III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Fundaciones. (BOE-A-2022-13338)
Resolución de 23 de mayo de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Talent para el Desarrollo de la Iniciativa y el Espíritu Emprendedor de los Jóvenes.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 189

Lunes 8 de agosto de 2022

Sec. III. Pág. 115929

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
13338

Resolución de 23 de mayo de 2022, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Talent para el Desarrollo de la Iniciativa y el Espíritu Emprendedor
de los Jóvenes.

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Talent para el Desarrollo de la
Iniciativa y el Espíritu Emprendedor de los Jóvenes.
Antecedentes de hecho
Primero.

Constitución de la Fundación.

La Fundación citada fue constituida por la entidad Grupo Oto Media SL, doña Laura
Benítez García, don Juan Castilla Medina, según resulta de la escritura otorgada ante el
notario de Gavá doña Ana Diez Arranz, el 23 de abril de 2021 con el número 772 de
protocolo, subsanadas por otras otorgadas por la misma notaria el 15 de febrero de 2022
protocolo 231 y 13 de mayo de 2022 protocolo 845.
Segundo.

Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la avenida Can Palmer,
número 67, CP 08840 Viladecans, Barcelona, y su ámbito de actuación se extiende a
todo el territorio del Reino de España.
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: treinta mil euros (30.000€). La dotación es dineraria y ha sido
totalmente desembolsada según se acredita con la certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la Ley.
Cuarto. Fines de la Fundación.
Promover la emprendeduría, es decir la promoción de la iniciativa privada entre los
jóvenes, tanto de enseñanza obligatoria como post obligatoria, en todos sus grados y
niveles, para la creación de nuevos proyectos de negocio y empresariales innovadores
propios.

La entidad Grupo Oto Media SL, doña Laura Benítez García, don Juan Castilla
Medina, don Oriol Lázaro Llovera y don Urs Rothmayr.
Cargos:
Presidente: Doña Laura Benítez García,
Secretario: Don Juan Castilla Medina.
Vocales: La entidad Grupo Oto Media SL, que nombra como persona física
representante a don Juan Castilla Medina, don Oriol Lázaro Llovera y don Urs Rothmayr.

cve: BOE-A-2022-13338
Verificable en https://www.boe.es

Quinto. Patronato.