III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2022-10507)
Resolución de 10 de junio de 2022, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Cuenca, para la organización del curso "Retos Sanitarios tras la COVID-19".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150

Viernes 24 de junio de 2022

Sec. III. Pág. 89196

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE UNIVERSIDADES
10507

Resolución de 10 de junio de 2022, de la Universidad Internacional
Menéndez Pelayo, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con el
Colegio Oficial de Farmacéuticos de Cuenca, para la organización del curso
«Retos Sanitarios tras la COVID-19».

La Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., y el Colegio Oficial de
Farmacéuticos de Cuenca han suscrito con fecha 10 de junio de 2022 un convenio para
la organización conjunta del curso «Retos sanitarios tras la COVID-19», que se celebrará
dentro de la programación académica de la UIMP en su centro de Cuenca durante 2022,
por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico
Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo
a esta resolución.
Madrid, 10 de junio de 2022.–El Rector de la Universidad Internacional Menéndez
Pelayo, O.A., M.P., P.D. (Resolución de 24 de abril de 2019), la Gerente, María Boloqui
Bastardés.
ANEXO
Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., y el
Colegio Oficial de Farmacéuticos de Cuenca para la organización conjunta del
curso «Retos sanitarios tras la COVID-19»
REUNIDOS

Los presentes declaran que las facultades y poderes con los que actúan se
encuentran vigentes y que no les han sido limitados, suspendidos o revocados, y que, en
su virtud, tienen plena capacidad para obligarse en los términos de este documento;
capacidad que mutuamente se reconocen.
EXPONEN
I. Que la UIMP es un organismo autónomo con personalidad jurídica y patrimonio
propios dependiente del Ministerio de Universidades, según establece el Real
Decreto 431/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla su estructura orgánica básica,

cve: BOE-A-2022-10507
Verificable en https://www.boe.es

De una parte, don Carlos Andradas Heranz, actuando en nombre y representación
de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P. (en adelante UIMP),
(organismo con NIF Q-2818022-B y domicilio social en calle Isaac Peral, n.º 23, 28040
Madrid), en su condición de Rector Magnífico de la misma, cargo para el que fue
nombrado por Real Decreto 872/2021, de 5 de octubre, y en el ejercicio de las
competencias atribuidas en el artículo 12.4 del Estatuto de la Universidad Internacional
Menéndez Pelayo, aprobado por el Real Decreto 331/2002, de 5 de abril.
Y de otra, doña María Luz Moya Plaza, actuando en nombre y representación del
Colegio Oficial de Farmacéuticos de Cuenca (en adelante, Colegio) (entidad con NIF
Q1666004E y domicilio social en calle Escultor Jamete, n.º 5, 16003 Cuenca), en su
condición de Presidenta del mismo, en virtud de su nombramiento efectuado el 10 de
enero de 2022 y en el ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 30.2 de los
Estatutos del Colegio.