V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. (BOE-B-2022-25665)
Extracto de la Orden EFP/705/2022, de 20 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la financiación de acciones formativas vinculadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales dirigidas a las personas trabajadoras, y se realiza la convocatoria de ámbito estatal para el año 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 203
Miércoles 24 de agosto de 2022
Sec. V-B. Pág. 39973
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
25665
Extracto de la Orde n EFP/705/2022, de 20 de julio, por la que se
establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones
para la financiación de accione s formativas vinculadas al Catálogo
Nacional de Cualificacione s Profe sionale s dirigidas a las pe rsonas
trabajadoras, y se realiza la convocatoria de ámbito estatal para el año
2022.
BDNS(Identif.):641019
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
641019)
Primero. Objeto de la subvención
Dictar las disposiciones generales reguladoras y efectuar la convocatoria de
año 2022 para la concesión de subvenciones para la financiación de acciones de
formación profesional vinculadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones
Profesionales en el ámbito laboral, realizadas por las entidades solicitantes a que
hace referencia el artículo 12 de la presente orden, dirigidas a personas
trabajadoras, tanto ocupadas como desempleadas, así como las condiciones para
su financiación.
Asimismo, serán también objeto de la subvención, las becas y ayudas de
transporte, conciliación, manutención y alojamiento que se concedan a los
desempleados que participen en las acciones formativas de esta convocatoria y,
en su caso, la compensación económica a empresas por la realización del módulo
de formación práctica en centros de trabajo.
Segundo. Beneficiarios
Entidades de formación, públicas o privadas, acreditadas, e inscritas en su
caso, para la impartición de los certificados de profesionalidad que solicitan.
Tercero. Finalidad
La financiación de programas de formación desarrollados por las entidades
recogidas en el artículo 12, y dirigidos a personas trabajadoras, tanto ocupadas
como desempleadas. Becas y ayudas de transporte, conciliación, manutención y
alojamiento que se concedan a los desempleados que participen en las acciones
formativas de las convocatorias y, en su caso, la compensación económica a
cve: BOE-B-2022-25665
Verificable en https://www.boe.es
Podrán tener asimismo la condición de beneficiarias las agrupaciones
contempladas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, con
presencia en el ámbito nacional, debiendo disponer de dicho ámbito, de
instalaciones debidamente acreditadas, e inscritas en su caso, que permitan la
impartición de las acciones formativas solicitadas, constituidas por entidades de
formación públicas o privadas, acreditadas y/o inscritas en el correspondiente
Registro de Entidades de Formación, para las acciones formativas objeto de la
formación, ya sea en la modalidad presencial, de teleformación o mixta.
Núm. 203
Miércoles 24 de agosto de 2022
Sec. V-B. Pág. 39973
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25665
Extracto de la Orde n EFP/705/2022, de 20 de julio, por la que se
establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones
para la financiación de accione s formativas vinculadas al Catálogo
Nacional de Cualificacione s Profe sionale s dirigidas a las pe rsonas
trabajadoras, y se realiza la convocatoria de ámbito estatal para el año
2022.
BDNS(Identif.):641019
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
641019)
Primero. Objeto de la subvención
Dictar las disposiciones generales reguladoras y efectuar la convocatoria de
año 2022 para la concesión de subvenciones para la financiación de acciones de
formación profesional vinculadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones
Profesionales en el ámbito laboral, realizadas por las entidades solicitantes a que
hace referencia el artículo 12 de la presente orden, dirigidas a personas
trabajadoras, tanto ocupadas como desempleadas, así como las condiciones para
su financiación.
Asimismo, serán también objeto de la subvención, las becas y ayudas de
transporte, conciliación, manutención y alojamiento que se concedan a los
desempleados que participen en las acciones formativas de esta convocatoria y,
en su caso, la compensación económica a empresas por la realización del módulo
de formación práctica en centros de trabajo.
Segundo. Beneficiarios
Entidades de formación, públicas o privadas, acreditadas, e inscritas en su
caso, para la impartición de los certificados de profesionalidad que solicitan.
Tercero. Finalidad
La financiación de programas de formación desarrollados por las entidades
recogidas en el artículo 12, y dirigidos a personas trabajadoras, tanto ocupadas
como desempleadas. Becas y ayudas de transporte, conciliación, manutención y
alojamiento que se concedan a los desempleados que participen en las acciones
formativas de las convocatorias y, en su caso, la compensación económica a
cve: BOE-B-2022-25665
Verificable en https://www.boe.es
Podrán tener asimismo la condición de beneficiarias las agrupaciones
contempladas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, con
presencia en el ámbito nacional, debiendo disponer de dicho ámbito, de
instalaciones debidamente acreditadas, e inscritas en su caso, que permitan la
impartición de las acciones formativas solicitadas, constituidas por entidades de
formación públicas o privadas, acreditadas y/o inscritas en el correspondiente
Registro de Entidades de Formación, para las acciones formativas objeto de la
formación, ya sea en la modalidad presencial, de teleformación o mixta.