III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Zonas de seguridad. (BOE-A-2022-10836)
Orden DEF/602/2022, de 20 de junio, por la que se señala la zona de seguridad de la instalación militar denominada «Polvorín de San Gregorio», en el término municipal de Zaragoza.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 156
Jueves 30 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 92269
zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional, aprobado por Real
Decreto 689/1978, de 10 de febrero, la zona próxima de seguridad será la comprendida
entre el perímetro de la instalación militar y el polígono materializado por la unión de los
siguientes puntos de coordenadas UTM (Proyección «Mercator» Universal Transversal),
con anchura máxima de ochocientos metros:
Punto HUSO
X
Y
DATUM
1
30
677570 4623838 ETRS89
2
30
677688 4623835 ETRS89
3
30
677841 4623667 ETRS89
4
30
677923 4623448 ETRS89
5
30
677977 4623302 ETRS89
6
30
678031 4623096 ETRS89
7
30
677955 4622835 ETRS89
8
30
677810 4622390 ETRS89
9
30
677604 4622240 ETRS89
10
30
677353 4622142 ETRS89
11
30
677104 4622242 ETRS89
12
30
676751 4623071 ETRS89
13
30
676757 4623182 ETRS89
14
30
676832 4623244 ETRS89
Dicha delimitación se recoge, gráficamente, en el anexo a esta orden de Defensa.
2. A la zona de seguridad declarada le serán aplicables las normas establecidas en
el artículo 12 del reglamento sobre limitaciones y autorizaciones.
Disposición final.
Entrada en vigor.
La presente orden de Defensa entrará en vigor el día siguiente al de su publicación
en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2022-10836
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 20 de junio de 2022.–La Ministra de Defensa, Margarita Robles Fernández.
Núm. 156
Jueves 30 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 92269
zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional, aprobado por Real
Decreto 689/1978, de 10 de febrero, la zona próxima de seguridad será la comprendida
entre el perímetro de la instalación militar y el polígono materializado por la unión de los
siguientes puntos de coordenadas UTM (Proyección «Mercator» Universal Transversal),
con anchura máxima de ochocientos metros:
Punto HUSO
X
Y
DATUM
1
30
677570 4623838 ETRS89
2
30
677688 4623835 ETRS89
3
30
677841 4623667 ETRS89
4
30
677923 4623448 ETRS89
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30
677977 4623302 ETRS89
6
30
678031 4623096 ETRS89
7
30
677955 4622835 ETRS89
8
30
677810 4622390 ETRS89
9
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677604 4622240 ETRS89
10
30
677353 4622142 ETRS89
11
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677104 4622242 ETRS89
12
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676751 4623071 ETRS89
13
30
676757 4623182 ETRS89
14
30
676832 4623244 ETRS89
Dicha delimitación se recoge, gráficamente, en el anexo a esta orden de Defensa.
2. A la zona de seguridad declarada le serán aplicables las normas establecidas en
el artículo 12 del reglamento sobre limitaciones y autorizaciones.
Disposición final.
Entrada en vigor.
La presente orden de Defensa entrará en vigor el día siguiente al de su publicación
en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2022-10836
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 20 de junio de 2022.–La Ministra de Defensa, Margarita Robles Fernández.