III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-11294)
Resolución de 30 de junio de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., y la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., para la realización del curso "El futuro de la propiedad industrial, a la luz de los 30 años de la Oficina Española de Patentes y Marcas".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162

Jueves 7 de julio de 2022

Sec. III. Pág. 96003

IV. Que, en consecuencia, existiendo un interés común en la realización del citado
curso dentro de los fines que les son propios, ambas entidades acuerdan suscribir el
presente convenio con sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

El objeto de este convenio es establecer la colaboración entre la UIMP y la OEPM
para la realización del curso «El futuro de la propiedad industrial, a la luz de los 30 años
de la Oficina Española de Patentes y Marcas», que se celebrará en 2022 en el marco de
la programación académica de la UIMP.
Ambas instituciones colaborarán en el orden académico, económico y logístico según
las especificaciones de este convenio para llevar a cabo el diseño, organización,
divulgación y desarrollo del curso y con el objetivo común de garantizar los niveles
adecuados de excelencia, prestigio profesional y solvencia organizativa.
Segunda.

Obligaciones de cada una de las partes. Aspectos académicos.

I. Siempre dentro de las normas sobre estructura y organización de cursos vigentes
en la UIMP y de las pautas sobre contenidos presentadas por la OEPM en su propuesta,
y según se recoge en la descripción y objetivos del curso que se adjunta como anexo I,
la dirección académica se encargará de elaborar el programa del curso y propondrá los
profesores participantes.
La persona que se encargará de la dirección académica será la persona titular de la
Dirección de la OEPM.
El programa definitivo deberá contar con el visto bueno de ambas partes y ser
aprobado por el órgano competente de la UIMP. Las variaciones que posteriormente sea
imprescindible efectuar en cuanto a ponentes o conferencias, por causa de imprevistos o
por motivos de otra índole, deberán ser aprobadas por ambas instituciones a través de
sus responsables de seguimiento del convenio.
II. La UIMP avalará académicamente este curso emitiendo los correspondientes
diplomas a los participantes que cumplan los requisitos mínimos de asistencia y
aprovechamiento establecidos en su normativa interna, así como las certificaciones
académicas que se soliciten. Con tal fin la UIMP se responsabilizará del control de
asistencia de los alumnos.
Será competencia también de la UIMP toda la normativa relativa a criterios de
admisión o cualquier otro asunto relativo al alumnado.
Tercera. Obligaciones de cada una de las partes. Organización y gestión.
I. Para la organización y celebración del curso objeto de este convenio las partes
firmantes asumen los siguientes compromisos de gestión:

− En relación con los secretarios académicos, todos los conferenciantes y
participantes en mesas redondas:
• Honorarios.
− En relación con 16 conferenciantes y participantes en mesas redondas:
• Alojamiento y manutención.
• Gastos de viaje y transfers.

cve: BOE-A-2022-11294
Verificable en https://www.boe.es

a) La UIMP, haciendo uso de su experiencia en la organización de este tipo de
actividades docentes, se encargará, siempre dentro de lo que establezca su normativa
sobre tarifas, procedimientos y demás legislación que le sea aplicable como organismo
público, de: