V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. (BOE-B-2022-21128)
Resolución de la Dirección General de Energía por la que se concede a Alas Capital 5, S.L., autorización administrativa y declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación Planta Solar Fotovoltaica Los Santos I y II, de 8 MW, en el término municipal de Agüimes en la isla de Gran Canaria (ER180055).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 28 de junio de 2022
Sec. V-B. Pág. 31812
2018 al 4/10/2018 en el tablón de edictos del Ayuntamiento, no habiéndose
presentado reclamación alguna.
3.3 Los informes recibidos por parte de administraciones públicas en materia
eléctrica y de ordenación del territorio, se resumen a continuación:
3.3.1. En fecha 21/08/2018, Red Eléctrica de España copia del proyecto en
formado digital shape o dwg (formato georreferenciado) con la finalidad de poder
estudiar las afecciones a la red de transporte existente y planificada, otorgando
nuevo plazo para la presentación de alegaciones.
En fecha 22/11/2018, el promotor aporta los planos georreferenciados que son
remitidos a Red Eléctrica en fecha 29/11/2018 a los efectos de que prestara su
conformidad o formulara las alegaciones que considerara oportunas. No se
emitieron nuevas alegaciones por lo que se entiende otorgada su conformidad en
cumplimiento de lo establecido en el artículo 9 del Decreto 141/2009, de 10 de
noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los
procedimientos administrativos relativos a la ejecución y puesta en servicio de las
instalaciones eléctricas en Canarias
3.3.2. En fecha 23/08/2018, Endesa informa sobre la propuesta de la
instalación Planta Solar Fotovoltaica Los Santos I y II en el término municipal de
Agüimes con el siguiente condicionado técnico: La instalación afectará a la línea
aérea de MT Arinaga, que habrá que tener en cuenta y tomar medidas para evitar
que dicha obra afecte al trazado de dicha línea de MT. El Reglamento sobre
Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en líneas eléctricas de alta
tensión (RD 223/2008) y en concreto en lo relativo a la ITC-LAT 07 sobre Líneas
Aéreas con Conductores Desnudos. El Decreto 141/2009 de 10 de noviembre y el
Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre en relación a que el titular de los
proyectos tenga en consideración la afección en las redes de distribución, quien
además se encargará de realizar el o los desvíos necesarios a su cargo y de la
correspondiente legalización y obtención de permisos. El promotor deberá
contactar con Endesa Distribución Eléctrica con el fin de establecer las posibles
modificaciones de trazado de las instalaciones de distribución afectadas. La
modificación propuesta de la red de distribución estará condicionada a la
aceptación de Endesa Distribución Eléctrica SLU y el promotor deberá además
aportar previamente las servidumbres correspondientes.
En fecha 22/11/2018; el promotor contesta manifestando que se ha tenido en
cuenta en el diseño de la instalación la existencia de la línea de MT mencionada
por ENDESA en su escrito, estableciéndose según se recoge en el Real Decreto
223/2008, de 15 de febrero, Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de
seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas
complementarias ITC-LAT 01 a 09. ITC-LAT 07 Líneas aéreas con conductores
desnudos, las correspondientes servidumbres y distancias mínimas de las
construcciones a las líneas eléctricas. El cálculo de las correspondientes
servidumbres y distancias mínimas de las construcciones a las líneas eléctricas,
recogidos en los apartados 7.2 de la Memoria y 3.4 de la Memoria de Calculo del
Proyecto de la Planta Fotovoltaica Los Santos I y II, se ha realizado según lo
establecido en el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, Reglamento sobre
condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y
sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09. ITC-LAT 07 Líneas
aéreas con conductores desnudos. para la ejecución de las obras de instalación de
la Planta Fotovoltaica Los Santos I y II, No es necesario realizar ningún desvío de
cve: BOE-B-2022-21128
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 154
Martes 28 de junio de 2022
Sec. V-B. Pág. 31812
2018 al 4/10/2018 en el tablón de edictos del Ayuntamiento, no habiéndose
presentado reclamación alguna.
3.3 Los informes recibidos por parte de administraciones públicas en materia
eléctrica y de ordenación del territorio, se resumen a continuación:
3.3.1. En fecha 21/08/2018, Red Eléctrica de España copia del proyecto en
formado digital shape o dwg (formato georreferenciado) con la finalidad de poder
estudiar las afecciones a la red de transporte existente y planificada, otorgando
nuevo plazo para la presentación de alegaciones.
En fecha 22/11/2018, el promotor aporta los planos georreferenciados que son
remitidos a Red Eléctrica en fecha 29/11/2018 a los efectos de que prestara su
conformidad o formulara las alegaciones que considerara oportunas. No se
emitieron nuevas alegaciones por lo que se entiende otorgada su conformidad en
cumplimiento de lo establecido en el artículo 9 del Decreto 141/2009, de 10 de
noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los
procedimientos administrativos relativos a la ejecución y puesta en servicio de las
instalaciones eléctricas en Canarias
3.3.2. En fecha 23/08/2018, Endesa informa sobre la propuesta de la
instalación Planta Solar Fotovoltaica Los Santos I y II en el término municipal de
Agüimes con el siguiente condicionado técnico: La instalación afectará a la línea
aérea de MT Arinaga, que habrá que tener en cuenta y tomar medidas para evitar
que dicha obra afecte al trazado de dicha línea de MT. El Reglamento sobre
Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en líneas eléctricas de alta
tensión (RD 223/2008) y en concreto en lo relativo a la ITC-LAT 07 sobre Líneas
Aéreas con Conductores Desnudos. El Decreto 141/2009 de 10 de noviembre y el
Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre en relación a que el titular de los
proyectos tenga en consideración la afección en las redes de distribución, quien
además se encargará de realizar el o los desvíos necesarios a su cargo y de la
correspondiente legalización y obtención de permisos. El promotor deberá
contactar con Endesa Distribución Eléctrica con el fin de establecer las posibles
modificaciones de trazado de las instalaciones de distribución afectadas. La
modificación propuesta de la red de distribución estará condicionada a la
aceptación de Endesa Distribución Eléctrica SLU y el promotor deberá además
aportar previamente las servidumbres correspondientes.
En fecha 22/11/2018; el promotor contesta manifestando que se ha tenido en
cuenta en el diseño de la instalación la existencia de la línea de MT mencionada
por ENDESA en su escrito, estableciéndose según se recoge en el Real Decreto
223/2008, de 15 de febrero, Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de
seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas
complementarias ITC-LAT 01 a 09. ITC-LAT 07 Líneas aéreas con conductores
desnudos, las correspondientes servidumbres y distancias mínimas de las
construcciones a las líneas eléctricas. El cálculo de las correspondientes
servidumbres y distancias mínimas de las construcciones a las líneas eléctricas,
recogidos en los apartados 7.2 de la Memoria y 3.4 de la Memoria de Calculo del
Proyecto de la Planta Fotovoltaica Los Santos I y II, se ha realizado según lo
establecido en el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, Reglamento sobre
condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y
sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09. ITC-LAT 07 Líneas
aéreas con conductores desnudos. para la ejecución de las obras de instalación de
la Planta Fotovoltaica Los Santos I y II, No es necesario realizar ningún desvío de
cve: BOE-B-2022-21128
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Núm. 154