V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. (BOE-B-2022-24746)
Resolución de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras, por la que se hace público la delegación de competencia a favor del Director de la misma para la resolución de expedientes sancionadores.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 190
Martes 9 de agosto de 2022
Sec. V-B. Pág. 38393
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MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA
24746
Resolución de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras, por la
que se hace público la delegación de competencia a favor del Director
de la misma para la resolución de expedientes sancionadores.
El Consejo de Administración de la APBA, en sesión de 13 de mayo de 2022,
conforme a la función que a este le atribuye en el art. 33.2 del texto refundido de la
Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado mediante Real
Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre (TRLPMM) y conforme a lo
dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público sobre delegación de competencias, acordó lo siguiente:
Revocar la delegación otorgada al Presidente de la APBA publicada en el BOE
número 298 de 11 de diciembre de 2004 en relación a la resolución de expedientes
sancionadores.
Delegar a favor del Director General la competencia para resolver los
expedientes sancionadores cuya sanción importe una cuantía máxima de 15.000 €
y la adopción de medidas no sancionadoras relacionadas con dichos expedientes
establecidas en el Art. 313 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y
de la Marina Mercante.
Delegar la resolución de los recursos de reposición que se puedan plantear
contra la resolución recaída por esta delegación, sin perjuicio de la facultad del
Director General de proponer al Presidente elevar la resolución al Consejo de
Administración cuando así lo considere oportuno.
Esta delegación de competencia será revocable en cualquier momento por el
Consejo de Administración de la APBA. Asimismo, como órgano titular de la
competencia delegada, el Consejo de Administración podrá avocar el ejercicio de
ésta de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Publicar en el Boletín Oficial del Estado la presente delegación
.
Algeciras, 5 de agosto de 2022.- Presidente, Gerardo Landaluce Calleja.
cve: BOE-B-2022-24746
Verificable en https://www.boe.es
ID: A220032394-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 190
Martes 9 de agosto de 2022
Sec. V-B. Pág. 38393
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24746
Resolución de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras, por la
que se hace público la delegación de competencia a favor del Director
de la misma para la resolución de expedientes sancionadores.
El Consejo de Administración de la APBA, en sesión de 13 de mayo de 2022,
conforme a la función que a este le atribuye en el art. 33.2 del texto refundido de la
Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado mediante Real
Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre (TRLPMM) y conforme a lo
dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público sobre delegación de competencias, acordó lo siguiente:
Revocar la delegación otorgada al Presidente de la APBA publicada en el BOE
número 298 de 11 de diciembre de 2004 en relación a la resolución de expedientes
sancionadores.
Delegar a favor del Director General la competencia para resolver los
expedientes sancionadores cuya sanción importe una cuantía máxima de 15.000 €
y la adopción de medidas no sancionadoras relacionadas con dichos expedientes
establecidas en el Art. 313 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y
de la Marina Mercante.
Delegar la resolución de los recursos de reposición que se puedan plantear
contra la resolución recaída por esta delegación, sin perjuicio de la facultad del
Director General de proponer al Presidente elevar la resolución al Consejo de
Administración cuando así lo considere oportuno.
Esta delegación de competencia será revocable en cualquier momento por el
Consejo de Administración de la APBA. Asimismo, como órgano titular de la
competencia delegada, el Consejo de Administración podrá avocar el ejercicio de
ésta de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Publicar en el Boletín Oficial del Estado la presente delegación
.
Algeciras, 5 de agosto de 2022.- Presidente, Gerardo Landaluce Calleja.
cve: BOE-B-2022-24746
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