III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2022-11299)
Resolución de 28 de junio de 2022, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Asociación de Autores de Teatro, para la organización del XXIII Salón Internacional del Libro Teatral 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162
Jueves 7 de julio de 2022
Sec. III. Pág. 96062
cultural entre las Comunidades Autónomas en las materias propias del organismo, de
acuerdo con ellas.
II. Que la AAT organiza desde el año 2000 el Salón Internacional del Libro Teatral.
La edición 2022 se celebrará del 20 al 23 de octubre en el Teatro Valle-Inclán de Madrid.
III. Que este Salón ha alcanzado gran importancia a nivel nacional, debido a que es
el único evento especializado en acercar a los aficionados del teatro a los textos
dramáticos en su versión literaria. El INAEM coincide con la AAT en el objetivo común de
favorecer e impulsar, en todos los ámbitos la promoción de las artes escénicas.
IV. Consciente de la necesidad de promover la lectura del texto dramático y del
ensayo teatral, el INAEM, que ya colaboraba tradicionalmente con el Salón, asumirá en
el año 2022 la coproducción junto con la AAT para la organización del XXIII Salón
Internacional del Libro Teatral.
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto y actuaciones a realizar por las partes.
El presente Convenio tiene por objeto establecer las bases de colaboración entre
el INAEM y la AAT, para realizar conjuntamente las actividades correspondientes al XXIII
Salón Internacional del Libro Teatral, que se celebrará del 20 al 23 de octubre de 2022
en el Teatro Valle-Inclán de Madrid.
Segunda.
Obligaciones y compromisos económicos asumidos por las partes.
Del presente convenio no se derivan contraprestaciones económicas entre las partes
que lo firman.
Obligaciones de la AAT:
a) Cubrir todos los gastos de coordinación, administración y personal del XXIII
Salón Internacional del Libro Teatral.
b) Cubrir todos los gastos de transporte, del montaje y desmontaje de los
materiales de construcción de casetas y stands, de los servicios técnicos (carpintería,
moqueta, pintura, informática, electricidad, etc.), del alquiler de equipos audiovisuales e
informáticos, del alquiler del mobiliario expositivo, ornamentación y plantas.
c) Corresponderá a la AAT el control y el seguimiento de la actividad.
Se prevé que la cuantía de los gastos asumidos por la AAT para el cumplimiento del
objeto del presente convenio ascienda a 100.000 euros IVA incluido.
a) Entregará a la AAT el texto del Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el
que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de
Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales,
comprometiéndose a trasladar la información de tales normas, en orden a su
cumplimiento, a todos los trabajadores que intervienen en el espectáculo programado.
b) Pondrá a disposición de la AAT y en perfectas condiciones de funcionamiento, el
escenario del lugar de actuación (Teatro Valle-Inclán), de acuerdo con la relación de
necesidades técnicas y de personal comunicadas en su momento por la asociación,
desde el inicio del montaje del Salón hasta la finalización del desmontaje del mismo.
Antes del montaje por los responsables técnicos, se efectuará una revisión de la
ficha técnica del Salón, realizando, en su caso y si fuera posible, una adecuación al
mismo del material disponible en el Teatro Valle-Inclán.
c) No asumirá ninguna responsabilidad ante terceras personas por cuestiones
económicas, laborales o jurídicas derivadas de la actuación de los miembros de la AAT.
cve: BOE-A-2022-11299
Verificable en https://www.boe.es
Obligaciones del INAEM:
Núm. 162
Jueves 7 de julio de 2022
Sec. III. Pág. 96062
cultural entre las Comunidades Autónomas en las materias propias del organismo, de
acuerdo con ellas.
II. Que la AAT organiza desde el año 2000 el Salón Internacional del Libro Teatral.
La edición 2022 se celebrará del 20 al 23 de octubre en el Teatro Valle-Inclán de Madrid.
III. Que este Salón ha alcanzado gran importancia a nivel nacional, debido a que es
el único evento especializado en acercar a los aficionados del teatro a los textos
dramáticos en su versión literaria. El INAEM coincide con la AAT en el objetivo común de
favorecer e impulsar, en todos los ámbitos la promoción de las artes escénicas.
IV. Consciente de la necesidad de promover la lectura del texto dramático y del
ensayo teatral, el INAEM, que ya colaboraba tradicionalmente con el Salón, asumirá en
el año 2022 la coproducción junto con la AAT para la organización del XXIII Salón
Internacional del Libro Teatral.
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto y actuaciones a realizar por las partes.
El presente Convenio tiene por objeto establecer las bases de colaboración entre
el INAEM y la AAT, para realizar conjuntamente las actividades correspondientes al XXIII
Salón Internacional del Libro Teatral, que se celebrará del 20 al 23 de octubre de 2022
en el Teatro Valle-Inclán de Madrid.
Segunda.
Obligaciones y compromisos económicos asumidos por las partes.
Del presente convenio no se derivan contraprestaciones económicas entre las partes
que lo firman.
Obligaciones de la AAT:
a) Cubrir todos los gastos de coordinación, administración y personal del XXIII
Salón Internacional del Libro Teatral.
b) Cubrir todos los gastos de transporte, del montaje y desmontaje de los
materiales de construcción de casetas y stands, de los servicios técnicos (carpintería,
moqueta, pintura, informática, electricidad, etc.), del alquiler de equipos audiovisuales e
informáticos, del alquiler del mobiliario expositivo, ornamentación y plantas.
c) Corresponderá a la AAT el control y el seguimiento de la actividad.
Se prevé que la cuantía de los gastos asumidos por la AAT para el cumplimiento del
objeto del presente convenio ascienda a 100.000 euros IVA incluido.
a) Entregará a la AAT el texto del Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el
que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de
Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales,
comprometiéndose a trasladar la información de tales normas, en orden a su
cumplimiento, a todos los trabajadores que intervienen en el espectáculo programado.
b) Pondrá a disposición de la AAT y en perfectas condiciones de funcionamiento, el
escenario del lugar de actuación (Teatro Valle-Inclán), de acuerdo con la relación de
necesidades técnicas y de personal comunicadas en su momento por la asociación,
desde el inicio del montaje del Salón hasta la finalización del desmontaje del mismo.
Antes del montaje por los responsables técnicos, se efectuará una revisión de la
ficha técnica del Salón, realizando, en su caso y si fuera posible, una adecuación al
mismo del material disponible en el Teatro Valle-Inclán.
c) No asumirá ninguna responsabilidad ante terceras personas por cuestiones
económicas, laborales o jurídicas derivadas de la actuación de los miembros de la AAT.
cve: BOE-A-2022-11299
Verificable en https://www.boe.es
Obligaciones del INAEM: