III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2022-10738)
Resolución 420/38260/2022, de 24 de junio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas" y la Universidad Autónoma de Madrid, para la realización de prácticas y trabajos de fin de grado y máster.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 154
Martes 28 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 91033
adscrito al Ministerio de Defensa, a través de la Secretaría de Estado de Defensa, de los
previstos en el artículo 84.1.a).1.º, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, especializado en la investigación y desarrollo tecnológico, de
carácter dual, en los ámbitos aeroespacial, hidrodinámica y de la tecnologías de la
defensa y seguridad, que tiene las funciones señaladas en el artículo 7.2 de su Estatuto,
aprobado mediante el Real Decreto 925/2015, de 16 de octubre.
Segundo.
Que la Universidad Autónoma de Madrid (UAM) tiene entre sus funciones la
creación, desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, de la técnica y de la cultura, la
difusión, la valorización y la transferencia del conocimiento al servicio de la cultura, de la
calidad de vida y del desarrollo económico, así como la difusión del conocimiento y la
cultura a través de la extensión universitaria y la formación continuada.
Asimismo, asume su compromiso de acercar la formación universitaria a la realidad
social y profesional de nuestro entorno, mediante el establecimiento de relaciones con
otras entidades, que permitan completar el proceso formativo con una puesta en práctica
de los conocimientos teóricos adquiridos.
Tercero.
Que la propia Universidad y el INTA, dentro de los campos de actividad que le son
propios, desean participar en la formación del estudiantado universitario con objeto de
contribuir a su formación integral, facilitar el conocimiento de la metodología de trabajo
para un mejor desempeño de su trabajo profesional, favorecer el desarrollo de
competencias en este ámbito, así como su emprendimiento y su empleabilidad.
Cuarto.
Que lo anteriormente expuesto se desarrolla en el marco de lo establecido en el Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios; el Real Decreto 822/2021, de 28 de
septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y
del procedimiento de aseguramiento de su calidad; el Real Decreto 1791/2010, de 30 de
diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario; el
Decreto 94/2009, de 5 de noviembre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de
Madrid, por el que se aprueba la modificación de los Estatutos de la UAM, de las
Directrices de Prácticas Externas de la UAM, de 16 de julio de 2020, y la Normativa de
Enseñanzas Oficiales de Posgrado de la UAM, de 10 de julio de 2008, del Consejo de
Gobierno de la Universidad Autónoma de Madrid.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto del convenio.
Este convenio tiene por objeto establecer las condiciones en las que estudiantes de
la Universidad Autónoma de Madrid (UAM) realizarán un programa de prácticas
externas, así como el Trabajo Fin de Grado/Máster (TFG/TFM) de cualquier enseñanza
impartida por la UAM, tanto oficiales como propias, según las condiciones particulares de
cada modalidad establecidas en el correspondiente programa formativo en el Instituto
Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» (INTA).
cve: BOE-A-2022-10738
Verificable en https://www.boe.es
Primera.
Núm. 154
Martes 28 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 91033
adscrito al Ministerio de Defensa, a través de la Secretaría de Estado de Defensa, de los
previstos en el artículo 84.1.a).1.º, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, especializado en la investigación y desarrollo tecnológico, de
carácter dual, en los ámbitos aeroespacial, hidrodinámica y de la tecnologías de la
defensa y seguridad, que tiene las funciones señaladas en el artículo 7.2 de su Estatuto,
aprobado mediante el Real Decreto 925/2015, de 16 de octubre.
Segundo.
Que la Universidad Autónoma de Madrid (UAM) tiene entre sus funciones la
creación, desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, de la técnica y de la cultura, la
difusión, la valorización y la transferencia del conocimiento al servicio de la cultura, de la
calidad de vida y del desarrollo económico, así como la difusión del conocimiento y la
cultura a través de la extensión universitaria y la formación continuada.
Asimismo, asume su compromiso de acercar la formación universitaria a la realidad
social y profesional de nuestro entorno, mediante el establecimiento de relaciones con
otras entidades, que permitan completar el proceso formativo con una puesta en práctica
de los conocimientos teóricos adquiridos.
Tercero.
Que la propia Universidad y el INTA, dentro de los campos de actividad que le son
propios, desean participar en la formación del estudiantado universitario con objeto de
contribuir a su formación integral, facilitar el conocimiento de la metodología de trabajo
para un mejor desempeño de su trabajo profesional, favorecer el desarrollo de
competencias en este ámbito, así como su emprendimiento y su empleabilidad.
Cuarto.
Que lo anteriormente expuesto se desarrolla en el marco de lo establecido en el Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios; el Real Decreto 822/2021, de 28 de
septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y
del procedimiento de aseguramiento de su calidad; el Real Decreto 1791/2010, de 30 de
diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario; el
Decreto 94/2009, de 5 de noviembre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de
Madrid, por el que se aprueba la modificación de los Estatutos de la UAM, de las
Directrices de Prácticas Externas de la UAM, de 16 de julio de 2020, y la Normativa de
Enseñanzas Oficiales de Posgrado de la UAM, de 10 de julio de 2008, del Consejo de
Gobierno de la Universidad Autónoma de Madrid.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto del convenio.
Este convenio tiene por objeto establecer las condiciones en las que estudiantes de
la Universidad Autónoma de Madrid (UAM) realizarán un programa de prácticas
externas, así como el Trabajo Fin de Grado/Máster (TFG/TFM) de cualquier enseñanza
impartida por la UAM, tanto oficiales como propias, según las condiciones particulares de
cada modalidad establecidas en el correspondiente programa formativo en el Instituto
Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» (INTA).
cve: BOE-A-2022-10738
Verificable en https://www.boe.es
Primera.