III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2022-10669)
Decreto 83/2022, de 19 de mayo, por el que se declara bien de interés cultural el puente de A Ponte Maceira sobre el río Tambre, entre los términos municipales de Ames y Negreira (A Coruña).
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153

Lunes 27 de junio de 2022

Sec. III. Pág. 90679

a 1901. Tampoco para ninguno de los hórreos identificados ni por sus características, ni
por dimensiones, materiales, estado de conservación u otros elementos de juicio,
justifican un carácter singular o destacado. Sin embargo, dado que responden a las
características propias del patrimonio cultural etnológico, son una expresión testimonial
significativa de la identidad, la cultura y las formas de vida del pueblo gallego a lo largo
de la historia y conservan de forma suficiente su integridad formal y constructiva y los
aspectos característicos que determinan su autenticidad, se incorporan en esta
declaración como bienes catalogados en este anexo.
También se excluyen a las referencias a los escudos, sellos o grabados de varias
edificaciones que se recogían en el procedimiento de incoación, puesto que, o bien se
trata de elementos parciales descontextualizados o bien existen dudas sobre su valor
cultural y antigüedad.
En cualquiera caso, todas las edificaciones están recogidas en el ámbito del entorno
de protección del puente e integran los conjuntos históricos de A Ponte Maceira, por lo
que están sometidas al mismo régimen que el resto de inmuebles que integran el
conjunto.
Nombre

Incoación

Previo

Interés Nivel

X

Y

2

Crucero de Filomena
Rodríguez o de San Brais.

2

-

ETN

INT 524.728 4.750.371

3

Capilla de San Brais.

37

80 PGOM

ART

INT 524.850 4.750.406

4

Hórreo.

9

-

ETN

EST 524.672 4.750.416

5

Hórreo.

10

-

ETN

EST 524.730 4.750.402

6

Hórreo.

11

-

ETN

EST 524.790 4.750.407

7

Hórreo.

12

-

ETN

EST 524.822 4.750.428

8

Hórreo.

15

-

ETN

EST 524.653 4.750.371

9

Hórreo.

16

-

ETN

EST 524.691 4.750.363

10 Hórreo.

17

-

ETN

EST 524.699 4.750.360

11 Hórreo.

18

-

ETN

EST 524.727 4.750.326

12 Hórreo.

19

-

ETN

EST 524.742 4.750.340

13 Hórreo.

20

-

ETN

EST 524.749 4.750.331

14 Hórreo.

21

-

ETN

EST 524.805 4.750.255

15 Hórreo.

22

-

ETN

EST 524.871 4.750.279

16 Hórreo.

23

-

ETN

EST 524.976 4.750.325

17 Hórreo.

24

-

ETN

EST 524.994 4.750.329

18 Hórreo.

25

-

ETN

EST 524.899 4.750.227

19 Hórreo.

26

-

ETN

EST 524.911 4.750.266

20 Hórreo.

27

-

ETN

EST 524.943 4.750.288

21 Hórreo.

28

-

ETN

EST 525.019 4.750.264

22 Hórreo.

29

-

ETN

EST 525.214 4.750.129

23 Palomar.

33

80 PGOM
7613 PBA

ETN

INT 524.826 4.750.418

24 Palomar.

34

80 PGOM
7614 PBA

ETN

INT 524.814 4.750.361

25 Palomar.

35

80 PGOM

ETN

INT 524.753 4.750.319

cve: BOE-A-2022-10669
Verificable en https://www.boe.es

N.º