II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias. (BOE-A-2022-10703)
Resolución de 23 de junio de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias, especialidad de Juristas y Psicólogos/as.
25 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 28 de junio de 2022

Sec. II.B. Pág. 90922

de videoconferencia. El Tribunal, directamente o por medio de asesores, podrá conversar
con el o la aspirante sobre el texto, en el idioma seleccionado.
En el caso de realizarse la lectura del ejercicio por videoconferencia, se procederá a
la identificación del aspirante por parte de un miembro del Tribunal. La lectura del
ejercicio se realizará en una sala de videoconferencia acondicionada con medios
técnicos necesarios de forma que permita la conexión en tiempo real entre la persona
aspirante y el Tribunal. En la sala de videoconferencia el Tribunal verificará que no se
disponga de material o instrumentos de ayuda o consulta. Además, el o la aspirante
deberá desconectar antes de la entrada a la sala de videoconferencia, el teléfono móvil o
cualquier dispositivo que permita la grabación, reproducción, transmisión o recepción de
datos, imágenes o sonidos.
Este ejercicio se calificará con una puntuación máxima de 10 puntos, siendo
necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo.
Cuarto ejercicio
El ejercicio se realizará en la sede o sedes que el Tribunal determine con antelación
suficiente. Se tratará de un ejercicio de carácter práctico, consistirá en la elaboración
durante un tiempo máximo de cuatro horas, de un informe acorde con las competencias
atribuidas a los funcionarios y las funcionarias del Cuerpo Superior de Técnicos de
Instituciones Penitenciarias, en la especialidad concreta a la que opten, con base en las
cuestiones e información documental que les facilite el Tribunal.
Una vez concluido el ejercicio o llegada la hora de su finalización, cada aspirante lo
firmará e introducirá en un sobre que será cerrado y firmado por el interesado o la
interesada y por un miembro o del Tribunal.
El ejercicio será leído por el o la aspirante en sesión pública ante el Tribunal, en la
sede o sedes que se determine con antelación suficiente, pudiendo realizarse por medio
de videoconferencia.
En el caso de realizarse la lectura del ejercicio por videoconferencia, se procederá a
la identificación de la persona aspirante por parte de un miembro del Tribunal. La lectura
del ejercicio se realizará en una sala de videoconferencia acondicionada con medios
técnicos necesarios de forma que permita la conexión en tiempo real entre la persona
aspirante y el Tribunal. En la sala de videoconferencia el miembro del Tribunal verificará
que no se disponga de material o instrumentos de ayuda o consulta. Además, el o la
aspirante deberá desconectar antes de la entrada a la sala de videoconferencia, el
teléfono móvil o cualquier dispositivo que permita la grabación, reproducción, transmisión
o recepción de datos, imágenes o sonidos.
Este ejercicio se calificará con una puntuación máxima de 20 puntos, siendo
necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo.
La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma total de
las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios. Finalizada la fase de
oposición, en caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes
criterios:
1.º Mayor puntuación obtenida en el cuarto ejercicio.
2.º Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
3.º Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.
4.º Mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.
Se adoptarán las medidas precisas para que las personas aspirantes con
discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de las personas aspirantes en
la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con discapacidad que
así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en
tiempos y medios para su realización.

cve: BOE-A-2022-10703
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 154