años)
<2
2
3
4y5
6y7
8 a 16 17 y 18
≥ 19
CRPN n.º 6 y
No asegurable. 500 1.950 3.250 5.200 6.500 5.200 3.250
n.º 1.
Resto.
No asegurable. 450 1.650 2.750 4.400 5.500 4.400 2.750
cve: BOE-A-2022-14082
Verificable en https://www.boe.es
Para determinar en la declaración de seguro la superficie de la parcela a utilizar para
la aplicación del rendimiento y establecimiento de la producción asegurada se calculará
la misma, multiplicando el número de árboles existentes por la superficie equivalente al
marco de plantación utilizado.