III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-13265)
Resolución de 27 de julio de 2022, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Agricultura y Alimentación y CaixaBank, SA, para facilitar los préstamos garantizados por el Instrumento Financiero de Gestión Centralizada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 188

Sábado 6 de agosto de 2022

Sec. III. Pág. 115621

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
13265

Resolución de 27 de julio de 2022, de la Dirección General de Desarrollo
Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, por la que se publica el
Convenio entre la Secretaría General de Agricultura y Alimentación y
CaixaBank, SA, para facilitar los préstamos garantizados por el Instrumento
Financiero de Gestión Centralizada.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» del Convenio suscrito entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a
través de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación, y CaixaBank, SA, para
facilitar los préstamos garantizados por el Instrumento Financiero de Gestión
Centralizada, que figura como anexo a esta Resolución.
Madrid, 27 de julio de 2022.–La Directora General de Desarrollo Rural, Innovación y
Formación Agroalimentaria, Isabel Bombal Díaz.
ANEXO
Convenio suscrito entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a
través de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación, y CaixaBank, SA,
para facilitar los préstamos garantizados por el Instrumento Financiero de Gestión
Centralizada
En Madrid a 26 de julio de 2022.
PREÁMBULO
Las cláusulas incluidas en el presente convenio constituyen el Marco de actuación
entre la Dirección General de Desarrollo Rural Innovación y Formación Agroalimentaria,
en adelante DGDRIFA, y las entidades financieras que se adhieran libremente al mismo
por haber decidido participar en la implementación del Instrumento Financiero de Gestión
Centralizada previsto en el Marco Nacional de Desarrollo Rural aprobado por la
Comisión Europea, mediante Decisión de 13 de febrero de 2015, en aplicación de lo
dispuesto en el Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 17 de diciembre de 2013.

De una parte, don Fernando Miranda Sotillos, Secretario General de Agricultura y
Alimentación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en adelante MAPA,
nombrado mediante Real Decreto 542/2018, de 18 de junio, actuando en nombre y
representación de la Administración General del Estado, de acuerdo con las facultades
que le atribuye el Real Decreto 430/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y por el
que se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la
estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y la Orden APA/21/2019,
de 10 de enero, de fijación de límites para administrar ciertos gastos y de delegación de
competencias en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Y de otra parte, don Carlos Seara Dieguez, Director de AgroBank en CaixaBank, SA,
con domicilio en Calle Pintor Sorolla, 2-4 de Valencia, en representación de la misma, en

cve: BOE-A-2022-13265
Verificable en https://www.boe.es

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