III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-10746)
Resolución de 17 de junio de 2022, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Agricultura y Alimentación y Caja Rural de Salamanca, Sociedad Cooperativa de Crédito, para facilitar los préstamos garantizados por el Instrumento Financiero de Gestión Centralizada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 154

Martes 28 de junio de 2022

Sec. III. Pág. 91190

iii. En la primera quincena del mes, se trasladará información sobre los recursos
disponibles en el conjunto de carteras que operan para cada PDR adherido al IFGC. No
obstante, esta información estará a disposición de la entidad financiera
permanentemente actualizada en la aplicación informática del IFGC.
Además de las cuestiones señaladas, se transmitirá por cada una de las partes
implicadas, con la máxima agilidad, cuanta información adicional e incidencias sea
precisa para un óptimo funcionamiento del Instrumento Financiero.
2.

Información a los prestatarios.

Todas las actuaciones de publicidad y difusión por parte de la Caja respecto a los
préstamos acogidos al IFGC deberán reconocer el apoyo del FEADER a la operación
mostrando:
a) El logo del FEADER, de acuerdo con el modelo que figura en el anexo V.
b) Una referencia a que se trata de una operación incluida en el PDR que
corresponda a través del IFGC, indicando los detalles que estén establecidos
reglamentariamente y que se recogerán en el Manual Operativo.
Asimismo, en las pólizas de los préstamos se realizará la indicación expresa
señalada en el apartado 4.c de la Cláusula Sexta.
Novena.

Controles.

La DGDRIFA, con la colaboración de SAECA, llevará a cabo controles a Caja Rural
de Salamanca con el fin de asegurar que este convenio se implementa de forma correcta
y efectiva.
Estos controles se recogerán en un plan que se elaborará anualmente y podrán
versar sobre cualquiera de las obligaciones establecidas en este convenio, afectando
tanto al contenido de las pólizas suscritas como a su aplicación.
Del resultado de estos controles se dejará constancia mediante la elaboración de un
Informe de control individualizado cuyo modelo recogerá el Manual Operativo señalado
en el apartado 1 de la Cláusula Sexta, del que se dará cuenta a las EEFF que hayan
sido objeto de control para que procedan a tomar las medidas oportunas para subsanar
las posibles deficiencias detectadas, en su caso. Además de lo anterior, se trasladará a
todas la EEFF un informe general del resultado de los controles en el que se recogerán
los principales aspectos detectados y las medidas correctoras a aplicar.
Caja Rural de Salamanca podrá ser auditada por la autoridad de gestión, el
Organismo Pagador, y el Organismo de certificación de cuentas del Organismo Pagador
del PDR correspondiente, las instituciones de control nacionales y regionales, la
Comisión y el Tribunal de Cuentas Europeo, respecto a su actividad relacionada con la
gestión de los préstamos acogidos al presente Convenio, prestando su colaboración con
el órgano de control que corresponda.
Comisión de seguimiento, vigilancia y control.

Con el objeto de asegurar el impulso, desarrollo y seguimiento de este convenio, se
establece una comisión de seguimiento única para el grupo de entidades adheridas al
conjunto de convenios suscritos para el establecimiento de los préstamos que
conformarán las carteras del IFGC, a los efectos de proyectar, dirigir, codirigir, coordinar
y poder efectuar el seguimiento y supervisión de las actuaciones en él acordadas, así
como para resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran
plantearse.
La comisión de seguimiento estará integrada por dos representantes de la DGDRIFA,
dos representantes de las EEFF participantes y un representante de SAECA. Los
representantes de las entidades financieras tendrán carácter rotatorio y desempeñarán

cve: BOE-A-2022-10746
Verificable en https://www.boe.es

Décima.