I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2022-10449)
Enmiendas de 2020 al Código marítimo internacional de mercancías peligrosas (Código IMDG) adoptadas en Londres el 11 de noviembre de 2020 mediante la Resolución MSC.477(102).
1010 páginas totales
Página
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150
Viernes 24 de junio de 2022
Función
Prescripciones específicas de formación
12 Hacer cumplir las reglas
y reglamentaciones
aplicables o efectuar
un reconocimiento o
inspección para verificar
su cumplimiento
Conocimiento del Código IMDG y de las directrices
pertinentes y los procedimientos de seguridad
.1 a .13
13 Llevar a cabo otras tareas
relativas al transporte de
mercancías peligrosas, con
arreglo a lo que establezca
la autoridad competente
Según lo requiera la autoridad competente en función
de la tarea asignada
–
4
Cargar/descargar
unidades de transporte
Preparar documentos
de transporte
Presentar para su
transporte
Aceptar para su
transporte
Manipular durante
el transporte
Preparar planos
de carga/estiba
Cargar/descargar
en/de buques
Transportar
7
8
9
10
11
X
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X
X
Únicamente se aplican las secciones 6.1.2, 6.1.3, 6.5.2, 6.6.3, 6.7.2.20, 6.7.3.16 y 6.7.4.15.
X
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cve: BOE-A-2022-10449
Verificable en https://www.boe.es
Marcar, etiquetar, rotular
X
Procedimientos de manipulación
en condiciones de seguridad
3
X
X
X
Medidas de primeros auxilios
X
X
*
6 6 7.1 7.2 7.3 7.4 7.5 7.6 7.7 7.8 7.9
Procedimientos de intervención
de emergencia
Clasificar
Arrumar
5
Código CTU
X
1
4
CSC
2 2.0 3
2
6
*
1
Reglamentaciones nacionales
de transporte
Parte/sección del Código IMDG
Reglamentos portuarios
Cuadro indicativo en el que se describen las secciones del Código IMDG o de otros instrumentos
pertinentes que puede ser apropiado considerar en relación con la formación sobre
el transporte de mercancías peligrosas
Función
5
Los números de
esta columna hacen
mención a la lista de
códigos y publicaciones
conexos de 1.3.1.7
Capítulo II-2/19 del Convenio SOLAS
1.3.1.6
Sec. I. Pág. 87459
Núm. 150
Viernes 24 de junio de 2022
Función
Prescripciones específicas de formación
12 Hacer cumplir las reglas
y reglamentaciones
aplicables o efectuar
un reconocimiento o
inspección para verificar
su cumplimiento
Conocimiento del Código IMDG y de las directrices
pertinentes y los procedimientos de seguridad
.1 a .13
13 Llevar a cabo otras tareas
relativas al transporte de
mercancías peligrosas, con
arreglo a lo que establezca
la autoridad competente
Según lo requiera la autoridad competente en función
de la tarea asignada
–
4
Cargar/descargar
unidades de transporte
Preparar documentos
de transporte
Presentar para su
transporte
Aceptar para su
transporte
Manipular durante
el transporte
Preparar planos
de carga/estiba
Cargar/descargar
en/de buques
Transportar
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Únicamente se aplican las secciones 6.1.2, 6.1.3, 6.5.2, 6.6.3, 6.7.2.20, 6.7.3.16 y 6.7.4.15.
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cve: BOE-A-2022-10449
Verificable en https://www.boe.es
Marcar, etiquetar, rotular
X
Procedimientos de manipulación
en condiciones de seguridad
3
X
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X
Medidas de primeros auxilios
X
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*
6 6 7.1 7.2 7.3 7.4 7.5 7.6 7.7 7.8 7.9
Procedimientos de intervención
de emergencia
Clasificar
Arrumar
5
Código CTU
X
1
4
CSC
2 2.0 3
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*
1
Reglamentaciones nacionales
de transporte
Parte/sección del Código IMDG
Reglamentos portuarios
Cuadro indicativo en el que se describen las secciones del Código IMDG o de otros instrumentos
pertinentes que puede ser apropiado considerar en relación con la formación sobre
el transporte de mercancías peligrosas
Función
5
Los números de
esta columna hacen
mención a la lista de
códigos y publicaciones
conexos de 1.3.1.7
Capítulo II-2/19 del Convenio SOLAS
1.3.1.6
Sec. I. Pág. 87459