III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2022-13843)
Resolución de 8 de agosto de 2022, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Fundación Española de Hematología y Hemoterapia, para la realización del "IV Curso práctico para el conocimiento y tratamiento de la leucemia linfocítica crónica".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 196
Martes 16 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 118990
su virtud, tienen plena capacidad para obligarse en los términos de este documento;
capacidad que mutuamente se reconocen.
EXPONEN
I. Que la UIMP es un organismo autónomo con personalidad jurídica y patrimonio
propios dependiente del Ministerio de Universidades, según establece el Real
Decreto 431/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla su estructura orgánica básica,
definido, de acuerdo con lo que establece su Estatuto, como centro universitario de alta
cultura, investigación y especialización en el que convergen actividades de distintos
grados y especialidades universitarias y que tiene como misión promover y difundir la
cultura y la ciencia, así como fomentar relaciones de intercambio e información científica
y cultural de interés internacional e interregional, cooperando cuando ello sea
conveniente con otras universidades o instituciones españolas o extranjeras. El artículo 5
del Estatuto de la UIMP, ya citado, establece que son funciones de la UIMP las de
generación y transmisión del conocimiento en todos sus campos.
II. Que la FEHH es una entidad de naturaleza privada, sin ánimo de lucro y con
personalidad jurídica propia y plena capacidad para obrar. De acuerdo con lo que
establece su estatuto, sus fines son, sin carácter limitativo, la promoción, desarrollo y
divulgación de la especialidad de Hematología y Hemoterapia en sus aspectos
asistenciales, docentes y de investigación, la promoción de iniciativas para facilitar las
actividades formativas y las condiciones de ejercicio profesional de la especialidad; así
como la celebración de reuniones y congresos relacionados con dicha especialidad. Para
el cumplimiento de dichos fines, la FEHH podrá establecer y mantener colaboraciones de
todo tipo con fundaciones, asociaciones, instituciones, empresas, entidades y órganos
de la Administración.
III. Que la UIMP ha abierto una convocatoria pública para recibir propuestas para la
realización de cursos en 2022 dentro de la programación académica de sus diferentes
sedes y la FEHH ha presentado una propuesta dentro de la citada convocatoria para la
realización del «IV Curso práctico para el conocimiento y tratamiento de la leucemia
linfocítica crónica», con los objetivos de dar a conocer los últimos datos diagnósticos y
terapéuticos de la enfermedad, abordar aspectos inherentes al momento del diagnóstico
sobre los pacientes y el impacto económico que los tratamientos actuales suponen dentro
de la sociedad y discutir sobre la implementación de la tecnología digital, acelerada por la
pandemia COVID, y el valor del análisis de «big data» en el campo de la leucemia linfocítica
crónica. La FEHH considera el tema del máximo interés. La UIMP ha valorado
positivamente la propuesta recibida de la FEHH, considerando que tiene un indudable
interés académico y social y que cumple con los criterios establecidos en su convocatoria.
IV. Que, en consecuencia, existiendo un interés común en la realización del citado
curso dentro de los fines que les son propios, ambas entidades acuerdan suscribir el
presente convenio con sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto del convenio.
El objeto de este convenio es establecer la colaboración entre la UIMP y la FEHH
para la realización del «IV Curso práctico para el conocimiento y tratamiento de la
leucemia linfocítica crónica», que se celebrará en 2022 en el marco de la programación
académica de la UIMP.
Ambas instituciones colaborarán en el orden académico, económico y logístico según
las especificaciones de este convenio para llevar a cabo el diseño, organización,
divulgación y desarrollo del curso y con el objetivo común de garantizar los niveles
adecuados de excelencia, prestigio profesional y solvencia organizativa.
cve: BOE-A-2022-13843
Verificable en https://www.boe.es
Primera.
Núm. 196
Martes 16 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 118990
su virtud, tienen plena capacidad para obligarse en los términos de este documento;
capacidad que mutuamente se reconocen.
EXPONEN
I. Que la UIMP es un organismo autónomo con personalidad jurídica y patrimonio
propios dependiente del Ministerio de Universidades, según establece el Real
Decreto 431/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla su estructura orgánica básica,
definido, de acuerdo con lo que establece su Estatuto, como centro universitario de alta
cultura, investigación y especialización en el que convergen actividades de distintos
grados y especialidades universitarias y que tiene como misión promover y difundir la
cultura y la ciencia, así como fomentar relaciones de intercambio e información científica
y cultural de interés internacional e interregional, cooperando cuando ello sea
conveniente con otras universidades o instituciones españolas o extranjeras. El artículo 5
del Estatuto de la UIMP, ya citado, establece que son funciones de la UIMP las de
generación y transmisión del conocimiento en todos sus campos.
II. Que la FEHH es una entidad de naturaleza privada, sin ánimo de lucro y con
personalidad jurídica propia y plena capacidad para obrar. De acuerdo con lo que
establece su estatuto, sus fines son, sin carácter limitativo, la promoción, desarrollo y
divulgación de la especialidad de Hematología y Hemoterapia en sus aspectos
asistenciales, docentes y de investigación, la promoción de iniciativas para facilitar las
actividades formativas y las condiciones de ejercicio profesional de la especialidad; así
como la celebración de reuniones y congresos relacionados con dicha especialidad. Para
el cumplimiento de dichos fines, la FEHH podrá establecer y mantener colaboraciones de
todo tipo con fundaciones, asociaciones, instituciones, empresas, entidades y órganos
de la Administración.
III. Que la UIMP ha abierto una convocatoria pública para recibir propuestas para la
realización de cursos en 2022 dentro de la programación académica de sus diferentes
sedes y la FEHH ha presentado una propuesta dentro de la citada convocatoria para la
realización del «IV Curso práctico para el conocimiento y tratamiento de la leucemia
linfocítica crónica», con los objetivos de dar a conocer los últimos datos diagnósticos y
terapéuticos de la enfermedad, abordar aspectos inherentes al momento del diagnóstico
sobre los pacientes y el impacto económico que los tratamientos actuales suponen dentro
de la sociedad y discutir sobre la implementación de la tecnología digital, acelerada por la
pandemia COVID, y el valor del análisis de «big data» en el campo de la leucemia linfocítica
crónica. La FEHH considera el tema del máximo interés. La UIMP ha valorado
positivamente la propuesta recibida de la FEHH, considerando que tiene un indudable
interés académico y social y que cumple con los criterios establecidos en su convocatoria.
IV. Que, en consecuencia, existiendo un interés común en la realización del citado
curso dentro de los fines que les son propios, ambas entidades acuerdan suscribir el
presente convenio con sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto del convenio.
El objeto de este convenio es establecer la colaboración entre la UIMP y la FEHH
para la realización del «IV Curso práctico para el conocimiento y tratamiento de la
leucemia linfocítica crónica», que se celebrará en 2022 en el marco de la programación
académica de la UIMP.
Ambas instituciones colaborarán en el orden académico, económico y logístico según
las especificaciones de este convenio para llevar a cabo el diseño, organización,
divulgación y desarrollo del curso y con el objetivo común de garantizar los niveles
adecuados de excelencia, prestigio profesional y solvencia organizativa.
cve: BOE-A-2022-13843
Verificable en https://www.boe.es
Primera.