III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2022-12221)
Resolución 420/38303/2022, de 15 de julio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de ampliación al Convenio con la Universidad Politécnica de Cartagena, para la adscripción a dicha universidad del Centro Universitario de la Defensa ubicado en la Academia General del Aire de San Javier.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175

Viernes 22 de julio de 2022

Sec. III. Pág. 105298

EXPONEN
Primero.
Que con fecha 2 de septiembre de 2019 se firmó el Convenio entre el Ministerio de
Defensa y la Universidad Politécnica de Cartagena para la adscripción a dicha
universidad del Centro Universitario de la Defensa ubicado en la Academia General del
Aire de San Javier.
Segundo.
Que dicho convenio se publicó mediante la Resolución 420/38275/2019, de 17 de
septiembre, de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Defensa, en el «Boletín
Oficial del Estado» del 27 de septiembre (número 233).
Tercero.
Que en la cláusula vigesimotercera de dicho convenio, se fijan las titulaciones que se
impartirán en el Centro Universitario de la Defensa ubicado en la Academia General del
Aire, y se establece que se podrán cursar estudios de posgrado y desarrollar líneas de
investigación consideradas de interés en el ámbito de las Fuerzas Armadas y de la paz,
la seguridad y la defensa, mediante la firma de las preceptivas adendas.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Modificación del Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Universidad
Politécnica de Cartagena para la adscripción a dicha universidad del Centro
Universitario de la Defensa ubicado en la Academia General del Aire de San Javier,
firmado el 2 de septiembre de 2019.

«8. Los profesores del CUD-AGA podrán participar, en igualdad de
condiciones que los profesores de la UPCT, en la impartición del programa de
doctorado "Tecnologías de doble uso y sistemas de gestión en Seguridad y
Defensa", así como ser miembros de la comisión académica del mismo y del
Comité de Dirección de la Escuela Internacional de Doctorado de la UPCT
(EINDOC), si son coordinadores del programa. Por lo tanto, podrán ser tutores,
directores y codirectores de tesis los doctores adscritos a ambas partes firmantes
y siempre cumpliendo lo estipulado en el Reglamento de Estudios de Doctorado
de la UPCT. Asimismo, podrán ser directores y codirectores de tesis otros doctores
ajenos a dichas entidades, según se regula en el Reglamento de Estudios de
Doctorado de la UPCT.
Los doctores del CUD-AGA contabilizarán como pertenecientes a entidad
colaboradora de la UPCT, única y exclusivamente, en cuanto a las restricciones en
la composición del tribunal evaluador de las tesis, no pudiendo por tanto para este
caso considerarse como externos a la UPCT.»
2. Se añade un nuevo punto 5 a la cláusula undécima «Alumnos», con la siguiente
redacción:
«5. La Escuela Internacional de Doctorado de la UPCT, en los procesos de
admisión de alumnos al Programa de Doctorado en “Tecnologías de doble uso y
sistemas de gestión en Seguridad y Defensa”, reservará el número de plazas

cve: BOE-A-2022-12221
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1. Se añade un nuevo punto 8 a la cláusula décima «Profesorado», con la siguiente
redacción: