II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2022-12213)
Resolución de 13 de julio de 2022, de la Universidad de Barcelona, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 22 de julio de 2022
Sec. II.B. Pág. 105243
También podrán presentarse a los concursos de acceso las personas que se hayan
habilitado según el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio.
Igualmente podrán participar en los concursos de acceso a plazas de los cuerpos
docentes de profesorado titular de universidad los funcionarios o las funcionarias del
mismo cuerpo o de categoría superior, siempre que hayan desarrollado la plaza durante
al menos dos años en la universidad de origen.
No se podrá presentar quien tenga la titularidad de una plaza en la UB de la misma
área de conocimiento.
2.4 Todos los requisitos de participación, en los términos expuestos en cada caso,
deberán reunirse en la fecha de finalización de presentación de solicitudes y mantenerse
hasta la fecha de formalización del nombramiento y durante su vigencia.
Los méritos alegados se tendrán en cuenta siempre en relación con el último día de
presentación de solicitudes.
3.
Solicitudes
3.1 La solicitud para participar en los concursos de acceso se formalizará en el
modelo de impreso que está disponible en la sede electrónica de la UB y, una vez
firmada, se presentará dirigida al rector y acompañada de la documentación requerida en
el plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la
convocatoria en el DOGC.
La presentación de la solicitud supondrá la aceptación incondicional de estas bases.
3.2 La solicitud se presentará por uno de los procedimientos siguientes, siempre en
el plazo indicado:
a) En cualquiera de las oficinas de registro general de la UB (http://www.ub.edu/
registre/es/horari.html).
b) Electrónicamente
mediante
instancia
genérica
(https://www.ub.edu/
eadministracio/IG.html). Hay que tener en cuenta que esta vía tiene una limitación de
peso de los documentos que se pueden adjuntar. En caso de que no se puedan adjuntar
todos los documentos, estos deberán remitirse mediante las oficinas de Correos según
se expone en el punto c siguiente. Solo en caso de que las oficinas de Correos
estuvieran cerradas por razón de la COVID-19, se podrá enviar el resto de la
documentación por correo electrónico a personal.academic@ub.edu).
c) Mediante las oficinas de Correos. En este caso se deberá emplear el
procedimiento de correo certificado administrativo (también conocido como
procedimiento en sobre abierto, dado que el personal de Correos estampa el sello de la
fecha de envío en el documento enviado antes de cerrar el sobre).
d) Por cualquiera de los medios que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
En caso de que se presente la solicitud por uno de los medios alternativos al registro
presencial o telemático (puntos a y b) de la Universidad, se recomienda que la persona
aspirante cuente con una copia íntegra donde conste la fecha y el sello oficial de
presentación en el registro, y que envíe una copia por correo electrónico a
personal.academic@ub.edu, dentro del mismo plazo de presentación de solicitudes.
3.3 Dentro del plazo de presentación de solicitudes, las personas aspirantes
deberán satisfacer la tasa de 69,25 € en concepto de tasa de inscripción, de acuerdo con
lo que establece la Orden PDA/85/2020, de 16 de junio, relativa a las tasas de
inscripción en las convocatorias para la selección de personal, con las bonificaciones
que en la misma se contemplan y, si es el caso, deberá acreditarse el cumplimiento de
las condiciones de disfrute.
El pago se podrá efectuar en cualquiera de las oficinas del Banco de Bilbao Vizcaya
Argentaria o del Banco Santander, mediante el ingreso en caja, en los números de
cve: BOE-A-2022-12213
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 175
Viernes 22 de julio de 2022
Sec. II.B. Pág. 105243
También podrán presentarse a los concursos de acceso las personas que se hayan
habilitado según el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio.
Igualmente podrán participar en los concursos de acceso a plazas de los cuerpos
docentes de profesorado titular de universidad los funcionarios o las funcionarias del
mismo cuerpo o de categoría superior, siempre que hayan desarrollado la plaza durante
al menos dos años en la universidad de origen.
No se podrá presentar quien tenga la titularidad de una plaza en la UB de la misma
área de conocimiento.
2.4 Todos los requisitos de participación, en los términos expuestos en cada caso,
deberán reunirse en la fecha de finalización de presentación de solicitudes y mantenerse
hasta la fecha de formalización del nombramiento y durante su vigencia.
Los méritos alegados se tendrán en cuenta siempre en relación con el último día de
presentación de solicitudes.
3.
Solicitudes
3.1 La solicitud para participar en los concursos de acceso se formalizará en el
modelo de impreso que está disponible en la sede electrónica de la UB y, una vez
firmada, se presentará dirigida al rector y acompañada de la documentación requerida en
el plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la
convocatoria en el DOGC.
La presentación de la solicitud supondrá la aceptación incondicional de estas bases.
3.2 La solicitud se presentará por uno de los procedimientos siguientes, siempre en
el plazo indicado:
a) En cualquiera de las oficinas de registro general de la UB (http://www.ub.edu/
registre/es/horari.html).
b) Electrónicamente
mediante
instancia
genérica
(https://www.ub.edu/
eadministracio/IG.html). Hay que tener en cuenta que esta vía tiene una limitación de
peso de los documentos que se pueden adjuntar. En caso de que no se puedan adjuntar
todos los documentos, estos deberán remitirse mediante las oficinas de Correos según
se expone en el punto c siguiente. Solo en caso de que las oficinas de Correos
estuvieran cerradas por razón de la COVID-19, se podrá enviar el resto de la
documentación por correo electrónico a personal.academic@ub.edu).
c) Mediante las oficinas de Correos. En este caso se deberá emplear el
procedimiento de correo certificado administrativo (también conocido como
procedimiento en sobre abierto, dado que el personal de Correos estampa el sello de la
fecha de envío en el documento enviado antes de cerrar el sobre).
d) Por cualquiera de los medios que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
En caso de que se presente la solicitud por uno de los medios alternativos al registro
presencial o telemático (puntos a y b) de la Universidad, se recomienda que la persona
aspirante cuente con una copia íntegra donde conste la fecha y el sello oficial de
presentación en el registro, y que envíe una copia por correo electrónico a
personal.academic@ub.edu, dentro del mismo plazo de presentación de solicitudes.
3.3 Dentro del plazo de presentación de solicitudes, las personas aspirantes
deberán satisfacer la tasa de 69,25 € en concepto de tasa de inscripción, de acuerdo con
lo que establece la Orden PDA/85/2020, de 16 de junio, relativa a las tasas de
inscripción en las convocatorias para la selección de personal, con las bonificaciones
que en la misma se contemplan y, si es el caso, deberá acreditarse el cumplimiento de
las condiciones de disfrute.
El pago se podrá efectuar en cualquiera de las oficinas del Banco de Bilbao Vizcaya
Argentaria o del Banco Santander, mediante el ingreso en caja, en los números de
cve: BOE-A-2022-12213
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 175