I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Organización. (BOE-A-2022-13171)
Orden AUC/753/2022, de 28 de julio, por la que se modifica la circunscripción de la Oficina Consular Honoraria, con categoría de Consulado Honorario de España, en Chennai, en la República de la India.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 187
Viernes 5 de agosto de 2022
Sec. I. Pág. 114118
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
13171
Orden AUC/753/2022, de 28 de julio, por la que se modifica la circunscripción
de la Oficina Consular Honoraria, con categoría de Consulado Honorario de
España, en Chennai, en la República de la India.
La circunscripción de la Oficina Consular Honoraria de España en Chennai, en la
República de la India abarca únicamente el Estado de Tamil Nadu. Sin embargo, los
antiguos territorios franceses de Pondicherry, hoy Puducherry, han tenido
tradicionalmente una gran afluencia de turistas españoles. A pesar de la situación
provocada por la pandemia de COVID-19, algunos españoles han establecido en ellos su
residencia y, a medida que se recupera la normalidad y se eliminan las barreras a los
viajes internacionales, los territorios de Puducherry vuelven a encontrarse entre los
destinos turísticos de la India más atractivos para los españoles.
Así, con el objetivo de poder atender las necesidades de la colonia española, y,
sobre todo, de poder dar una respuesta ágil a los casos de protección, asistencia y
emergencia consulares, se amplía la circunscripción de la Oficina Consular Honoraria de
España en Chennai para incluir los territorios de Puducherry.
Por ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.1 de la Ley 2/2014, de 25 de
marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, en relación con el Reglamento de
los Agentes Consulares Honorarios de España en el extranjero, aprobado por Real
Decreto 1390/2007, de 29 de octubre, a iniciativa de la Dirección General del Servicio
Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en
Nueva Delhi, con el informe favorable de la Dirección General de Españoles en el
Exterior y Asuntos Consulares y de la Dirección General para América del Norte, Europa
Oriental, Asia y Pacífico, dispongo:
Artículo 1. Modificación de la circunscripción de la Oficina Consular Honoraria, con
categoría de Consulado Honorario de España, en Chennai.
Se modifica la circunscripción de la Oficina Consular Honoraria, con categoría de
Consulado Honorario de España en Chennai que abarcará el Estado de Tamil Nadu y el
Territorio de la Unión de Puducherry.
No incremento del gasto de personal.
Esta modificación no supondrá incremento alguno del gasto de personal, de
conformidad con lo establecido en el apartado uno de la disposición adicional trigésima
primera de la Ley 22/2021, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2022. Su funcionamiento se atenderá con los medios materiales y
personales de que dispone actualmente el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión
Europea y Cooperación.
Disposición final única.
Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Madrid, 28 de julio de 2022.–El Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y
Cooperación, José Manuel Albares Bueno.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2022-13171
Verificable en https://www.boe.es
Disposición adicional única.
Núm. 187
Viernes 5 de agosto de 2022
Sec. I. Pág. 114118
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
13171
Orden AUC/753/2022, de 28 de julio, por la que se modifica la circunscripción
de la Oficina Consular Honoraria, con categoría de Consulado Honorario de
España, en Chennai, en la República de la India.
La circunscripción de la Oficina Consular Honoraria de España en Chennai, en la
República de la India abarca únicamente el Estado de Tamil Nadu. Sin embargo, los
antiguos territorios franceses de Pondicherry, hoy Puducherry, han tenido
tradicionalmente una gran afluencia de turistas españoles. A pesar de la situación
provocada por la pandemia de COVID-19, algunos españoles han establecido en ellos su
residencia y, a medida que se recupera la normalidad y se eliminan las barreras a los
viajes internacionales, los territorios de Puducherry vuelven a encontrarse entre los
destinos turísticos de la India más atractivos para los españoles.
Así, con el objetivo de poder atender las necesidades de la colonia española, y,
sobre todo, de poder dar una respuesta ágil a los casos de protección, asistencia y
emergencia consulares, se amplía la circunscripción de la Oficina Consular Honoraria de
España en Chennai para incluir los territorios de Puducherry.
Por ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.1 de la Ley 2/2014, de 25 de
marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, en relación con el Reglamento de
los Agentes Consulares Honorarios de España en el extranjero, aprobado por Real
Decreto 1390/2007, de 29 de octubre, a iniciativa de la Dirección General del Servicio
Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en
Nueva Delhi, con el informe favorable de la Dirección General de Españoles en el
Exterior y Asuntos Consulares y de la Dirección General para América del Norte, Europa
Oriental, Asia y Pacífico, dispongo:
Artículo 1. Modificación de la circunscripción de la Oficina Consular Honoraria, con
categoría de Consulado Honorario de España, en Chennai.
Se modifica la circunscripción de la Oficina Consular Honoraria, con categoría de
Consulado Honorario de España en Chennai que abarcará el Estado de Tamil Nadu y el
Territorio de la Unión de Puducherry.
No incremento del gasto de personal.
Esta modificación no supondrá incremento alguno del gasto de personal, de
conformidad con lo establecido en el apartado uno de la disposición adicional trigésima
primera de la Ley 22/2021, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2022. Su funcionamiento se atenderá con los medios materiales y
personales de que dispone actualmente el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión
Europea y Cooperación.
Disposición final única.
Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Madrid, 28 de julio de 2022.–El Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y
Cooperación, José Manuel Albares Bueno.
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2022-13171
Verificable en https://www.boe.es
Disposición adicional única.