III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-13361)
Resolución de 29 de julio de 2022, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, por la que se publica la Adenda al Convenio con la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, SA, en relación con las obras de modernización y consolidación de regadíos, y declaradas de interés general.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 189

Lunes 8 de agosto de 2022

Sec. III. Pág. 116050

Ambas partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir el presente
convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
Que, con fecha 25 de junio de 2021, se formalizó un Convenio entre el Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) y SEIASA, en relación con las obras de
modernización y consolidación de regadíos, contempladas en la planificación del
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y declaradas de interés general.
Este convenio sustituye al suscrito el 29 de diciembre de 2017 y a sus
correspondientes adendas, entre el entonces Ministerio de Agricultura y Pesca,
Alimentación y Medio Ambiente y SEIASA, los cuales quedan extinguidos desde la fecha
en que el vigente convenio adquirió eficacia jurídica.
Segundo.
Que SEIASA podrá ser beneficiaria de fondos comunitarios tanto de programas de
desarrollo rural autonómicos como del Programa Nacional de Desarrollo Rural (en
adelante, PNDR). En este último caso, SEIASA podrá ser beneficiaria del PNDR para
todo el territorio nacional, siempre que tanto la comunidad de regantes como SEIASA, no
reciban fondos de los programas regionales con el fin de evitar la doble financiación.
Tercero.
Que en el periodo de programación de desarrollo rural 2014-2020, el Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación decidió poner en marcha el PNDR, que estará
financiado por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER). Este programa
se ha prorrogado dos años más, hasta 2022, mediante el Reglamento (UE) 2020/2220
del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de diciembre de 2020 por el que se
establecen determinadas disposiciones transitorias para la ayuda del Fondo Europeo
Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y del Fondo Europeo Agrícola de Garantía
(FEAGA) en los años 2021 y 2022, y por el que se modifican los Reglamentos (UE)
n.º 1305/2013, (UE) n.º 1306/2013 y (UE) n.º 1307/2013 en lo que respecta a sus
recursos y a su aplicación en los años 2021 y 2022 y el Reglamento (UE) n.º 1308/2013
en lo que respecta a los recursos y la distribución de dicha ayuda en los años 2021
y 2022.
Cuarto.
Que la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación
Agroalimentaria es la Autoridad de Gestión del Programa Nacional de Desarrollo Rural.
Quinto.

Sexto.
Que los beneficiarios de los fondos comunitarios del PNDR correspondientes a las
actuaciones de modernización de regadíos podrán ser tanto la Dirección General de
Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, ejecutando las obras con
cargo al capítulo 6 del programa presupuestario 414A, como SEIASA, para aquellas
obras que estén declaradas de interés general, se encuentren recogidas en el convenio

cve: BOE-A-2022-13361
Verificable en https://www.boe.es

Que el PNDR fue aprobado mediante Decisión de ejecución de la Comisión Europea
el 26 de mayo de 2015.