III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2022-10662)
Resolución de 20 de junio de 2022, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se publica el Convenio de cooperación educativa con la Universidad de Alicante, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153

Lunes 27 de junio de 2022

Sec. III. Pág. 90609

Obligaciones del estudiante:
El estudiante declara tener conocimiento de los términos del Acuerdo de
Cooperación Educativa al que se acoge este Anexo y asumirlos en la formulación y
contenido convenidos. Especialmente, el estudiante se compromete a:
– Incorporarse a la CNMC en la fecha acordada.
– Cumplir el horario previsto y respetar sus normas de funcionamiento, seguridad y
prevención de riesgos laborales.
– Cumplir el proyecto formativo siguiendo las indicaciones de los tutores.
– Guardar confidencialidad en relación con la información interna de la CNMC y
guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y una vez
finalizada ésta. Asimismo, deberá observar la normativa vigente en materia de propiedad
intelectual e industrial, y protección de secretos comerciales e industriales, siguiendo las
directrices e instrucciones de la CNMC en esta materia.
– A la conclusión de las prácticas, elaborar y entregar al tutor de la Universidad una
Memoria Final.
Obligaciones de la CNMC:
– Acoger al estudiante y organizar sus actividades con arreglo a lo establecido en el
Proyecto Formativo.
– Supervisar, orientar y controlar el desarrollo de las prácticas, y prestar ayuda al
estudiante en la resolución de las cuestiones que pueda necesitar en el desempeño de la
actividad que realiza.
– Informar al estudiante de la organización y funcionamiento de la entidad y de la
normativa de interés, especialmente la relativa a la seguridad y riesgos laborales.
– Remitir al tutor académico de la Universidad la Memoria Final elaborada por el
alumno, acompañándola de una valoración de su comportamiento y aprovechamiento
durante las prácticas.
– Cumplir con aquellas otras obligaciones previstas en la normativa vigente y que
resulten de aplicación.
Obligaciones de la universidad:
– Llevar a cabo la tutela del estudiante.
– Mantenerle en el régimen del Seguro Escolar y suscribir adicionalmente un seguro
de accidentes y responsabilidad civil.
– Respetar los aspectos confidenciales de la actividad desarrollada por el estudiante
en la CNMC.
– En el caso que proceda, otorgar, tras recibir el informe del tutor de la CNMC, la
pertinente calificación de las prácticas, que se hará constar en el expediente académico
del estudiante.
El presente Anexo se extinguirá por expiración del plazo acordado y podrá
terminarse de forma anticipada de acuerdo con lo previsto en el Convenio de
Cooperación Educativa.

Por la CNMC, la Presidenta,
P.D. (Res. 29/04/2021, BOE 14/05/2021),
el Secretario General,
José Manuel Bernabé Sánchez
Fdo.:

https://www.boe.es

Por la Universidad de
Alicante,
Fdo.:

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Conforme del
Estudiante,
Fdo.:

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2022-10662
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de conformidad, se firma el presente documento, por triplicado ejemplar,