I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Organización. (BOE-A-2022-13949)
Orden AUC/810/2022, de 12 de agosto, por la que se crea la Oficina Consular Honoraria, con categoría de Consulado Honorario de España, en Bodrum, y por la que se modifica la circunscripción de la Oficina Consular Honoraria, con categoría de Consulado Honorario de España, en Esmirna, ambas en la República de Turquía.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 201
Lunes 22 de agosto de 2022
Artículo 3.
Sec. I. Pág. 119802
Jefatura de la Oficina Consular Honoraria de España en Bodrum.
La persona titular del Consulado Honorario de España en Bodrum tendrá, de
conformidad con el artículo 9 del Convenio de Viena sobre relaciones consulares, de 24
de abril de 1963, categoría de Cónsul Honorario.
Artículo 4. Modificación de la circunscripción de la Oficina Consular Honoraria en
Esmirna.
Se modifica la circunscripción de la Oficina Consular Honoraria, con categoría
de Consulado Honorario de España, en Esmirna, en la República de Turquía, que
abarcará las provincias de Ismir, Manisa, Aydin y Denizli.
Disposición adicional única.
No incremento del gasto de personal.
Tanto la creación de la oficina consular honoraria como la modificación de la
circunscripción no supondrán incremento alguno del gasto de personal, de conformidad
con lo establecido en el apartado uno de la disposición adicional trigésima primera de
la Ley 22/2021, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2022. Su funcionamiento se atenderá con los medios materiales y personales de que
dispone actualmente el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
Disposición derogatoria.
Derogación normativa.
Queda derogada la Orden AUC/397/2022, de 21 de abril, por la que se crea
la Oficina Consular Honoraria, con categoría de Consulado Honorario de España,
en Bodrum, en la República de Turquía, publicada en el «Boletín Oficial del Estado»
núm. 108, de 6 de mayo de 2022.
Disposición final única.
Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2022-13949
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 12 de agosto de 2022.–El Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea
y Cooperación, José Manuel Albares Bueno.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 201
Lunes 22 de agosto de 2022
Artículo 3.
Sec. I. Pág. 119802
Jefatura de la Oficina Consular Honoraria de España en Bodrum.
La persona titular del Consulado Honorario de España en Bodrum tendrá, de
conformidad con el artículo 9 del Convenio de Viena sobre relaciones consulares, de 24
de abril de 1963, categoría de Cónsul Honorario.
Artículo 4. Modificación de la circunscripción de la Oficina Consular Honoraria en
Esmirna.
Se modifica la circunscripción de la Oficina Consular Honoraria, con categoría
de Consulado Honorario de España, en Esmirna, en la República de Turquía, que
abarcará las provincias de Ismir, Manisa, Aydin y Denizli.
Disposición adicional única.
No incremento del gasto de personal.
Tanto la creación de la oficina consular honoraria como la modificación de la
circunscripción no supondrán incremento alguno del gasto de personal, de conformidad
con lo establecido en el apartado uno de la disposición adicional trigésima primera de
la Ley 22/2021, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2022. Su funcionamiento se atenderá con los medios materiales y personales de que
dispone actualmente el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
Disposición derogatoria.
Derogación normativa.
Queda derogada la Orden AUC/397/2022, de 21 de abril, por la que se crea
la Oficina Consular Honoraria, con categoría de Consulado Honorario de España,
en Bodrum, en la República de Turquía, publicada en el «Boletín Oficial del Estado»
núm. 108, de 6 de mayo de 2022.
Disposición final única.
Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2022-13949
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 12 de agosto de 2022.–El Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea
y Cooperación, José Manuel Albares Bueno.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X