III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Federación Española de Bolos. Estatutos. (BOE-A-2022-11300)
Resolución de 24 de junio de 2022, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica la modificación de los Estatutos de la Federación Española de Bolos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162
Jueves 7 de julio de 2022
Sec. III. Pág. 96066
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
11300
Resolución de 24 de junio de 2022, de la Presidencia del Consejo Superior
de Deportes, por la que se publica la modificación de los Estatutos de la
Federación Española de Bolos.
En ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 10.2.b) de la Ley 10/1990,
de 15 de octubre, del Deporte, la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes
en su sesión de 14 de marzo de 2022, ha aprobado definitivamente la modificación del
artículo 5 de los Estatutos de la Federación Española de Bolos, autorizando su
inscripción en el Registro de Asociaciones Deportivas.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 31.7 de la Ley del Deporte y
artículo 12.3 del Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, sobre federaciones
deportivas españolas y Registro de Asociaciones Deportivas, dispongo la publicación de
la modificación de los Estatutos de la Federación Española de Bolos, contenida en el
anexo a la presente Resolución.
Madrid, 24 de junio de 2022.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José
Manuel Franco Pardo.
ANEXO
Estatutos de la Federación Española de Bolos
Artículo 5. Composición y especialidades deportivas.
– Bolo Palma.
– Bowling.
– Bolo Leonés.
– Pasabolo Tablón.
– Pasabolo Losa.
– Tres Tablones.
– Cuatreada.
– Bolo Celta.
– Batiente.
– Bolos sobre césped.
– Bolo Burgalés.
– Bolo Andaluz.
– Bolos tradicionales autóctonos (Bolo Alavés, Bola Toki, Calva, Bolo Salinero, Bolo
Castellano, Bolo de la Billa, Bolo Conquense, Bolo a Katxete y Bolo Palentino).
cve: BOE-A-2022-11300
Verificable en https://www.boe.es
La FEB está integrada por todos aquellos deportistas, clubs deportivos, técnicos,
jueces, árbitros, entrenadores, Federaciones de Bolos de ámbito autonómico en lo
referente a lo establecido en el capítulo III de los presentes Estatutos y, en general, por
todas las personas físicas o jurídicas, cuyo objeto sea la promoción, práctica,
organización y desarrollo del deporte de los bolos.
Dentro de la FEB están integradas, entre otras, las siguientes especialidades
deportivas, con independencia de cuantas se practiquen dentro del territorio español:
Núm. 162
Jueves 7 de julio de 2022
Sec. III. Pág. 96066
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
11300
Resolución de 24 de junio de 2022, de la Presidencia del Consejo Superior
de Deportes, por la que se publica la modificación de los Estatutos de la
Federación Española de Bolos.
En ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 10.2.b) de la Ley 10/1990,
de 15 de octubre, del Deporte, la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes
en su sesión de 14 de marzo de 2022, ha aprobado definitivamente la modificación del
artículo 5 de los Estatutos de la Federación Española de Bolos, autorizando su
inscripción en el Registro de Asociaciones Deportivas.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 31.7 de la Ley del Deporte y
artículo 12.3 del Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, sobre federaciones
deportivas españolas y Registro de Asociaciones Deportivas, dispongo la publicación de
la modificación de los Estatutos de la Federación Española de Bolos, contenida en el
anexo a la presente Resolución.
Madrid, 24 de junio de 2022.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José
Manuel Franco Pardo.
ANEXO
Estatutos de la Federación Española de Bolos
Artículo 5. Composición y especialidades deportivas.
– Bolo Palma.
– Bowling.
– Bolo Leonés.
– Pasabolo Tablón.
– Pasabolo Losa.
– Tres Tablones.
– Cuatreada.
– Bolo Celta.
– Batiente.
– Bolos sobre césped.
– Bolo Burgalés.
– Bolo Andaluz.
– Bolos tradicionales autóctonos (Bolo Alavés, Bola Toki, Calva, Bolo Salinero, Bolo
Castellano, Bolo de la Billa, Bolo Conquense, Bolo a Katxete y Bolo Palentino).
cve: BOE-A-2022-11300
Verificable en https://www.boe.es
La FEB está integrada por todos aquellos deportistas, clubs deportivos, técnicos,
jueces, árbitros, entrenadores, Federaciones de Bolos de ámbito autonómico en lo
referente a lo establecido en el capítulo III de los presentes Estatutos y, en general, por
todas las personas físicas o jurídicas, cuyo objeto sea la promoción, práctica,
organización y desarrollo del deporte de los bolos.
Dentro de la FEB están integradas, entre otras, las siguientes especialidades
deportivas, con independencia de cuantas se practiquen dentro del territorio español: