II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Destinos. (BOE-A-2022-10685)
Resolución de 22 de junio de 2022, conjunta de las Subsecretarías de Trabajo y Economía Social y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 25 de febrero de 2022, en la Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social en Bruselas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 154

Martes 28 de junio de 2022

Sec. II.A. Pág. 90786

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
10685

Resolución de 22 de junio de 2022, conjunta de las Subsecretarías de
Trabajo y Economía Social y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones,
por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por
Resolución de 25 de febrero de 2022, en la Consejería de Trabajo,
Migraciones y Seguridad Social en Bruselas.

Por Resolución de las Subsecretarías de Trabajo y Economía Social y de Inclusión,
Seguridad Social y Migraciones, de 25 de febrero de 2022 (BOE de 1 de marzo), se
anunció convocatoria pública para la provisión, por el sistema de libre designación, del
puesto de Consejero/Consejera UE en la Consejería de Trabajo, Migraciones y
Seguridad Social en la R.P. en la U.E. en Bélgica.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 8 del Real Decreto 1052/2015, de 20 de
noviembre, por el que se establece la estructura de las Consejerías en el exterior y se
regula su organización, funciones y provisión de puestos de trabajo, y el artículo 20.1.c)
de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública,
en relación con el artículo 56 del Reglamento aprobado por Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, una vez acreditada la observancia del proceso debido y el cumplimiento
por parte de la candidata elegida de los requisitos y especificaciones exigidos en la
convocatoria, siendo idónea para el desempeño del puesto que se le asigna y
ostentando la capacidad y competencia personal y profesional, tras el examen y la
valoración de las candidaturas presentadas efectuadas por la Comisión Paritaria y una
vez emitido informe favorable, de conformidad con el artículo 2 bis.5.b) del Real
Decreto 1052/2015, antes citado,
Estas Subsecretarías acuerdan:
Primero.
Resolver la referida convocatoria en los términos que se señalan en el anexo
adjunto.
Segundo.
La toma de posesión del nuevo destino se realizará conforme a lo establecido en el
artículo 48 del Reglamento aprobado por el Real Decreto 364/1995, antes citado.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día
siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, a elección del recurrente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i)
y 14.1.segunda y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, o, potestativamente y con carácter previo, recurso
administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó, de

cve: BOE-A-2022-10685
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Tercero.