III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2022-13358)
Resolución de 27 de junio de 2022, de la Entidad Pública Empresarial ENAIRE, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Pilotos, para la operación del Observatorio de seguridad y eficiencia de las operaciones aéreas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 189

Lunes 8 de agosto de 2022

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD
Y AGENDA URBANA
13358

Resolución de 27 de junio de 2022, de la Entidad Pública Empresarial
ENAIRE, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Pilotos,
para la operación del Observatorio de seguridad y eficiencia de las
operaciones aéreas.

Con fecha 7 de julio de 2021, las partes suscribieron un convenio para la operación
del Observatorio de seguridad y eficiencia de las operaciones aéreas, con una duración
de un año y sin posibilidad de prórroga. No obstante, dado que existen actividades
pendientes de realización y a la vista de los resultados de los beneficios obtenidos por
ambas partes acuerdan dar continuidad a la operación del Observatorio para lo cual se
suscribe este nuevo convenio.
En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se acuerda la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio que figura como anexo a esta Resolución.
Madrid, 27 de junio de 2022.–El Director General de ENAIRE, Ángel Luis Arias
Serrano.
ANEXO
Convenio entre el Colegio Oficial de Pilotos y la Entidad Pública Empresarial
ENAIRE para la operación del Observatorio de seguridad y eficiencia de las
operaciones aéreas
En Madrid a 23 de junio de 2022.

De una parte, don Carlos San José Plasencia, en calidad de Decano del Colegio
Oficial de Pilotos de la Aviación Comercial (en adelante «COPAC»), designado por
acuerdo de la Junta Electoral del COPAC de fecha 28 de octubre de 2020, según resulta
de la Escritura de Protocolización del Acta de Proclamación Definitiva de Candidatura
Vencedora otorgada por el COPAC, de 22 de enero de 2021, autorizada por la Notario de
Madrid, doña Eva María Sanz del Real, con el número 201 de su protocolo. Actúa en
virtud de las facultades que le confiere el artículo 21 de los Estatutos del COPAC,
aprobados por Real Decreto 1378/2002, de 20 de diciembre. COPAC tiene CIF
Q2801046J y domicilio social en la Calle Vicente Gaceo, 21 (CP 28029) de Madrid.
De otra parte, don Ángel Luis Arias Serrano, en calidad de Director General de la
Entidad Pública Empresarial ENAIRE (en adelante «ENAIRE»), por acuerdo del Consejo
de Administración de 29 de mayo de 2015, según resulta de Resolución de 8 de junio
de 2015 de la Entidad Pública Empresarial ENAIRE, publicada en el BOE número 150,
de 24 de junio de 2015, con CIF Q2822001J y domicilio en Madrid, Avenida de Aragón,
330 (CP 28022), actuando en nombre y representación de la misma en virtud de lo
previsto en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.

cve: BOE-A-2022-13358
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