III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Seguridad Social. (BOE-A-2022-13377)
Resolución de 22 de julio de 2022, de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, por la que, en relación con la aplicación a las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social de los coeficientes para la gestión de la prestación económica de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes de los trabajadores por cuenta ajena de las empresas asociadas, se modifican los modelos del anexo de la Resolución de 4 de julio de 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 189
Lunes 8 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 116280
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
13377
Resolución de 22 de julio de 2022, de la Dirección General de Ordenación de
la Seguridad Social, por la que, en relación con la aplicación a las mutuas
colaboradoras con la Seguridad Social de los coeficientes para la gestión de
la prestación económica de incapacidad temporal derivada de contingencias
comunes de los trabajadores por cuenta ajena de las empresas asociadas, se
modifican los modelos del anexo de la Resolución de 4 de julio de 2022.
La Resolución de 4 de julio de 2022, de esta Dirección General de Ordenación de
la Seguridad Social, como consecuencia de la fijación por la Orden PCM/1353/2021,
de 2 de diciembre, desde 1 de septiembre de 2021, de nuevos coeficientes de la fracción
de cuota correspondiente que hasta esa fecha eran los establecidos por la Orden
TMS/83/2019, de 31 de enero, modificó, entre otras cuestiones, los modelos a utilizar por
las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social para la solicitud y regularización de la
aplicación de los coeficientes adicionales para la gestión de las prestaciones de
contingencias comunes de los trabajadores de sus empresas asociadas pertenecientes
al Régimen General de la Seguridad Social que fueron establecidos inicialmente en
la Resolución de 3 de agosto de 2021.
Teniendo en cuenta el efecto que la no aplicación efectiva de la nueva fracción de
cuota a todos los meses a partir de 1 de septiembre de 2021 está teniendo en las
mutuas para la realización de la liquidación del ejercicio 2021 correspondiente al ámbito
de la gestión de las contingencias comunes, así como para la realización de la
regularización de los importes relativos a la aplicación de los coeficientes adicionales
autorizados con carácter provisional hasta que se produjera la rendición de las cuentas
anuales del ejercicio, resulta imprescindible adecuar a la situación existente el contenido
de los modelos 1, 2 y 6 del anexo de la citada Resolución de 4 de julio de 2022.
En consecuencia, en uso de las atribuciones conferidas a esta Dirección General
de Ordenación de la Seguridad Social por el artículo 24.1 de la Orden TMS/83/2019,
de 31 de enero, y por el artículo 23.1 de la Orden PCM/1353/2021, de 2 de diciembre, y
en relación con dispuesto en la Resolución de 4 de julio de 2022, esta dirección general
resuelve lo siguiente:
Apartado único.
Madrid, 22 de julio de 2022.–El Director General de Ordenación de la Seguridad
Social, José Fernández Albertos.
cve: BOE-A-2022-13377
Verificable en https://www.boe.es
Se modifican los modelos 1, 2 y 6 del anexo de la Resolución de 4 de julio de 2022,
que se incluyen como anexo de esta resolución y que sustituyen a los anteriores, los
cuales se habrán de presentar por las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social
según lo previsto en aquella resolución.
Núm. 189
Lunes 8 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 116280
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
13377
Resolución de 22 de julio de 2022, de la Dirección General de Ordenación de
la Seguridad Social, por la que, en relación con la aplicación a las mutuas
colaboradoras con la Seguridad Social de los coeficientes para la gestión de
la prestación económica de incapacidad temporal derivada de contingencias
comunes de los trabajadores por cuenta ajena de las empresas asociadas, se
modifican los modelos del anexo de la Resolución de 4 de julio de 2022.
La Resolución de 4 de julio de 2022, de esta Dirección General de Ordenación de
la Seguridad Social, como consecuencia de la fijación por la Orden PCM/1353/2021,
de 2 de diciembre, desde 1 de septiembre de 2021, de nuevos coeficientes de la fracción
de cuota correspondiente que hasta esa fecha eran los establecidos por la Orden
TMS/83/2019, de 31 de enero, modificó, entre otras cuestiones, los modelos a utilizar por
las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social para la solicitud y regularización de la
aplicación de los coeficientes adicionales para la gestión de las prestaciones de
contingencias comunes de los trabajadores de sus empresas asociadas pertenecientes
al Régimen General de la Seguridad Social que fueron establecidos inicialmente en
la Resolución de 3 de agosto de 2021.
Teniendo en cuenta el efecto que la no aplicación efectiva de la nueva fracción de
cuota a todos los meses a partir de 1 de septiembre de 2021 está teniendo en las
mutuas para la realización de la liquidación del ejercicio 2021 correspondiente al ámbito
de la gestión de las contingencias comunes, así como para la realización de la
regularización de los importes relativos a la aplicación de los coeficientes adicionales
autorizados con carácter provisional hasta que se produjera la rendición de las cuentas
anuales del ejercicio, resulta imprescindible adecuar a la situación existente el contenido
de los modelos 1, 2 y 6 del anexo de la citada Resolución de 4 de julio de 2022.
En consecuencia, en uso de las atribuciones conferidas a esta Dirección General
de Ordenación de la Seguridad Social por el artículo 24.1 de la Orden TMS/83/2019,
de 31 de enero, y por el artículo 23.1 de la Orden PCM/1353/2021, de 2 de diciembre, y
en relación con dispuesto en la Resolución de 4 de julio de 2022, esta dirección general
resuelve lo siguiente:
Apartado único.
Madrid, 22 de julio de 2022.–El Director General de Ordenación de la Seguridad
Social, José Fernández Albertos.
cve: BOE-A-2022-13377
Verificable en https://www.boe.es
Se modifican los modelos 1, 2 y 6 del anexo de la Resolución de 4 de julio de 2022,
que se incluyen como anexo de esta resolución y que sustituyen a los anteriores, los
cuales se habrán de presentar por las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social
según lo previsto en aquella resolución.