II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2022-10576)
Resolución de 21 de junio de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 27 de junio de 2022

Sec. II.B. Pág. 89664

– Anexo IV. Consentimiento del familiar dependiente para realizar consultas al
Sistema de Verificación de Datos de Residencia (en su caso).
Los anexos de este concurso se cumplimentarán con arreglo a las instrucciones que
en ellos se contienen.
2. Los funcionarios y las funcionarias con alguna discapacidad podrán pedir la
adaptación del puesto o de los puestos de trabajo correspondientes. A la solicitud se
deberá acompañar un informe expedido por el órgano competente en la materia, que
acredite la procedencia de la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las
funciones que tenga atribuido el puesto o los puestos solicitados. La compatibilidad con
el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo se valorará teniendo en
cuenta las adaptaciones que se puedan realizar en él.
3. En el supuesto de estar interesadas en las vacantes que se anuncien en un
determinado concurso, para un mismo municipio, dos personas que reúnan los requisitos
exigidos, podrán condicionar todos o parte de los puestos que incluyen en sus
solicitudes, por razones de convivencia familiar, al hecho de que ambas obtengan
destino en ese concurso en el mismo municipio, entendiéndose, en caso contrario,
anulada la petición de los puestos condicionados efectuada por ambas, quedando
vigente el resto de sus solicitudes.
Los funcionarios y las funcionarias que se acojan a esta petición condicional deberán
concretarlo en su solicitud (anexo III) y acompañar fotocopia de la petición de la otra
persona solicitante. Los puestos sometidos a condición habrán de solicitarse en los
primeros números de orden del anexo III.
Cuarta. Baremo de valoración.
El presente concurso específico consta de dos fases. En la primera de ella se
valorarán los méritos generales y, en la segunda, los méritos específicos adecuados a
las características del puesto.
Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de
presentación de instancias. Sin perjuicio de lo anterior, el certificado de méritos (Anexo II)
podrá aportarse fuera del plazo de presentación de solicitudes, siempre que se aporte el
justificante de su solicitud formulada en plazo.
Para poder obtener un puesto de trabajo en el presente concurso habrá de
alcanzarse una valoración mínima de 3 puntos en la primera fase y de 4 en la segunda.
Los participantes que en la primera fase no obtengan la puntuación mínima exigida no
podrán pasar a la segunda fase.
La valoración de los méritos se efectuará de acuerdo con el siguiente baremo:
I. Primera fase. Méritos generales
1. Valoración del grado personal consolidado. El grado personal consolidado se
valorará en sentido positivo en función de su posición en el intervalo del Cuerpo o Escala
correspondiente hasta un máximo de 2 puntos de la siguiente forma:
– Por un grado personal superior al nivel del puesto al que se concursa: 2 puntos.
– Por un grado personal igual al nivel del puesto al que se concursa: 1,60 puntos.
– Por un grado personal inferior en uno o dos niveles al del puesto al que se
concursa: 1,20 puntos.
– Por un grado personal inferior en más de dos niveles al del puesto al que se
concursa: 0,80 puntos.
En este apartado se valorará, en su caso, el grado reconocido en otras
Administraciones Públicas o en la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, en el
Cuerpo o Escala desde el que participa el funcionario o funcionaria, cuando se halle
dentro del intervalo de niveles establecido en el artículo 71.1 del Real Decreto 364/1995,

cve: BOE-A-2022-10576
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Núm. 153