III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-10496)
Resolución de 14 de junio de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación de complementos del Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150

Viernes 24 de junio de 2022

Sec. III. Pág. 89045

Abre la reunión la Organización patronal EYG haciendo referencia a la solicitud de
las organizaciones sindicales de revisión de las cantidades que figuran en el Anexo II
Por otro lado, la Comisión Negociadora considera necesario la creación de un
complemento temporal adicional para determinadas categorías del PAS, para el
año 2022.
Tras las deliberaciones pertinentes y a los efectos de cumplir con dicho objeto, las
organizaciones patronales con mayoría, EyG, CECE, FED-ACES y APSEC y las
organizaciones sindicales, con mayoría, FSIE, FEUSO, UGT Servicios públicos y FECC.OO., acuerdan:
Primero.
Aprobar la creación dentro de las «Tablas salariales personal de administración,
servicios y personal complementario titulado» de un nuevo complemento salarial
temporal adicional para el 2022 para los puestos de trabajo relacionados en la tabla
adjunta, incluidos dentro de los Grupos II y III, todo ello con el siguiente literal:
Complemento temporal adicional:
El personal de administración y servicios de las siguientes categorías que a la fecha de la firma
de las presentes tablas haya cumplido al menos un trienio de antigüedad percibirá un
complemento temporal adicional de 11,00 euros en 14 pagas con independencia del número de
trienios que tenga cumplidos; en el caso de cumplimiento del primer trienio durante el año 2022,
se tendrá derecho a la percepción de este complemento temporal a partir de dicho momento.
Este complemento temporal adicional, que figurará como ítem diferenciado en la nómina, con la
denominación de «complemento temporal adicional 2022», se percibirá exclusivamente hasta el
31 de diciembre de 2022, siendo absorbible y compensable con cualquier incremento en las
retribuciones que se produzca.
Recepcionista, Telefonista.
Auxiliar.
Guarda, Vigilante.
Empleado de Servicio de Limpieza, de Costura, Lavado y Plancha.

11,00 euros

Empleado del Servicio de Comedor.
Empleado de Mantenimiento, Jardinería y Oficios Varios.

Segundo.
Aprobar la modificación del artículo 5 del Anexo II «Salidas escolares de más de un
día de duración» en la que se actualizan las cuantías de este complemento para el
año 2022, con el siguiente literal:

a) 53,25 euros por cada día lectivo o laborable no lectivo de presencia obligatoria
en el centro que coincida con la salida.
b) 85,20 euros por cada día no lectivo o laborable de no presencia en el centro,
incluidos los sábados, que coincida con una salida de carácter nacional.
c) 95,85 euros por cada día no lectivo o laborable de no presencia en el centro,
incluido los sábados, que coincida con una salida de carácter internacional.»

cve: BOE-A-2022-10496
Verificable en https://www.boe.es

«Las personas trabajadoras que participen en estas salidas percibirán un
complemento salarial por cada día de salida, con cargo al coste de la propia actividad,
cuyas cuantías para el 2022 serán: