III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Seguros agrarios combinados. (BOE-A-2022-14082)
Orden APA/818/2022, de 18 de agosto, por la que se definen los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro de explotaciones de níspero y otros frutales, comprendido en el correspondiente Plan de Seguros Agrarios Combinados.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 203

Miércoles 24 de agosto de 2022

Sec. III. Pág. 120333

ANEXO I
Riesgos cubiertos y módulos de aseguramiento
I.1
Riesgos cubiertos

Daños cubiertos para cada riesgo y cultivo.
Azufaifo
Castaño

Endrino

Cantidad.

Granado

Cantidad y
calidad.

Higuera (5)

Kiwi

Membrillo

Níspero

Cantidad y
calidad.

Cantidad y
calidad.

Cantidad y
calidad.

Cantidad y
calidad.

No cubierto.

Cantidad y
calidad.

Cantidad.

Cantidad.

Cantidad y
calidad.

Cantidad y
calidad.

Cantidad y calidad
Cantidad.
(3).

Cantidad y
calidad.

Cantidad y
calidad.

Cantidad y
calidad.

Cantidad.

Cantidad y
calidad.

Pedrisco.

Cantidad.

Helada (1).

No cubierto. Cantidad. No cubierto.

Riesgos (2 )
Excepcionales.

Cantidad.

Cantidad.

Resto de Adversidades
climáticas (4).

Cantidad.

Cantidad.

Cantidad.

(1) Para los cultivos de membrillo y níspero, la helada está cubierta en los ámbitos especificados a
continuación:
Provincia

Badajoz.

Término

Don Benito y Llerena.

Todos.

Campiña Baja, Las Colonias,
Campiña Alta y Penibética.

Todos.

La Campiña y De Estepa.

Todos.

Montaña.

Beniarda, Benifato, Benimantell, Confrides y Guadalest,

Central.

Alfaz del Pi, Altea, Benidorm, Villajoyosa, Aguas de Busot, Callosa d'en
sarria, Finestrat, La Nucia, Orcheta, Polop de la Marina, Bolulla, Relleu, Sella
y Tarbena.

La Plana.

Nules.

Palancia.

Altura, Castellnovo, Caudiel, Geldo, Jerica, Segorbe, Sot de Ferrer y Vall de
Almonacid,

Granada.

La Costa.

Almuñecar, Itrabo, Jete, Lentejí, Los Guajares, Molvizar, Motril, Otivar,
Salobreña y Vélez de Benaudalla.

Málaga.

Vélez-Málaga.

Canillas de Albaida y Torrox.

Valencia.

Sagunto.

Sagunto.

Membrillo. Córdoba.
Sevilla.

Alacant/Alicante.

Níspero.

Comarca

Castellón.

(2) En kiwi no se cubre el riesgo de lluvia persistente, dentro de riesgos excepcionales.
(3) El viento huracanado en kiwi solo se cubre en cantidad.
(4) Para el cultivo de kiwi en la Comunitat Valenciana, los daños por golpe de calor estarán cubiertos en
las parcelas que dispongan de mallas de sombreo.
(5) Para higo de industria sólo se cubren daños en cantidad.

cve: BOE-A-2022-14082
Verificable en https://www.boe.es

Cultivo