III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-13218)
Resolución de 23 de julio de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo del Banco de España para los años 2021 y 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 187

Viernes 5 de agosto de 2022

Sec. III. Pág. 115287

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
13218

Resolución de 23 de julio de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la
que se registra y publica el Convenio colectivo del Banco de España para los
años 2021 y 2022.

Visto el texto del Convenio colectivo del Banco de España para los años 2021 y 2022
(Código de convenio n.º: 90000622011981), que fue suscrito con fecha 14 de junio
de 2022, de una parte por los designados por la Comisión Ejecutiva del Banco de
España en representación del mismo, y de otra por el Comité Nacional de Empresa en
representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90,
apartado 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido aprobado por
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real
Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos,
acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 23 de julio de 2022.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez
Barbero.
CONVENIO COLECTIVO DEL BANCO DE ESPAÑA 2021-2022
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1.

Ámbito funcional.

Artículo 2. Ámbito personal.
El presente Convenio Colectivo resulta sólo de aplicación al personal del Banco de
España que, prestando sus servicios dentro del ámbito funcional que se concreta en el
artículo anterior, está unido al mismo por una relación jurídica de naturaleza laboral y
sujeto, en calidad de norma básica, al Reglamento de Trabajo del Banco de España (en
adelante «RTBE»), con sus modificaciones posteriores, homologado por Resolución de
la Dirección General de Trabajo de 19 de junio de 1979 (BOE de 19 de julio).

cve: BOE-A-2022-13218
Verificable en https://www.boe.es

El presente Convenio Colectivo, de ámbito de empresa, se circunscribe a las
funciones que desarrolla el Banco de España en su específica dimensión de banco
central integrado en el Sistema Europeo de Bancos Centrales y demás funciones
encomendadas por la Ley 13/1994, de 1 de junio, de Autonomía del Banco de España, y
demás disposiciones legales que resulten de aplicación.