III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-13461)
Resolución de 2 de agosto de 2022, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Agricultura y Alimentación y la Asociación Datagri, para la organización de la V Edición del Foro Datagri.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 190

Martes 9 de agosto de 2022

Sec. III. Pág. 116808

3. Cofinanciar, mediante cuotas de la Asociación o patrocinios, con 79.520 euros
los costes estimados del desarrollo del Foro, de acuerdo con el presupuesto que se
detalla en el anexo II.
4. Destinar íntegramente la cantidad aportada por el Ministerio a la financiación de
los gastos acordados mediante este Convenio para el citado Foro.
5. Conceder al Ministerio un máximo de 20 plazas exentas del pago de asistencia,
sin derecho a alojamiento o manutención, para asistir al Foro objeto de este Convenio.
Estas plazas podrán ser ocupadas por las personas que el Ministerio designe y
comunique formalmente a la Asociación Datagri con la suficiente antelación y en todo
caso, un día antes del inicio del mismo. El resto de plazas serán cubiertas por los
procedimientos habituales establecidos en el Foro Datagri.
6. Destacar la colaboración del Ministerio en cuantos medios se utilicen para la
promoción y difusión del Foro (programa, carteles, publicidad en medios, notas de
prensa, etc.), incorporando, de modo visible, el logotipo oficial del Ministerio y respetando
en todo caso, las directrices de imagen externa que le sean facilitadas a estos efectos.
Cuarta.

Financiación y forma de pago.

1. El MAPA aportará la cantidad de cincuenta mil euros (50.000 euros) con cargo a
la partida presupuestaria 21.01.411M.226.06: «Reuniones, conferencias y cursos» en el
ejercicio 2022 para financiar los gastos conforme al presupuesto incluido en el anexo II.
2. La Asociación Datagri cofinanciará con 79.520 euros los costes del desarrollo del
Foro, conforme al presupuesto incluido en el anexo II.
3. Con el fin de que se pueda llevar a cabo el pago, el tesorero de la Asociación
Datagri emitirá una certificación del gasto realizado.
4. El MAPA abonará dicha cantidad en un único pago, en la cuenta a nombre de La
Asociación Datagri, cuenta específica abierta para la organización y financiación del
Foro:ES98 3058 0962 1227 2003 098.
Quinta. Duración.
El Convenio se perfeccionará con el consentimiento de las partes expresado
mediante su firma y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será
publicado en el «Boletín Oficial del Estado».
La duración del presente Convenio se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2022.
Sexta. Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio.

a) Interpretar el contenido del Convenio y adoptar las decisiones de carácter
operativo necesarias para su correcta aplicación.
b) Efectuar el seguimiento y evaluación del Convenio.
3. La Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control se reunirá siempre que se
considere oportuno, al objeto de examinar los resultados de las actividades realizadas en
el marco de este convenio.

cve: BOE-A-2022-13461
Verificable en https://www.boe.es

1. Con el fin de conseguir la máxima operatividad en la aplicación del presente
convenio y velar por el adecuado cumplimiento de sus objetivos, se establece una
Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control de la ejecución del Convenio, integrada
por parte del MAPA por un representante de la SGID y uno de la Oficialía Mayor y por
parte de la Asociación Datagri, un representante.
2. Las funciones de la Comisión serán: