V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. (BOE-B-2022-24561)
Extracto de la Resolución de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes (CSD) de 4 de agosto de 2022, por la que se convocan ayudas para la protección social y el fomento del asociacionismo en el fútbol femenino y aficionado en 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 188

Sábado 6 de agosto de 2022

Sec. V-B. Pág. 38044

Tercero: Bases Reguladoras.
La concesión de subvenciones en esta Convocatoria se regirá por la presente
Resolución y por la Ley General de Subvenciones y su Reglamento. Las bases
reguladoras de esta convocatoria se encuentran en la Orden ECD/2681/2012,
de12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones y ayudas por el CSD, disponible en: https://
www.boe.es/boe/dias/2012/12/15/pdfs/BOE-A-2012-15180.pdf.
Cuarto: Cuantía.
El CSD destinará a financiar a estas ayudas un importe máximo de
8.873.554,93 euros, de acuerdo con el siguiente desglose:
Para la protección social de deportistas y técnicos de los equipos inscritos en la
1ª DFF y en la 1ª y 2ª RFEF hasta 8.423.554,93.-€.
Para el asociacionismo en el fútbol hasta 450.000.-€
Quinto. Plazo y procedimiento de solicitud.
El plazo de presentación de solicitudes se extenderá desde el día siguiente al
de publicación del extracto de la presente Resolución en el Boletín Oficial del
Estado hasta el 12 de septiembre de 2022.
La solicitud se presentará según el modelo existente en la sede electrónica del
CSD (https://sede.csd.gob.es, en Catálogo de trámites, "715997 - Ayudas para la
protección social en el fútbol femenino y aficionado").
La solicitud deberá acompañarse de los documentos y anexos expresados en
la presente convocatoria.
Sexto. Otros datos administrativos y justificación.
El órgano instructor del procedimiento es la Dirección General de Deportes,
conforme a lo dispuesto en el artículo 8.4b) del Real Decreto 460/2015, de 5 de
junio por el que se aprueba el Estatuto del CSD.
El pago de las ayudas a la protección social se realizará a través de la RFEF,
tan pronto concurran en la entidad colaboradora y en los beneficiarios respectivos
todos los requisitos establecidos para ello en el RLGS, especialmente el de
encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

La justificación de las subvenciones por parte de los beneficiarios se realizará
mediante cuentas justificativas estructuradas de conformidad con lo previsto en la
base Decimocuarta, punto 3, de la Orden ECD/2681/2012, de 12 de diciembre, por
la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y
ayudas por el CSD, y con lo establecido en la convocatoria y en la Guía de
Presupuestación y Justificación del CSD del 2022.
Madrid, 4 de agosto de 2022.- El Presidente del Consejo Superior de Deportes,
José Manuel Franco Pardo.
ID: A220032197-1
https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-B-2022-24561
Verificable en https://www.boe.es

El pago de las ayudas destinadas al fomento del asociacionismo se efectuará
directamente a las entidades beneficiarias desde el CSD tan pronto concurran en
los beneficiarios todos los requisitos exigidos en la presente convocatoria.