III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2022-10669)
Decreto 83/2022, de 19 de mayo, por el que se declara bien de interés cultural el puente de A Ponte Maceira sobre el río Tambre, entre los términos municipales de Ames y Negreira (A Coruña).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153
Lunes 27 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 90679
a 1901. Tampoco para ninguno de los hórreos identificados ni por sus características, ni
por dimensiones, materiales, estado de conservación u otros elementos de juicio,
justifican un carácter singular o destacado. Sin embargo, dado que responden a las
características propias del patrimonio cultural etnológico, son una expresión testimonial
significativa de la identidad, la cultura y las formas de vida del pueblo gallego a lo largo
de la historia y conservan de forma suficiente su integridad formal y constructiva y los
aspectos característicos que determinan su autenticidad, se incorporan en esta
declaración como bienes catalogados en este anexo.
También se excluyen a las referencias a los escudos, sellos o grabados de varias
edificaciones que se recogían en el procedimiento de incoación, puesto que, o bien se
trata de elementos parciales descontextualizados o bien existen dudas sobre su valor
cultural y antigüedad.
En cualquiera caso, todas las edificaciones están recogidas en el ámbito del entorno
de protección del puente e integran los conjuntos históricos de A Ponte Maceira, por lo
que están sometidas al mismo régimen que el resto de inmuebles que integran el
conjunto.
Nombre
Incoación
Previo
Interés Nivel
X
Y
2
Crucero de Filomena
Rodríguez o de San Brais.
2
-
ETN
INT 524.728 4.750.371
3
Capilla de San Brais.
37
80 PGOM
ART
INT 524.850 4.750.406
4
Hórreo.
9
-
ETN
EST 524.672 4.750.416
5
Hórreo.
10
-
ETN
EST 524.730 4.750.402
6
Hórreo.
11
-
ETN
EST 524.790 4.750.407
7
Hórreo.
12
-
ETN
EST 524.822 4.750.428
8
Hórreo.
15
-
ETN
EST 524.653 4.750.371
9
Hórreo.
16
-
ETN
EST 524.691 4.750.363
10 Hórreo.
17
-
ETN
EST 524.699 4.750.360
11 Hórreo.
18
-
ETN
EST 524.727 4.750.326
12 Hórreo.
19
-
ETN
EST 524.742 4.750.340
13 Hórreo.
20
-
ETN
EST 524.749 4.750.331
14 Hórreo.
21
-
ETN
EST 524.805 4.750.255
15 Hórreo.
22
-
ETN
EST 524.871 4.750.279
16 Hórreo.
23
-
ETN
EST 524.976 4.750.325
17 Hórreo.
24
-
ETN
EST 524.994 4.750.329
18 Hórreo.
25
-
ETN
EST 524.899 4.750.227
19 Hórreo.
26
-
ETN
EST 524.911 4.750.266
20 Hórreo.
27
-
ETN
EST 524.943 4.750.288
21 Hórreo.
28
-
ETN
EST 525.019 4.750.264
22 Hórreo.
29
-
ETN
EST 525.214 4.750.129
23 Palomar.
33
80 PGOM
7613 PBA
ETN
INT 524.826 4.750.418
24 Palomar.
34
80 PGOM
7614 PBA
ETN
INT 524.814 4.750.361
25 Palomar.
35
80 PGOM
ETN
INT 524.753 4.750.319
cve: BOE-A-2022-10669
Verificable en https://www.boe.es
N.º
Núm. 153
Lunes 27 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 90679
a 1901. Tampoco para ninguno de los hórreos identificados ni por sus características, ni
por dimensiones, materiales, estado de conservación u otros elementos de juicio,
justifican un carácter singular o destacado. Sin embargo, dado que responden a las
características propias del patrimonio cultural etnológico, son una expresión testimonial
significativa de la identidad, la cultura y las formas de vida del pueblo gallego a lo largo
de la historia y conservan de forma suficiente su integridad formal y constructiva y los
aspectos característicos que determinan su autenticidad, se incorporan en esta
declaración como bienes catalogados en este anexo.
También se excluyen a las referencias a los escudos, sellos o grabados de varias
edificaciones que se recogían en el procedimiento de incoación, puesto que, o bien se
trata de elementos parciales descontextualizados o bien existen dudas sobre su valor
cultural y antigüedad.
En cualquiera caso, todas las edificaciones están recogidas en el ámbito del entorno
de protección del puente e integran los conjuntos históricos de A Ponte Maceira, por lo
que están sometidas al mismo régimen que el resto de inmuebles que integran el
conjunto.
Nombre
Incoación
Previo
Interés Nivel
X
Y
2
Crucero de Filomena
Rodríguez o de San Brais.
2
-
ETN
INT 524.728 4.750.371
3
Capilla de San Brais.
37
80 PGOM
ART
INT 524.850 4.750.406
4
Hórreo.
9
-
ETN
EST 524.672 4.750.416
5
Hórreo.
10
-
ETN
EST 524.730 4.750.402
6
Hórreo.
11
-
ETN
EST 524.790 4.750.407
7
Hórreo.
12
-
ETN
EST 524.822 4.750.428
8
Hórreo.
15
-
ETN
EST 524.653 4.750.371
9
Hórreo.
16
-
ETN
EST 524.691 4.750.363
10 Hórreo.
17
-
ETN
EST 524.699 4.750.360
11 Hórreo.
18
-
ETN
EST 524.727 4.750.326
12 Hórreo.
19
-
ETN
EST 524.742 4.750.340
13 Hórreo.
20
-
ETN
EST 524.749 4.750.331
14 Hórreo.
21
-
ETN
EST 524.805 4.750.255
15 Hórreo.
22
-
ETN
EST 524.871 4.750.279
16 Hórreo.
23
-
ETN
EST 524.976 4.750.325
17 Hórreo.
24
-
ETN
EST 524.994 4.750.329
18 Hórreo.
25
-
ETN
EST 524.899 4.750.227
19 Hórreo.
26
-
ETN
EST 524.911 4.750.266
20 Hórreo.
27
-
ETN
EST 524.943 4.750.288
21 Hórreo.
28
-
ETN
EST 525.019 4.750.264
22 Hórreo.
29
-
ETN
EST 525.214 4.750.129
23 Palomar.
33
80 PGOM
7613 PBA
ETN
INT 524.826 4.750.418
24 Palomar.
34
80 PGOM
7614 PBA
ETN
INT 524.814 4.750.361
25 Palomar.
35
80 PGOM
ETN
INT 524.753 4.750.319
cve: BOE-A-2022-10669
Verificable en https://www.boe.es
N.º