III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Créditos a la exportación. Seguros. (BOE-A-2022-13222)
Orden ICT/759/2022, de 14 de julio, por la que se aprueba el condicionado general y tarifas aplicables a la cobertura otorgada por la Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación, SA, CÍA de Seguros y Reaseguros, S.M.E., a las operaciones bajo la nueva póliza de seguro para créditos de inversión estratégica para la internacionalización por cuenta del Estado, realizadas conforme a la Ley 8/2014, de 22 de abril, sobre cobertura por cuenta del Estado de los riesgos de la internacionalización de la economía española.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 187
Viernes 5 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 115388
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO
13222
Orden ICT/759/2022, de 14 de julio, por la que se aprueba el condicionado
general y tarifas aplicables a la cobertura otorgada por la Compañía Española
de Seguros de Crédito a la Exportación, SA, CÍA de Seguros y Reaseguros,
S.M.E., a las operaciones bajo la nueva póliza de seguro para créditos de
inversión estratégica para la internacionalización por cuenta del Estado,
realizadas conforme a la Ley 8/2014, de 22 de abril, sobre cobertura por
cuenta del Estado de los riesgos de la internacionalización de la economía
española.
Primero.
Aprobación del condicionado general.
Se aprueba la propuesta de condicionado general de la nueva póliza de seguro para
créditos de inversión estratégica por cuenta del Estado, analizada y elevada por la
Comisión de Riesgos del Estado en su reunión celebrada el 1 de junio de 2022,
conforme a lo previsto en el artículo 8.d) de la Ley 8/2014, de 22 de abril, sobre
cobertura por cuenta del Estado de los riesgos de la internacionalización de la economía
española, y el artículo 9 del Real Decreto 1006/2014, de 5 de diciembre, por el que se
cve: BOE-A-2022-13222
Verificable en https://www.boe.es
El artículo 9 del Real Decreto 1006/2014, de 5 de diciembre, por el que se desarrolla
la Ley 8/2014, de 22 de abril, sobre cobertura por cuenta del Estado de los riesgos de la
internacionalización de la economía española, establece que la Comisión de Riesgos por
Cuenta del Estado tiene entre sus funciones la de proponer y elevar para su aprobación
al Ministerio de Economía y Competitividad (actualmente, Ministerio de Industria,
Comercio y Turismo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.8 del Real
Decreto 998/2018, de 3 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo) los condicionados generales aplicables a
la cobertura de las operaciones de la cuenta del Estado.
El artículo 34 de este mismo real decreto establece que la Comisión de Riesgos tiene
entre sus funciones la de proponer y elevar para su aprobación al Ministerio de Industria,
Comercio y Turismo las tarifas aplicables a la cobertura de las operaciones de la Cuenta
del Estado.
Por otra parte, el artículo 8.c) de la Ley 8/2014 contempla, entre las funciones de la
Comisión de Riesgos por Cuenta del Estado, proponer al Ministerio de Industria
Comercio y Turismo las tarifas a aplicar a las operaciones aseguradas. Adicionalmente,
el artículo 8.d) de la citada Ley incluye, entre las funciones de la Comisión de Riesgos
por Cuenta del Estado, someter a autorización del Ministro de Industria, Comercio y
Turismo las nuevas modalidades de cobertura aseguradoras, así como las condiciones y
términos generales aplicables a las correspondientes contrataciones.
En la reunión de la Comisión de Riesgos del Estado celebrada el 1 de junio de 2022,
se presentó la propuesta de condicionado general y régimen tarifario aplicable a las
operaciones de la Cuenta del Estado bajo la nueva póliza de seguro para créditos de
inversión estratégica para la internacionalización, elaborada por el agente Gestor para su
análisis. Una vez analizada por la Comisión de Riesgos del Estado, y conforme al
acuerdo resultante de la referida reunión, la Comisión propuso su elevación a la Ministra
de Industria, Comercio y Turismo para su aprobación.
Por todo ello, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 9 y 34 del Real
Decreto 1006/2014, de 5 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 8/2014, de 22 de
abril, sobre cobertura por cuenta del Estado de los riesgos de la internacionalización de
la economía española, dispongo:
Núm. 187
Viernes 5 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 115388
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO
13222
Orden ICT/759/2022, de 14 de julio, por la que se aprueba el condicionado
general y tarifas aplicables a la cobertura otorgada por la Compañía Española
de Seguros de Crédito a la Exportación, SA, CÍA de Seguros y Reaseguros,
S.M.E., a las operaciones bajo la nueva póliza de seguro para créditos de
inversión estratégica para la internacionalización por cuenta del Estado,
realizadas conforme a la Ley 8/2014, de 22 de abril, sobre cobertura por
cuenta del Estado de los riesgos de la internacionalización de la economía
española.
Primero.
Aprobación del condicionado general.
Se aprueba la propuesta de condicionado general de la nueva póliza de seguro para
créditos de inversión estratégica por cuenta del Estado, analizada y elevada por la
Comisión de Riesgos del Estado en su reunión celebrada el 1 de junio de 2022,
conforme a lo previsto en el artículo 8.d) de la Ley 8/2014, de 22 de abril, sobre
cobertura por cuenta del Estado de los riesgos de la internacionalización de la economía
española, y el artículo 9 del Real Decreto 1006/2014, de 5 de diciembre, por el que se
cve: BOE-A-2022-13222
Verificable en https://www.boe.es
El artículo 9 del Real Decreto 1006/2014, de 5 de diciembre, por el que se desarrolla
la Ley 8/2014, de 22 de abril, sobre cobertura por cuenta del Estado de los riesgos de la
internacionalización de la economía española, establece que la Comisión de Riesgos por
Cuenta del Estado tiene entre sus funciones la de proponer y elevar para su aprobación
al Ministerio de Economía y Competitividad (actualmente, Ministerio de Industria,
Comercio y Turismo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.8 del Real
Decreto 998/2018, de 3 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo) los condicionados generales aplicables a
la cobertura de las operaciones de la cuenta del Estado.
El artículo 34 de este mismo real decreto establece que la Comisión de Riesgos tiene
entre sus funciones la de proponer y elevar para su aprobación al Ministerio de Industria,
Comercio y Turismo las tarifas aplicables a la cobertura de las operaciones de la Cuenta
del Estado.
Por otra parte, el artículo 8.c) de la Ley 8/2014 contempla, entre las funciones de la
Comisión de Riesgos por Cuenta del Estado, proponer al Ministerio de Industria
Comercio y Turismo las tarifas a aplicar a las operaciones aseguradas. Adicionalmente,
el artículo 8.d) de la citada Ley incluye, entre las funciones de la Comisión de Riesgos
por Cuenta del Estado, someter a autorización del Ministro de Industria, Comercio y
Turismo las nuevas modalidades de cobertura aseguradoras, así como las condiciones y
términos generales aplicables a las correspondientes contrataciones.
En la reunión de la Comisión de Riesgos del Estado celebrada el 1 de junio de 2022,
se presentó la propuesta de condicionado general y régimen tarifario aplicable a las
operaciones de la Cuenta del Estado bajo la nueva póliza de seguro para créditos de
inversión estratégica para la internacionalización, elaborada por el agente Gestor para su
análisis. Una vez analizada por la Comisión de Riesgos del Estado, y conforme al
acuerdo resultante de la referida reunión, la Comisión propuso su elevación a la Ministra
de Industria, Comercio y Turismo para su aprobación.
Por todo ello, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 9 y 34 del Real
Decreto 1006/2014, de 5 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 8/2014, de 22 de
abril, sobre cobertura por cuenta del Estado de los riesgos de la internacionalización de
la economía española, dispongo: