II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-10479)
Resolución de 15 de junio de 2022, de la Universidad de Málaga, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y para la estabilización de empleo temporal, en la Escala Administrativa.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 24 de junio de 2022
Sec. II.B. Pág. 88618
su caso, de los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a
expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo.
Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de éste de que no está
separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a
sus expensas o está a su cargo.
3.2 Recepción de solicitudes. La presentación de solicitudes se hará a través de la
sede electrónica de la Universidad de Málaga, sin perjuicio de que, en caso de
imposibilidad técnica o material, se haga por cualquier otro medio de los establecidos en
el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días naturales a partir del
siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, y se
dirigirán a la Jefatura del Servicio de Personal de Administración y Servicios.
En todo caso, se habrá de hacer referencia al código del proceso selectivo
OPEC1ADM.
La no presentación de solicitud en plazo, aun justificándose el abono de los derechos
de examen, dará lugar a la exclusión definitiva de la persona solicitante.
3.3 Vinculación a los datos. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que
hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su modificación mediante
escrito motivado, dentro del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho
plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.4 Justificación del pago de los derechos de participación. La persona interesada
adjuntará a la solicitud comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de
participación, cuando el abono se realice mediante trasferencia. Si el pago se formaliza
en la propia entidad bancaria, en la solicitud deberá figurar necesariamente el sello
acreditativo del pago de estos derechos.
En ningún caso se dará carácter de solicitud al mero abono de este concepto en la
entidad bancaria correspondiente. La no presentación de solicitud en plazo, aun
justificándose el abono de dichos derechos, dará lugar a la exclusión definitiva de la
persona solicitante.
3.5 Derechos de participación. Se abonará la cantidad de 23,00 euros y se
ingresarán en Unicaja, cuenta corriente número ES88 2103 0146 95 0030028625,
especificando como concepto el texto «PRUEBAS PAS» seguido del código del proceso
selectivo «OPEC1ADM».
3.6 Exenciones y bonificaciones de los derechos de participación. De conformidad
con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas
Fiscales, Administrativas y de Orden Social, por el que se modifica el apartado cinco del
artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas
y de Orden Social, estarán exentos del pago de los precios públicos:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo
acompañar a la solicitud certificado de tal condición.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al
menos, de un mes anterior a la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de
la presente convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de esta exención que, en el
plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen
negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o
reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores en cómputo
mensual al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de empleo citada en el párrafo
anterior se solicitará en las oficinas del Servicio Público de Empleo, debiendo figurar en
ella todos y cada uno de los requisitos citados en dicho párrafo.
En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará con una declaración jurada o
promesa escrita de la persona solicitante.
Ambos documentos deberán acompañar a la solicitud de participación en las pruebas
selectivas.
c) Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges, hijos e hijas.
cve: BOE-A-2022-10479
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 150
Viernes 24 de junio de 2022
Sec. II.B. Pág. 88618
su caso, de los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a
expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo.
Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de éste de que no está
separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a
sus expensas o está a su cargo.
3.2 Recepción de solicitudes. La presentación de solicitudes se hará a través de la
sede electrónica de la Universidad de Málaga, sin perjuicio de que, en caso de
imposibilidad técnica o material, se haga por cualquier otro medio de los establecidos en
el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días naturales a partir del
siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, y se
dirigirán a la Jefatura del Servicio de Personal de Administración y Servicios.
En todo caso, se habrá de hacer referencia al código del proceso selectivo
OPEC1ADM.
La no presentación de solicitud en plazo, aun justificándose el abono de los derechos
de examen, dará lugar a la exclusión definitiva de la persona solicitante.
3.3 Vinculación a los datos. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que
hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su modificación mediante
escrito motivado, dentro del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho
plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.4 Justificación del pago de los derechos de participación. La persona interesada
adjuntará a la solicitud comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de
participación, cuando el abono se realice mediante trasferencia. Si el pago se formaliza
en la propia entidad bancaria, en la solicitud deberá figurar necesariamente el sello
acreditativo del pago de estos derechos.
En ningún caso se dará carácter de solicitud al mero abono de este concepto en la
entidad bancaria correspondiente. La no presentación de solicitud en plazo, aun
justificándose el abono de dichos derechos, dará lugar a la exclusión definitiva de la
persona solicitante.
3.5 Derechos de participación. Se abonará la cantidad de 23,00 euros y se
ingresarán en Unicaja, cuenta corriente número ES88 2103 0146 95 0030028625,
especificando como concepto el texto «PRUEBAS PAS» seguido del código del proceso
selectivo «OPEC1ADM».
3.6 Exenciones y bonificaciones de los derechos de participación. De conformidad
con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas
Fiscales, Administrativas y de Orden Social, por el que se modifica el apartado cinco del
artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas
y de Orden Social, estarán exentos del pago de los precios públicos:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo
acompañar a la solicitud certificado de tal condición.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al
menos, de un mes anterior a la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de
la presente convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de esta exención que, en el
plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen
negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o
reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores en cómputo
mensual al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de empleo citada en el párrafo
anterior se solicitará en las oficinas del Servicio Público de Empleo, debiendo figurar en
ella todos y cada uno de los requisitos citados en dicho párrafo.
En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará con una declaración jurada o
promesa escrita de la persona solicitante.
Ambos documentos deberán acompañar a la solicitud de participación en las pruebas
selectivas.
c) Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges, hijos e hijas.
cve: BOE-A-2022-10479
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Núm. 150