III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Bienes muebles. Financiación. (BOE-A-2022-13510)
Resolución de 27 de julio de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se aprueban las modificaciones introducidas en el modelo de contrato de arrendamiento de bienes muebles, letras de identificación R-VCS2, y sus Anexos, para ser utilizado por VFS Commercial Services Spain, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 191

Miércoles 10 de agosto de 2022

Sec. III. Pág. 117008

MODELO R-VCS2
IMPRESO Nº…..

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES
Modelo aprobado por Resoluciones de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de fecha
06/07/2021 y de fecha dd/mm/aa

CONDICIONES GENERALES
23.

OBLIGACIONES DEL FIADOR. 23.1 El Fiador garantiza solidariamente con el Arrendatario, y con carácter solidario entre los Fiadores en caso de ser varios, el cumplimiento de todas y cada una
de las obligaciones asumidas por el Arrendatario en virtud del Contrato, con renuncia expresa a los beneficios de orden, división y excusión que con carácter general
o particular pudiera corresponderle. No obstante, el Fiador podrá solicitar del Arrendador, en cualquier momento, información sobre el cumplimiento del Contrato
por parte del Arrendatario.
23.2 En el supuesto de que alguno de lo/s Fiador/es viniere/n insolventes, el Arrendador podrá instar la terminación del Contrato en caso de que el Arrendatario no
presente otro Fiador que, a juicio del Arrendador, tenga capacidad para obligarse y bienes suficientes para responder solidariamente de las obligaciones garantizadas
por el Arrendatario en virtud del Contrato, o no preste otras garantías suficientes a juicio del Arrendador.

24.

COMISIONES. 24.1 El Arrendatario declara que ha sido informado en relación con las comisiones por devolución (de recibo), modificación de contrato, de apertura, de gestión y
tramitación que pueden ser aplicadas en el marco del Contrato. Las características e importes de las mencionadas comisiones vigentes en el momento de la firma del
Contrato se especifican en las Condiciones Particulares.
24.2 El Arrendatario conoce y acepta que las comisiones aplicables al Contrato podrán ser objeto de modificación durante la vigencia del mismo. El eventual
cambio de las comisiones aplicables será objeto de publicidad con antelación a la aplicación de las mismas. Se entenderán aceptadas las nuevas comisiones si el
Arrendatario no manifestase de forma escrita su oposición a las mismas en el plazo de treinta (30) días desde la publicidad de las mismas.

25.

PROTECCIÓN DE DATOS. 25.1 De acuerdo con lo establecido en la legislación vigente en materia de Protección de Datos de Carácter Personal, los intervinientes quedan informados de que
sus datos personales, incluyendo aquellos recogidos durante el desarrollo del presente contrato, serán incorporados a un tratamiento cuyo responsable es VFS
COMMERCIAL SERVICES SPAIN, S.A. (“VFS”), con domicilio en Madrid, calle Gobelas 41-45, 28023, con la finalidad de gestionar la formalización,
mantenimiento y cumplimiento de la relación contractual. Además de los identificados en el presente contrato, en el cumplimiento del mismo será necesaria la
recogida de los datos referidos a los conductores habituales o autorizados de los vehículos objeto del Contrato, por lo que los Intervinientes declaran y garantizan
haber informado de los extremos contenidos en esta cláusula a dichos titulares reales y conductores. Asimismo, sus datos serán utilizados con finalidades de marketing
y publicidad, incluyendo el envío de información comercial sobre los productos y servicios similares a los comercializados por Volvo Group, así como de otros
terceros colaboradores del mismo relacionados con los sectores financieros y/o de seguros. No obstante, sus datos no serán compartidos con terceros con fines
comerciales o publicitarios. Podrá oponerse al tratamiento dirigiéndose a vfs.privacy@volvo.com o a través de la opción de baja proporcionada en cada una de las
comunicaciones.
25.2 La base que legitima el tratamiento de datos es la necesidad para la ejecución del contrato, el interés legítimo de VFS y/o el cumplimiento de obligaciones
legales, incluyendo la prevención y detección de delitos, así como el cumplimiento de las obligaciones de diligencia debida conforme a lo establecido por Іа
legislación sobre la prevención de blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.
25.3 Igualmente, como parte de la ejecución de la relación contractual, será necesaria la realización de todas las comprobaciones y averiguaciones que considere
oportunas o a las que esté obligado VFS a los fines de la operación solicitada, inclusive una consulta a cualquier fichero de solvencia patrimonial y de crédito.
25.4 Los datos personales de los Intervinientes se podrán comunicar para su tratamiento en los mismos términos aquí descritos para VFS, así como a los efectos de
fiscalizar la actividad crediticia de VFS, a otras empresas de su grupo identificadas en las Condiciones Particulares del Contrato. Igualmente, sus datos serán
comunicados en los siguientes supuestos: (i) comunicación a entidades gestoras de ficheros de solvencia y capacidad crediticia de conformidad con lo anteriormente
expuesto, (ii) obligación legal, como puede ser el caso de comunicación de los datos a la AEAT, SEPBLAC u otras autoridades como órganos judiciales o cuerpos y
fuerzas de seguridad del estado a efectos de compeler el cumplimiento de las obligaciones contraídas; (iii) en los casos en los que las circunstancias del cumplimiento
del contrato así lo recomienden o exijan, como puede ser el caso del registro del contrato en un registro público (como el Registro de Bienes Muebles), o del
aseguramiento de los vehículos industriales (como entidades aseguradoras/corredurías/mediadores de seguros). Además, también podrán ser destinatarios de la
información, como encargados del tratamiento, las empresas que sean contratadas para dar soporte a VFS en el cumplimiento y gestión de este Contrato.
25.5 Los Intervinientes quedan informados de que podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad de los datos, y limitación
del tratamiento, mediante carta dirigida al Delegado de Protección de datos de VFS, con domicilio en Madrid, calle Gobelas 41- 45, 28023 Madrid, o a través del
correo electrónico vfs.privacy@volvo.com acreditando su identidad e identificando el derecho que se solicita. Igualmente, en caso de considerar vulnerado su derecho
a la protección de datos, pueden presentar reclamación ante el Delegado de Protección de datos de VFS en las direcciones indicadas o ante la Agencia Española de
Protección de Datos (www.aepd.es).
25.6 En la cláusula 14 de las Condiciones Particulares del Contrato se incluye información más detallada sobre el tratamiento de datos.

26.

LEY APLICABLE. El Contrato se regirá por la ley española.
La relación entre las Partes se regirá por lo dispuesto en el Contrato (que incluye las Condiciones Particulares, las presentes Condiciones Generales y sus
Anexos), así como las normas legales y reglamentarias de aplicación obligatoria.
26.3 El Bien solicitado por el Arrendatario estará afecto a la actividad empresarial o profesional de este último, no resultando de aplicación al Contrato la legislación
vigente en materia de consumidores y usuarios.

En prueba de conformidad, firman las partes el presente contrato en tantos ejemplares como partes intervienen en el lugar y fecha indicados Ver fecha
Intervención Notarial/ Ver lugar y fecha firma al pie/ Ver firma digital.
En ** a ** de ** de **

En ** a ** de ** de **

En ** a ** de ** de **

El/Los Arrendatario/s

El/Los Fiador/es

El Arrendador

REVERSO NO UTILIZABLE

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

pág nº.—de—

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2022-13510
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