III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Convenios. (BOE-A-2022-14034)
Resolución de 16 de agosto de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Dirección General de Gestión del Sistema de Acogida en Materia de Protección Internacional y Temporal y el Ayuntamiento de Alcobendas, para la inclusión social y laboral de personas solicitantes y beneficiarias de protección internacional y otros colectivos incluidos en los programas de atención del Centro de Acogida de Protección Internacional de Alcobendas, periodo 2022-2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 201
Lunes 22 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 120113
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
14034
Resolución de 16 de agosto de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio entre la Dirección General de Gestión del Sistema
de Acogida en Materia de Protección Internacional y Temporal y el
Ayuntamiento de Alcobendas, para la inclusión social y laboral de personas
solicitantes y beneficiarias de protección internacional y otros colectivos
incluidos en los programas de atención del Centro de Acogida de Protección
Internacional de Alcobendas, periodo 2022-2025.
Con fecha 29 de julio de 2022 se ha suscrito el Convenio entre la Dirección General
de Gestión del Sistema de Acogida en materia de protección internacional y temporal y el
Ayuntamiento de Alcobendas, para la inclusión social y laboral de solicitantes y
beneficiarios de protección internacional al amparo de la ley de asilo, de las personas
usuarias del centro de acogida a refugiados de Alcobendas (Madrid) periodo 2022-2025
y, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» del citado convenio, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 16 de agosto de 2022.–La Secretaria General Técnica, Iría Álvarez Besteiro.
ANEXO
Convenio entre la Dirección General de Gestión del Sistema de Acogida en Materia
de Protección Internacional y Temporal y el Ayuntamiento de Alcobendas, para la
inclusión social y laboral de solicitantes y beneficiarios de protección
internacional al amparo de la Ley de Asilo, de las personas usuarias del Centro de
Acogida a Refugiados de Alcobendas (Madrid). Período 2022-2025
Madrid, 29 de julio de 2022.
De una parte, doña Amapola Blasco Marhuenda, Directora General de Gestión del
Sistema de Acogida en materia de Protección Internacional y Temporal, en nombre y
representación del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en adelante,
MISSM, con CIF S2819001E, en virtud de las atribuciones que tiene conferidas según
nombramiento por Real Decreto 232/2022, de 30 de marzo, con la competencia
delegada de la Secretaria de Estado de Migraciones para celebrar convenios con
entidades públicas, de acuerdo con la letra a) del apartado vigésimo segundo bis
añadido en el punto 11 del artículo único de la Orden ISM/ 295/2022 de 6 de abril, que
modifica la Orden ISM/419/2021, de 26 de abril, por la que se fijan los límites para
administrar los créditos de gastos y se delegan y aprueban las delegaciones del ejercicio
de competencias en el ámbito del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones.
De otra parte, don Aitor Retolaza Izpizua, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de
Alcobendas, actuando en cumplimiento de las facultades que le otorga el artículo 124 de
la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, las cuales le
han sido encomendadas a tenor de su elección en sesión constitutiva celebrada por el
Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas el día 7 de octubre de 2021.
cve: BOE-A-2022-14034
Verificable en https://www.boe.es
REUNIDOS
Núm. 201
Lunes 22 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 120113
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
14034
Resolución de 16 de agosto de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio entre la Dirección General de Gestión del Sistema
de Acogida en Materia de Protección Internacional y Temporal y el
Ayuntamiento de Alcobendas, para la inclusión social y laboral de personas
solicitantes y beneficiarias de protección internacional y otros colectivos
incluidos en los programas de atención del Centro de Acogida de Protección
Internacional de Alcobendas, periodo 2022-2025.
Con fecha 29 de julio de 2022 se ha suscrito el Convenio entre la Dirección General
de Gestión del Sistema de Acogida en materia de protección internacional y temporal y el
Ayuntamiento de Alcobendas, para la inclusión social y laboral de solicitantes y
beneficiarios de protección internacional al amparo de la ley de asilo, de las personas
usuarias del centro de acogida a refugiados de Alcobendas (Madrid) periodo 2022-2025
y, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» del citado convenio, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 16 de agosto de 2022.–La Secretaria General Técnica, Iría Álvarez Besteiro.
ANEXO
Convenio entre la Dirección General de Gestión del Sistema de Acogida en Materia
de Protección Internacional y Temporal y el Ayuntamiento de Alcobendas, para la
inclusión social y laboral de solicitantes y beneficiarios de protección
internacional al amparo de la Ley de Asilo, de las personas usuarias del Centro de
Acogida a Refugiados de Alcobendas (Madrid). Período 2022-2025
Madrid, 29 de julio de 2022.
De una parte, doña Amapola Blasco Marhuenda, Directora General de Gestión del
Sistema de Acogida en materia de Protección Internacional y Temporal, en nombre y
representación del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en adelante,
MISSM, con CIF S2819001E, en virtud de las atribuciones que tiene conferidas según
nombramiento por Real Decreto 232/2022, de 30 de marzo, con la competencia
delegada de la Secretaria de Estado de Migraciones para celebrar convenios con
entidades públicas, de acuerdo con la letra a) del apartado vigésimo segundo bis
añadido en el punto 11 del artículo único de la Orden ISM/ 295/2022 de 6 de abril, que
modifica la Orden ISM/419/2021, de 26 de abril, por la que se fijan los límites para
administrar los créditos de gastos y se delegan y aprueban las delegaciones del ejercicio
de competencias en el ámbito del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones.
De otra parte, don Aitor Retolaza Izpizua, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de
Alcobendas, actuando en cumplimiento de las facultades que le otorga el artículo 124 de
la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, las cuales le
han sido encomendadas a tenor de su elección en sesión constitutiva celebrada por el
Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas el día 7 de octubre de 2021.
cve: BOE-A-2022-14034
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