V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. (BOE-B-2022-20311)
Resolución de 20 de junio de 2022 de la Subdelegación del Gobierno en Teruel sobre revocación de actos administrativos de gravamen o desfavorables al interesado.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150
Viernes 24 de junio de 2022
Sec. V-B. Pág. 30767
CUARTO.- De acuerdo con el artículo 109.1 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
‘’Las Administraciones Públicas podrán revocar, mientras no haya transcurrido el
plazo de prescripción, sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que tal
revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, ni sea
contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico’’.
QUINTO.- La competencia para dictar la presente resolución sobre revocación
corresponde a, la Sra. Delegada del Gobierno, de conformidad con el art. 32.1.c)
de la citada Ley Orgánica 4/2015. Dicha competencia por infracciones leves y
graves de hasta 10.400 euros ha sido delegada en los Subdelegados del Gobierno
de Zaragoza, Huesca y Teruel por Resolución de 14 de julio de 2015 (BOE nº 170,
de 17/07/2015).
En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos
mencionados y en uso de las facultades conferidas,
RESUELVO
PRIMERO.- Acordar la acumulación y la revocación de los procedimientos que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, anulando las
resoluciones sancionadoras emitidas.
SEGUNDO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, al apreciar razones de interés público.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de
acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe
interponer recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de
UN MES contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente
resolución.
ANEXO RESOLUCIÓN
EXPEDIENTE
410/2020
429/2020
443/2020
445/2020
448/2020
554/2020
675/2020
1012/2020
1034/2020
1442/2020
NIF/NIE
33414111X
18412936X
44855738B
18435355G
73090027Y
22543887T
18452450X
32076410N
X7247851E
25355838V
Teruel, 20 de junio de 2022.- El Subdelegado del Gobierno, José Ramón Morro
García.
ID: A220026289-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2022-20311
Verificable en https://www.boe.es
P.S.
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Núm. 150
Viernes 24 de junio de 2022
Sec. V-B. Pág. 30767
CUARTO.- De acuerdo con el artículo 109.1 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
‘’Las Administraciones Públicas podrán revocar, mientras no haya transcurrido el
plazo de prescripción, sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que tal
revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, ni sea
contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico’’.
QUINTO.- La competencia para dictar la presente resolución sobre revocación
corresponde a, la Sra. Delegada del Gobierno, de conformidad con el art. 32.1.c)
de la citada Ley Orgánica 4/2015. Dicha competencia por infracciones leves y
graves de hasta 10.400 euros ha sido delegada en los Subdelegados del Gobierno
de Zaragoza, Huesca y Teruel por Resolución de 14 de julio de 2015 (BOE nº 170,
de 17/07/2015).
En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos
mencionados y en uso de las facultades conferidas,
RESUELVO
PRIMERO.- Acordar la acumulación y la revocación de los procedimientos que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, anulando las
resoluciones sancionadoras emitidas.
SEGUNDO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, al apreciar razones de interés público.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de
acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe
interponer recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de
UN MES contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente
resolución.
ANEXO RESOLUCIÓN
EXPEDIENTE
410/2020
429/2020
443/2020
445/2020
448/2020
554/2020
675/2020
1012/2020
1034/2020
1442/2020
NIF/NIE
33414111X
18412936X
44855738B
18435355G
73090027Y
22543887T
18452450X
32076410N
X7247851E
25355838V
Teruel, 20 de junio de 2022.- El Subdelegado del Gobierno, José Ramón Morro
García.
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
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