III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Subvenciones. (BOE-A-2022-13837)
Resolución de 11 de agosto de 2022, de la Secretaría de Estado de Política Territorial, por la que se acuerda la asignación de las subvenciones por daños en infraestructuras municipales y red viaria provincial e insular, previstas en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de agosto de 2021, por el que se declara a varias comunidades autónomas "Zona afectada gravemente por una emergencia de Protección Civil".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 196

Martes 16 de agosto de 2022

Núm. Proyecto

Entidad

Sec. III. Pág. 118936

Motivo desestimación

Comunitat Valenciana
Diputación Provincial de Valencia
11

Ayuntamiento de Benifaió.

1 y 2.

15

Ayuntamiento de Benifaió.

1 y 2.

17

Ayuntamiento de Benifaió.

1 y 2.

18

Ayuntamiento de Benifaió.

1 y 2.

19

Ayuntamiento de Benifaió.

1 y 2.

22

Ayuntamiento de Polinyà de Xúquer.

1 y 2.

23

Mancomunitat de la Ribera Alta.

1 y 2.

27

Ayuntamiento de Carlet.

2 y 6.

50

Ayuntamiento de Carlet.

1.

64

Ayuntamiento De Cullera.

1, 2 y 3.

71

Ayuntamiento De Cullera.

1, 2 y 3.

73

Ayuntamiento De Cullera.

1, 2 y 3.

75

Ayuntamiento De Cullera.

1, 2 y 3.

80

Ayuntamiento De Cullera.

1, 2 y 3.

82

Ayuntamiento de Alginet.

2 y 3.

112

Ayuntamiento de Silla.

2 y 3.
Extremadura

Diputación Provincial de Badajoz
103

Ayuntamiento de Alburquerque.

2 y 7.

105

Ayuntamiento de Alburquerque.

2 y 7.

107

Ayuntamiento de Alburquerque.

2 y 7.

109

Ayuntamiento de Alburquerque.

2 y 7.

111

Ayuntamiento de Alburquerque.

2 y 7.

La Rioja
Gobierno de La Rioja
61

Ayuntamiento de Fuenmayor.

1.

92

Ayuntamiento de Sotés.

1, 2 y 7.

1. Las actuaciones proyectadas y/o gastos que se proponen no tienen la
consideración de subvencionables, de acuerdo con lo previsto en los artículos 4 y 6 de la
Orden HAP/196/2015, de 21 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras
(BOE núm. 37, de 12 de febrero de 2015) y en el apartado segundo de la resolución
de convocatoria.
2. Tras comprobar la solicitud y demás documentación aportada, el proyecto fue
considerado no financiable, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 de la Orden
HAP/196/2015, de 21 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras (BOE
núm. 37, de 12 de febrero de 2015).

cve: BOE-A-2022-13837
Verificable en https://www.boe.es

Detalle de los motivos de desestimación: